STSJ Extremadura 314/2013, 9 de Julio de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución314/2013
Fecha09 Julio 2013

T.S.J.EXTREMADURA SALA SOCIAL

CACERES

SENTENCIA: 00314/2013

T.S.J.EXTREMADURA SALA SOCIALCACERES

C/PEÑA S/Nº (TFNº 927 620 236 FAX 927 620 246)CACERES

Tfno: 927 62 02 36-37-42

Fax:927 62 02 46

NIG: 10037 34 4 2013 0100358

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0000230 /2013

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 0000696 /2012 JDO. DE LO SOCIAL nº 003 de PLASENCIA

Recurrente/s: AYUNTAMIENTO DE NAVALMORAL DE LA MATA AYUNTAMIENTO DE NAVALMORAL DE

Abogado/a: SANTIAGO JIMENEZ SIERRA

Procurador/a: ROSA MARIA MATEOS PAYAN

Graduado/a Social:

Recurrido/s: Clemente, Jesús Ángel, Raimundo, Jesús Luis, Carmelo, Marí Trini, Humberto

Abogado/a: JULIO GOMEZ ESTEBAN, JULIO GOMEZ ESTEBAN, JULIO GOMEZ ESTEBAN, JULIO GOMEZ ESTEBAN, JULIO GOMEZ ESTEBAN

Procurador/a: MARIA GUADALUPE SANCHEZ-RODILLA SANCHEZ, MARIA GUADALUPE SANCHEZ-RODILLA SANCHEZ, MARIA GUADALUPE SANCHEZ-RODILLA SANCHEZ, MARIA GUADALUPE SANCHEZ-RODILLA SANCHEZ, MARIA GUADALUPE SANCHEZ-RODILLA SANCHEZ, MARIA GUADALUPE SANCHEZ-RODILLA SANCHEZ

Graduado/a Social:,,,,,,

ILMOS.SRES

DON PEDRO BRAVO GUTIERREZ

DOÑA ALICIA CANO MURILLO

DOÑA MANUELA ESLAVA RODRIGUEZ

En CACERES, a nueve de Julio de dos mil trece. Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la SALA SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NO MBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A nº 314/13

En el RECURSO SUPLICACION 230/2013, formalizado por el Sr. Letrado D. Santiago Jiménez Sierra, en nombre y representación del AYUNTAMIENTO DE NAVALMORAL DE LA MATA, contra la sentencia de dictada por el JDO. DE LO SOCIAL N.3 de PLASENCIA, en el procedimiento 696/2012, seguidos a instancia de Clemente, Jesús Ángel, Raimundo, Jesús Luis, Carmelo y Marí Trini contra el recurrente y la Fundación de Musica y Artes Escénicas, siendo parte el M. Fiscal y Magistrado-Ponente la Ilma. Sra. Dª MANUELA ESLAVA RODRIGUEZ.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

EL AYUNTAMIENTO DE NAVALMORAL DE LA MATA, presentó demanda contra Clemente, Jesús Ángel, Raimundo, Jesús Luis, Carmelo Y Marí Trini, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia de fecha treinta y uno de Enero de dos mil trece.

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados: "

PRIMERO

El demandante, Clemente, ha prestado servicios para el Ayuntamiento de NavaLmoral de la Mata, en la Escuela Municipal de Música, con categoría profesional Profesor de Música (especialidad Viento-Metal), y salario último de 727,98 euros mensuales, con inclusión de parte proporcional de pagas extras.

La relación laboral se ha articulado en virtud de ocho contratos de duración determinada, en la modalidad de obra o servicio, a tiempo parcial, que han sido suscritos, tras superar el correspondiente proceso selectivo, con el objeto de impartir clases en la Escuela Municipal de Música durante los siguientes periodos del correspondiente curso académico:

-De 20 de septiembre de 2004 a 30 de junio de 2005.

-De 29 de septiembre de 2005 a 30 de junio de 2006.

-De 20 de septiembre de 2006 a 30 de junio de 2007.

-De 17 de septiembre de 2007 a 30 de junio de 2008.

-De 22 de septiembre de 2008 a 30 de junio de 2009.

-De 25 de septiembre de 2009 a 30 de junio de 2010.

-De 27 de septiembre de 2010 a 30 de junio de 2011.

-De 26 de septiembre de 2011 a 30 de junio de 2012.

SEGUNDO

El demandante, Humberto, ha prestado servicios para el Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata, en la Escuela Municipal de Música, con categoría profesional Profesor de Música (especialidad Viento), y salario último de 1.889,64 euros mensuales, con inclusión de parte proporcional de pagas extras. El actor fue designado como Director de la Escuela Municipal de música durante el curso 2011/2012.

La relación laboral se ha articulado en virtud de ocho contratos de duración determinada, en la modalidad de obra o servicio, a tiempo parcial, que han sido suscritos, tras superar el correspondiente proceso selectivo, con el objeto de impartir clases en la Escuela Municipal de Música durante los siguientes periodos del correspondiente curso académico:

-De 20 de septiembre de 2004 a 30 de junio de 2005.

-De 29 de septiembre de 2005 a 30 de junio de 2006. -De 20 de septiembre de 2006 a 30 de junio de 2007.

-De 17 de septiembre de 2007 a 30 de junio de 2008.

-De 22 de septiembre de 2008 a 30 de junio de 2009.

-De 25 de septiembre de 2009 a 30 de junio de 2010.

-De 27 de septiembre de 2010 a 30 de junio de 2011.

-De 26 de septiembre de 2011 a 30 de junio de 2012.

TERCERO

El demandante, Jesús Ángel, ha prestado servicios para el Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata, en la Escuela Municipal de Música, con categoría profesional Profesor de Canto y Coro, y salario último de 876,37 euros mensuales, con inclusión de parte proporcional de pagas extras.

La relación laboral se ha articulado en virtud de dieciséis contratos de duración determinada, en la modalidad de obra o servicio, a tiempo parcial, que han sido suscritos, tras superar el correspondiente proceso selectivo, con el objeto de impartir clases en la Escuela Municipal de Música durante los siguientes períodos del correspondiente curso académico:

-De 26 de noviembre de 1996 a 30 de junio de 1997.

-De 29 de septiembre de 1997 a 30 de junio de 1998.

-De 1 de octubre de 1998 a 30 de junio de 1999.

-De 1 de octubre de 1999 a 30 de junio de 2000.

-De 2 de octubre de 2000 a 30 de junio de 2001.

-De 1 de octubre de 2001 a 30 de junio de 2002.

-De 1 de octubre de 2002 a 30 de junio de 2003.

-De 22 de septiembre de 2003 a 30 de junio de 2004.

-De 20 de septiembre de 2004 a 30 de junio de 2005.

-De 29 de septiembre de 2005 a 30 de junio de 2006.

-De 20 de septiembre de 2006 a 30 de junio de 2007.

-De 17 de septiembre de 2007 a 30 de junio de 2008.

-De 22 de septiembre de 2008 a 30 de junio de 2009.

-De 25 de septiembre de 2009 a 30 de junio de 2010.

-De 27 de septiembre de 2010 a 30 de junio de 2011.

-De 26 de septiembre de 2011 a 30 de junio de 2012.

CUARTO

El demandante, Raimundo, ha prestado servicios para el Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata, en la Escuela Municipal de Música, con categoría profesional Profesor de Música (especialidad Violín), y salario último de 727,98 euros mensuales, con inclusión de parte proporcional de pagas extras.

La relación laboral se ha articulado en virtud de cinco contratos de duración determinada, en la modalidad de obra o servicio, a tiempo parcial, que han sido suscritos, tras superar el correspondiente proceso selectivo, con el objeto de impartir clases en la Escuela Municipal de Música durante los siguientes periodos del correspondiente curso académico:

-De 17 de septiembre de 2007 a 30 de junio de 2008.

-De 22 de septiembre de 2008 a 30 de junio de 2009.

-De 25 de septiembre de 2009 a 30 de junio de 2010.

-De 27 de septiembre de 2010 a 30 de junio de 2011.

-De 26 de septiembre de 2011 a 30 de junio de 2012.

QUINTO

El demandante, Jesús Luis, ha prestado servicios para el Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata, en la Escuela Municipal de Música, con categoría profesional Profesor de Música (especialidad Piano), y salario último de 727,98 euros mensuales, con inclusión de parte proporcional de pagas extras.

La relación laboral se ha articulado en virtud de siete contratos de duración determinada, en la modalidad de obra o servicio, a tiempo parcial, que han sido suscritos, tras superar el correspondiente proceso selectivo, con el objeto de impartir clases en la Escuela Municipal de Música durante los siguientes periodos del correspondiente curso académico:

-De 29 de septiembre de 2005 a 30 de junio de 2006.

-De 20 de septiembre de 2006 a 30 de junio de 2007.

-De 17 de septiembre de 2007 a 30 de junio de 2008.

-De 22 de septiembre de 2008 a 30 de junio de 2009.

-De 25 de septiembre de 2009 a 30 de junio de 2010.

-De 27 de septiembre de 2010 a 30 de junio de 2011.

-De 26 de septiembre de 2011 a 30 de junio de 2012.

SEXTO

La demandante, Carmelo, ha prestado servicios para el Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata, en la Escuela Municipal de Música, con categoría profesional Profesor de Guitarra, y salario último de

1.091,97 euros mensuales, con inclusión de parte proporcional de pagas extras.

La relación laboral se ha articulado en virtud de dieciséis contratos de duración determinada, en la modalidad de obra o servicio, a tiempo parcial, que han sido suscritos, tras superar el correspondiente proceso selectivo, con el objeto de impartir clases en la Escuela Municipal de Música durante los siguientes períodos del correspondiente curso académico:

-De 26 de noviembre de 1996 a 30 de junio de 1997.

-De 29 de septiembre de 1997 a 30 de junio de 1998.

-De 1 de octubre de 1998 a 30 de junio de 1999.

-De 1 de octubre de 1999 a 30 de junio de 2000.

-De 2 de octubre de 2000 a 30 de junio de 2001.

-De 1 de octubre de 2001 a 30 de junio de 2002.

-De 1 de octubre de 2002 a 30 de junio de 2003.

-De 22 de septiembre de 2003 a 30 de junio de 2004.

-De 20 de septiembre de 2004 a 30 de junio de 2005.

-De 29 de septiembre de 2005 a 30 de junio de 2006.

-De 20 de septiembre de 2006 a 30 de junio de 2007.

-De 17 de septiembre de 2007 a 30 de junio de 2008.

-De 22 de septiembre de 2008 a 30 de junio de 2009.

-De 25 de septiembre de 2009 a 30 de junio de 2010.

-De 27 de septiembre de 2010 a 30 de junio de 2011.

-De 26 de septiembre de 2011 a 30 de junio de 2012.

SÉPTIMO

La demandante, Marí Trini, ha prestado servicios para el Ayuntamiento de Navalmoral...

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