STSJ Galicia 3801/2012, 25 de Junio de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución3801/2012
Fecha25 Junio 2012

T.S.J.GALICIA SALA DE LO SOCIALA CORUÑA

- PLAZA DE GALICIA

Tfno: 981184 845/959/939

Fax:881881133 /981184853

NIG: 15078 44 4 2011 0001771

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0002028 /2012MRA

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 0000427 /2011 JDO. DE LO SOCIAL nº 002 de SANTIAGO DE COMPOSTELA

Recurrente/s: Joaquina

Abogado/a: EMILIO CARRAJO LORENZO

Procurador/a:

Graduado/a Social:

Recurrido/s: CONSELLERIA DE FACENDA, LA VOZ DE GALICIA,S.A.

Abogado/a: LETRADO COMUNIDAD(SERVICIO PROVINCIAL), BEATRIZ REGOS CONCHA

Procurador/a:,

Graduado/a Social:,

ILMA SRª D. ROSA Mª RODRIGUEZ RODRIGUEZ

ILMA SRª Dª YEBRA PIMENTEL VILAR

ILMA SRª Dª RAQUEL NAVEIRO SANTOS

En A CORUÑA, a veinticinco de Junio de dos mil doce.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.J.GALICIA SALA DE LO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NO MBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A En el RECURSO SUPLICACION 0002028 /2012, formalizado por EMILIO CARRAJO LORENZO, en nombre y representación de Joaquina, contra la sentencia número 491 /2011 dictada por JDO. DE LO SOCIAL N. 2 de SANTIAGO DE COMPOSTELA en el procedimiento DEMANDA 0000427 /2011, seguidos a instancia de Joaquina frente a CONSELLERIA DE FACENDA, LA VOZ DE GALICIA,S.A, siendo MagistradoPonente el/la Ilmo/a Sr/Sra D/Dª ROSA Mª RODRIGUEZ RODRIGUEZ.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D/Dª Joaquina presentó demanda contra CONSELLERIA DE FACENDA, LA VOZ DE GALICIA,S.A., siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 491 /2011, de fecha dieciséis de Noviembre de dos mil once

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados: Primero D a Joaquina viene prestando servicios para la empresa LA VOZ DE GALICIA, S.A. con antigüedad de 23 de abril de 2009, categoría de técnico especialista (grupo

III) con una retribución de 1 657 91 euros mensuales con inclusión de la parte proporcional de la pagas extraordinarias./ Segundo Tal relación aparece fundada en contrato de trabajo temporal a tiempo completo suscrito entre la demandante y LA VOZ DE GALICIA, S A convertido en indefinido el 17 de abril de 2009./ Tercero El 31 de mayo de 2011 recibe carta de despido con el siguiente tenor."Mediante el presente escrito, le comunicamos que esta Empresa se ve en la necesidad 'de amortizar su, puesto de trabajo, al amparo del articulo 52. c) en relación con el 51-1° del RD Legislativo 111995 de 24 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto de los Trabajadores, con efectos del día 31.05.2011.La causa motivadora de esta decisión, se basa en razones de tipo organizativo que nos vemos obligados a adoptar, como consecuencia de haber finalizado con efectos del día de hoy (31.05.20011) el contrato otorgado a LA VOZ DE GALICIA S.A. por concurso público n° de expediente SEA - 02 - MP, cuyo objeto era el "servicio de composición, impresión y distribución del Diario Oficial de Galicia (DOG nO 13 de fecha 18.01.2007)', en virtud del cual usted prestaba sus servicios para esta empresa.La prestación de servicios de acuerdo con Pliego de Prescripciones Técnicas de dicho concurso se realizaba con 22 trabajadores:. 1 Coordinador (conocimientos de Hardware y Software)f 2' Operadores de fotocómposición expertos 'en procesador de textos Paglex, Quark, Word, Power Point y Excel (si bien en la actualidad hay 12) 1 Operador informático experto en procesador de textos Pagiex, Quark, Word, Power Point y Excel. 6 Correctores de lengua gallega y castellana. 2 Administrativos.El día 03.05.2011, por Procedimiento de Concurso correspondiente al expediente SESE 02 - EM/MP se adjudica a esta empresa, la prestación del servicio consistente en la realización de trabajos para la elaboración de la edición electrónica del Diario Oficial de Galicia, que surtirá efectos desde el día 01.06.2011.Existe un cambio sustancial en el objeto del servicio adjudicado, en base al Pliego de Prescripciones Técnicas de este concurso, porto que para el desempeño del mismo se necesitará un total de 17 trabajadores: 11 personas para realización de labores de composición y Maquetación con experiencia en Acrobat, InDesing, Word y Excel.4 personas para la realización de correcciones de estilo y cotejo (gallego/castellano) con conocimientos mínimos de gallego correspondiente a CELGA 3.1 persona para funciones administrativas. 1 coordinador a tiempo completo con conocimientos Hardware y Software necesarios.En consecuencia la prestación del nuevo servicio supone la eliminación de cinco puestos de trabajo 1 Operador de fotocomposición experto en procesador de textos Paglex Quark Word Power Point y Excel

1 Operador informático experto en procesador de textos Paglex Quark Word Power Poirit y Excel e 2 Correctores de lengua gallega y castellana 1 administrativo Dado que usted tiene la categoría de oficial de primera fotocomposición la empresa ha adoptado la decisión de proceder a amortizar su puesto de trabajo al no poder seguir dandote ocupación efectiva de conformidad con las nuevas condiciones de prestación del servicio

A tales efectos en cumplimiento de lo establecido en el arto 53 del cuerpo legal citado simultáneamente a la entrega de esta comunicación se pone a su disposición mediante cheque N NUM000 del Banco Pastor, oficina Principal Cantón Pequeño 115003 A Coruña contra la cuenta N NUM001 el importe de la indemnización legal de 20 días por.año de servicio y con el máximo de 12 mensualidades en cuantía de

13.44316 euros cuantía .que esta empresa esta dispuesta a corregir Igualmente se le comunica que en cuanto a los efectos de esta decisión estos se producirán a partir del día de la fecha sustituyendo los 15 dias de preaviso por el abono de los salarios correspondientes a dicho periodo cuyo importe de 727`57 euros se pone a disposición mediante cheque n° NUM002 del Banco Pastor, oficina Principal Cantón Pequeño 115003-A Coruña contra la cuenta NUM001 El presente despido es recurrible ante la Jurisdicción Laboral en el plazo de 20 días, según señala el articulo 59 y siguientes del Estatuto de los Trabajadores Como acuse de recibo deberá suscribir duplicado del' presente documento, y manifestar si retira los cheques referenciados puestos a su disposición."/ Cuarto: A la anterior se acompañan los cheques en ella referidos manifestando la demandante no retira mostrando su expresa disconformidad con la extinción de la relación laboral y con la liquidación de la misma./ Quinto: Los trabajadores de la empresa que prestan servicios en el DOGA pasan de 22 en enero de 2011 (12 en fotocomposición) a 17 en julio de 2011 (11 en fotocomposición)./ Sexto: La demandante venía desarrollando funciones de fotocomposición/ Séptimo: La actora presta sus servicios en dependencias de la Xunta, teniendo tarjetas identificativas y de transporte emitidas por la Xunta./ Octavo: Los medios materiales con los que la demandante prestaba sus servicios, a excepción del material de papelería pertenece a la Xunta de Galicia./ Noveno: A la demandante se le asigna dirección de correo electrónico en el correo corporativo de la Xunta./ Décimo: La demandante recibe ordenes e instrucciones del coordinador D. Cesar, personal de La Voz de Galicia, el cual organiza el trabajo diario de la trabajadora y realiza el control de asistencia de la misma./ Undécimo: Para resolver dudas puntuales se dirigía a funcionarios de la Xunta de Galicia./ Duodécimo: La demandante asistió a un curso ("Plan de formación in design cs5" organizado por la Xunta de Galicia./ Décimo tercero: Los permisos para disfrute de asuntos propios y de las vacaciones de la demandante se realizada por La Voz de Galicia/ Décimo cuarto La empresa llega a un acuerdo con los trabajadores en el A G A sobre jornada anual, horario de trabajo en dos turnos turno de mañana de 0745 a 15:15 horas y turno de tarde de 15.15 a 22.45 horas y un horario dé verano que rige durante el mismo periodo que la Xunta establezca para su personal en turno de mañana de 08 30a 14-.30:.y de 1430a20 30 horas./ Décimo, quinto: El 31 de marzo de 2007 la Consellería de Presidencia, Administraciones Publicas y Justicia de la Xunta de Galicia suscribe con LA VOZ DE GALICIA, S.A. . contrato administrativo de servicios que tiene por objeto el servicio de composición, impresión y distribución del DOGA, en el que se recoge, entre otros extremos, y en lo que aquí interesa, sin perjuicio de dar el contenido del mismo por íntegramente reproducido, en el pliego de prescripciones técnicas' y en cuanto a la relación de personal, 11 operadores/as de::fotocomposición./ Décimo sexto El uno de junio de 2011, entre las mismas partes, se suscribe contrato consistente en la realización de trabajos para la elaboración de la edición electrónica del DOG, cuyo contenido se da por íntegramente reproducido, y en cuyo pliego de prescripciones técnicas se cuantifica del "personal mínimo necesario para la ejecución del servicio" un mínimo de 11 personas para realizar labores de fotocomposición y maquetación con experiencia en Acrobat, InDesign, Worde Excel./ Décimo séptimó: La facturación de la codemandada a la Consellería ha pasado de 94.754 euros en abril y 122.406 en mayo, a 79.13810 euros en junio, 71.514'20 euros en julio y 73.014'86 euros en agosto, todos ellos de 2011./ Décimo octavo: No consta que la trabajadora ostente representación alguna de los trabajadores en la empresa./ Décimo noveno: El 30 de junio de 2011 se celebra ante el SMAC de Santiago de Compostela acto de conciliación que finaliza sin acuerdo./ Vigésimo

.- el 16 de junio de 2011 el demandante formula reclamación...

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