SAP Madrid 294/2012, 21 de Septiembre de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución294/2012
Fecha21 Septiembre 2012

AUDIENCIA PROVINCIAL ROLLO AP. Nº 254/12

SECCION TERCERA JUICIO DE FALTAS Nº 340/11

JDO. INSTR.Nº 1 DE ARANJUEZ

SENTENCIA NÚMERO 294

En la Villa de Madrid a 21 de Septiembre de 2012

La Ilma. Sra. DÑA.ROSA ESPERANZA REBOLLO HIDALGO Magistrado de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial, actuando como Tribunal Unipersonal en turno de reparto, conforme a lo dispuesto en el artículo 82.2 de la vigente Ley Orgánica del Poder Judicial, ha visto en segunda instancia, ante esta Sección Tercera, la presente apelación contra Sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción número 1de los de Aranjuez, en el Juicio de Faltas seguido ante dicho Juzgado bajo el número 340/11 conforme al procedimiento establecido en el artículo 976 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal según la nueva redacción dada por la Ley 38/2002 de 24 de octubre, habiendo sido parte como apelante Justino y como apelado el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Instrucción número 1 de los de Aranjuez en el Juicio de Faltas antes

mencionado dictó Sentencia con fecha 29-3-2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "CONDENO a Justino como autor responsable de una falta de lesiones del artículo 617.1 del Código Penal, a la pena de multa de 50 días con cuota diaria de 5 euros y responsabilidad subsidiaria en caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas de multa impagadas y costas, así como a indemnizar a Dayana Daniela en la persona de su representación legal, en concepto de responsabilidad civil por las lesiones causadas en la cantidad de 100 euros ".

SEGUNDO

Notificada dicha Sentencia a las partes personadas por Justino se interpuso recurso de Apelación que autoriza el artículo 795 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que hizo las alegaciones que se contienen en sus escritos del recurso que aquí se tienen por reproducidas, no pidiéndose la práctica de ninguna diligencia de prueba dándose traslado del escrito de personación por el Juez de Instrucción al Ministerio Fiscal y a las demás partes personadas por el plazo de diez días comunes para que pudieran adherirse o impugnarlo.

TERCERO

Recibido el procedimiento en esta Audiencia y Sección Tercera se acordó la formación del Rollo, al que correspondió el nº 254/12 acordándose por la Sala se dictase la resolución correspondiente por el Magistrado Unipersonal reseñado al principio de la presente, dentro del plazo que establece el artículo 976 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal .

  1. HECHOS PROBADOS

Se aceptan los hechos probados de la sentencia recurrida que se dan por reproducidos

FUNDAMENTOS DE DERECHO
...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR