STSJ Canarias 367/2013, 24 de Mayo de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución367/2013
Fecha24 Mayo 2013

En Santa Cruz de Tenerife, a 24 de Mayo de 2013.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de CANARIAS en Santa Cruz de Tenerife formada por los Iltmos. Sres. Magistrados D./Dña. MARÍA DEL CARMEN SÁNCHEZ PARODI PASCUA, D./Dña. ANTONIO DORESTE ARMAS y D./Dña. EDUARDO JESÚS RAMOS REAL, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

SENTENCIA

En el Recurso de Suplicación núm. 0000626/2012, interpuesto por D./Dña. Zulima, frente a Sentencia 000226/2012 del Juzgado de lo Social Nº 5 de Santa Cruz de Tenerife los Autos Nº 0000036/2012-00 en reclamación de Reclamación de Cantidad siendo Ponente el ILTMO./A. SR./A. D./DÑA. MARÍA DEL CARMEN SÁNCHEZ PARODI PASCUA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en Autos, se presentó demanda por D./Dña. Zulima, en Reclamación de Cantidad siendo demandado/a GASMEDI 2000 S.A.U. y celebrado juicio y dictada Sentencia desestimatoria, el día 8 de mayo de 2012, por el Juzgado de referencia.

SEGUNDO

En la citada Sentencia y como hechos probados, se declaran los siguientes:

PRIMERO

Dª. Zulima trabajaba para "Gasmedi 2000, Sociedad Anónima Unipersonal" desde el 16 de marzo de 2004, con la categoría profesional de Auxiliar Administrativo, y salario mensual de 1.589,57 euros brutos prorrateados.

SEGUNDO

La demandada se dedica a la comercialización de gases de uso sanitario -esencialmente, oxígeno-, siéndole aplicable el convenio colectivo general de industrias químicas.

TERCERO

La demandante desempeña el puesto de trabajo de responsable de control de calidad, dependiente de la Dirección Técnica.

CUARTO

El puesto de responsable de control de calidad comprende, en el organigrama de la empresa demandada:

Aprobar o rechazar, según proceda, los materiales de partida, los materiales de acondicionamiento y los productos intermedios y terminados.

Evaluar los protocolos de cada lote

Garantizar que se realizan todas las pruebas necesarias

Comprobar y cumplir las especificaciones, instrucciones de muestreo, métodos de ensayo y demás procedimientos de control de calidad

Comprobar y cumplir los análisis por contrato Comprobar el mantenimiento de su departamento, locales y equipo; garantizar que se realizan las validaciones necesarias

Garantizar que se da la formación inicial y continuada necesaria para el personal de su departamento y que dicha formación se adecúa a las necesidades

Comprobar y cumplir los procedimientos escritos y otros documentos, incluyendo sus modificaciones Comprobar el seguimiento y el control de las condiciones ambientales de la fabricación; Controlar la correcta higiene industrial

Aprobar y controlar a los proveedores de material y a los fabricantes contratados

Conservación de los protocolos que afectan a su departamento; Controlar el cumplimiento de las NCF que afecten a su departamento; Inspeccionar, investigar y muestrear con el fin de controlar los factores que pueden afectar a la calidad de los medicamentos.

Identificarse con la política integrada y favorecer y fomentar la colaboración del personal a su cargo. Identificar los aspectos ambientales de su área y comunicar los objetivos y metas de calidad y medio ambiente. Identificar las necesidades de formación del personal a su cargo.

Colaborar en la comunicación interna y externa del sistema integrado.

Garantizar el cumplimiento de los procedimientos del sistema integrado y mantener los registros en el área de su competencia.

QUINTO

La formación requerida es la de Formación Profesional de grado 2 o equivalente, o experiencia en el puesto superior a dos años.

SEXTO

La Directora Técnica de la sucursal de "Gasmedi 2000, Sociedad Anónima Unipersonal" en

Tenerife se ausentó de su puesto de trabajo en 2011 en los siguientes periodos:

Del 24 al 28 de enero (5 días), por vacaciones.

Del 8 al 12 de febrero (5 días), por baja médica.

Del 11 al 13 de abril (3 días), por vacaciones

Del 10 de mayo al 30 de septiembre (144 días), por maternidad.

SÉPTIMO

Durante esos periodos de ausencia, la directora técnica de la sucursal de Tenerife designó a la demandante como su sustituta.

OCTAVO

Mientras sustituía a la Directora Técnica, la demandante desempeñó las mismas tareas que tal directora, excepto firmar los partes de liberación de lotes, los cuales preparaba la demandante comprobando los parámetros de las botellas de oxígeno, anotándolos, comprobando que tales parámetros se encontrasen dentro de la normalidad, y luego los pasaba a la firma del Director Técnico de la sucursal de Las Palmas, que no consta que se desplazara a Tenerife de forma periódica.

NOVENO

A la finalización de la última sustitución, la Directora Técnica elaboró el siguiente informe de sustitución:

"Durante el periodo comprendido entre el 11 de mayo y el 30 de septiembre de 2011 el laboratorio farmacéutico de la delegación de Tenerife estuvo gestionado por Zulima en calidad de responsable. Sus principales funciones durante este periodo fueron:

- Control de calidad de 02 medicinal liquido y gas:

- Archivo documental en papel: No se han detectado errores

- Gestraza: Se me ha informado de los errores producidos y como se han solventado, o Supervisión y control de la producción: al principio parece que falto un poco de coordinación y entendimiento, pero se corrigió y la dinámica de trabajo era correcta a mi incorporación.

- Calibración y control equipos: falta un patrón de N2/CO que se debía de tener desde junio, pero su falta no es achacable Zulima puesto que Eduardo debía asumir la petición a la vez que la de Gran Canaria y por un error no se hizo. Por otro lado los equipos están correctamente calibrados a pesar del patrón caducado por que informo a Benjamín y autorizó su uso mientras llegaba de Carballiño el nuevo.

- Gestión de pedidos de botellería de hospitalaria: se ha realizado correctamente. - Gestión de pedidos y envíos de botellería dentro de la compañía: se ha realizado correctamente.

- Auditoria de calidad y medio ambiente: superada sin No Conformidades

Destacar que en estos cuatro meses se han producido cambios en procesos normalizados de trabajo (PNT) que afectaban al laboratorio y que ha sabido implementar correctamente".

DÉCIMO

De acuerdo con las tablas salariales para 2011 del convenio colectivo, la retribución de la categoría Director Técnico, con una antigüedad como la de la demandante, se integraría por un mínimo salarial anual de 28.275,83 euros, más un plus de convenio de 49,28 euros mensuales y un complemento de antigüedad mensual de 156,86 euros.

UNDÉCIMO

El día 13 de diciembre de 2011 la parte demandante presentó papeleta de conciliación ante el SMAC, teniendo lugar el acto de conciliación, sin efecto, el día 29 de diciembre de 2011.

TERCERO

El Fallo de la Sentencia de instancia literalmente dice: Debo desestimar y desestimo íntegramente la demanda presentada por Dª. Zulima, y, en consecuencia, absuelvo a la demandada "Gasmedi 2000, Sociedad Anónima Unipersonal" de todas las pretensiones contenidas en el suplico de la demanda.

CUARTO

Que contra dicha Sentencia, se interpuso Recurso de Suplicación por la parte D./Dña. Zulima, y recibidos los Autos por esta Sala, se formó el oportuno rollo y pase al Ponente. Señalándose para votación y fallo el día 23 de mayo de 2013.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Al amparo de lo establecido en el art. 193 c) de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, recurre la representación de la demandante por entender que se ha vulnerado el art. 26 del Convenio Colectivo aplicable de Industrial Químicas.

Considera la parte recurrente que el propio convenio permite destinar a los trabajadores a realizar...

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