STSJ Comunidad de Madrid 343/2011, 28 de Diciembre de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución343/2011
Fecha28 Diciembre 2011

Tribunal Superior de Justicia de Madrid

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección Sexta

C/ General Castaños, 1 - 28004

33009710

NIG: 28.079.33.3-2007/0065136

Procedimiento Ordinario 187/2007

Demandante: D./Dña. Pilar

PROCURADOR D./Dña. MARIA JESUS MARTIN LOPEZ

Demandado: Ministerio de Educación

Sr. ABOGADO DEL ESTADO

Recurso nº 187/2007

Ponente Sra. Amparo Guilló Sánchez Galiano

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN SEXTA

SENTENCIA NUM.343

Ilmos. Sres.

Presidente :

Dª. Teresa Delgado Velasco

Magistrados:

Dª Cristina Cadenas Cortina

Dª Amparo Guilló Sánchez Galiano

Dª. Eva Isabel Gallardo Martín de Blas

D. Francisco de la Peña Elías

En la Villa de Madrid a 28 de diciembre de 2011.

VISTO el recurso nº 187/2007 interpuesto por la Procuradora doña María Jesús Martin López en nombre y representación de doña Pilar contra la Resolución de 19 de junio de 2006 del Subsecretario del Ministerio de Educación y Ciencia, que desestima el recurso de alzada interpuesto contra la Resolución de fecha 2 de septiembre de 2003 del Secretario General Técnico de dicho Departamento que acordó condicionar la homologación del título académico de la recurrente de Ingeniero Mecánico obtenido en la Universidad Simón Bolívar de Venezuela al título español de Ingeniería Industrial, a la realización de una prueba específica de conjunto para acreditar el conocimiento en las materias de Ciencia y Tecnología del Medio Ambiente, Ingeniería del Transporte y Teoría de Estructuras y Construcciones Industriales; habiendo sido parte en autos la Administración demandada representada por el Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley de la Jurisdicción, se emplazó al demandante para que formalizase la demanda, lo que verificó mediante escrito de fecha 10 de marzo de 2009 en el que después de exponer los hechos y fundamentos de Derecho que estima de aplicación, termina suplicando se dicte sentencia por la que se acuerde la anulación de las resoluciones impugnadas, y se acuerde otorgar la homologación del título de Ingeniero Mecánico obtenido en la Universidad de Simón Bolívar de Caracas (Venezuela) al título español de Ingeniero Industrial en la especialidad de Mecánica de Maquinas sin necesidad de prueba alguna. Subsidiariamente, se proceda a otorgar la homologación del título de Ingeniero Mecánico obtenido en la Universidad de Simón Bolívar de Caracas al título español de Ingeniero Industrial teniendo en consideración el plan antiguo de estudios de 1979 y 1984, que estaba totalmente implantado en el momento de presentación de la solicitud de homologación; condenando a la Administración al abono de las costas causadas.

SEGUNDO

El Abogado del Estado contesta a la demanda suplicando se dicte sentencia inadmitiendo el recurso por extemporáneo y en todo caso, desestimando el mismo en cuanto al fondo.

TERCERO

Practicada la prueba documental con el resultado obrante en autos, quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento para votación y fallo del presente proceso, que se fijó en la audiencia del 6 de abril de 2011, fecha en que tuvo lugar. No se cumple el plazo para dictar sentencia debido al número y complejidad de los asuntos a resolver en las mismas fechas.

Siendo Ponente la Magistrada Ilma. Sra. Dña. Amparo Guilló Sánchez Galiano.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El objeto del presente recurso contencioso-administrativo se centra en determinar la conformidad o disconformidad a Derecho de la Resolución de19 de junio de 2006 del Subsecretario del Ministerio de Educación y Ciencia, que desestima el recurso de alzada interpuesto contra la Resolución de fecha 2 de septiembre de 2003 del Secretario General Técnico de dicho Departamento que acordó condicionar la homologación del título académico de la recurrente de Ingeniero Mecánico obtenido en la Universidad Simón Bolívar de Venezuela al título español de Ingeniería Industrial, a la realización de una prueba específica de conjunto para acreditar el conocimiento en las materias de Ciencia y Tecnología del Medio Ambiente, Ingeniería del Transporte y Teoría de Estructuras y Construcciones Industriales

Constituyen datos fácticos de interés, que se desprenden de lo actuado y del expediente administrativo obrante en autos, los siguientes:

El 18 de julio de 2001 la recurrente solicita la homologación de su Título Universitario de Ingeniero Mecánico, obtenido en la Universidad Simón Bolívar de Caracas (Venezuela) al Título español de Ingeniero Industrial en la especialidad de Mecánica de Maquinas al amparo de lo establecido en el Real Decreto 86/1987, de 16 de enero.

Con fecha 21 de junio de 2002 se informa por el Consejo de Universidades en el que se señala que las materias que se acreditan como cursadas por la solicitante presentan carencias en contenidos/intensidad en relación con las troncales establecidas en las directrices generales propias del título español al que se pretende la homologación y por ello se propone condicionar la concesión de esa homologación a la previa superación por la interesada de una prueba de conjunto en las siguientes materias: Ciencia y Tecnología del medio Ambiente, Ingeniería del transporte y Teoría de Estructuras y Construcciones Industriales.

Tras las alegaciones de la actora en las que la interesada alega que se ha producido un error en cuanto al título realmente solicitado (Ingeniero industrial/especialidad Mecánica de Maquinas plan antiguo vigente en el momento de la solicitud y plenamente implantado en España), así como que las asignaturas de las que le exigen examen son parte del plan nuevo de Ingeniero Industrial, recientemente iniciado en algunas universidades y no en otras, siguiéndose el antiguo plan en 6 Universidades españolas y habiéndose homologado el titulo a un hermano suyo en...

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