STSJ Comunidad de Madrid 16/2008, 15 de Enero de 2008

PonenteJOSE IGNACIO DE ORO-PULIDO SANZ
ECLIES:TSJM:2008:199
Número de Recurso4918/2007
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución16/2008
Fecha de Resolución15 de Enero de 2008
EmisorSala de lo Social

RSU 0004918/2007

T.S.J.MADRID SOCIAL SEC.5

MADRID

SENTENCIA: 00016/2008

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SALA DE LO SOCIAL-SECCION 5ª

MADRID

Sentencia nº 16

Ilmo. Sr. D. Juan José Navarro Fajardo :

Presidente :

Ilmo. Sr. D. José Ignacio de Oro Pulido Sanz:

Ilma. Sra. Dª Elena Pérez Pérez :

En Madrid, a quince de enero de dos mil ocho.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

en el recurso de suplicación nº 4918/07-5ª, interpuesto por Dª María Cristina representada por el Letrado D. Jesús Molinera Mateos, contra sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 31 de los de Madrid, en autos núm. 386/07, siendo recurrido D. Jose Daniel, representado por el Letrado D. Antonio Dávila Cobo. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. José Ignacio de Oro Pulido Sanz.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juzgado de lo Social de procedencia tuvo entrada demanda suscrita por Dª María Cristina, contra D. Jose Daniel sobre despido, en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el suplico de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio, se dictó sentencia con fecha 5 de junio de 2007, en los términos que se expresan en el fallo de dicha resolución.

SEGUNDO

En dicha sentencia, y como HECHOS PROBADOS, se declaraban los siguientes:

  1. -DOÑA María Cristina trabajó para un despacho de abogados, sito en la calle Zorrilla nº 21 de Madrid, cuyos titulares eran DON Raúl y DON Jose Daniel con antigüedad de 19-06.1989, categoría profesional de oficial 1ª administrativa y salario de 1.641,83 euros mensuales con inclusión de la parte proporcional de las pagas extraordinarias.

  2. -El 15-05-2006 falleció el señor Raúl, notificándose por parte de su viuda la extinción del contrato a la demandante, quien interpuso demanda por despido contra el señor Jose Daniel, que correspondió al Juzgado de lo Social nº 10 de Madrid, quien dictó sentencia el 30-06-2006, en la que desestimó la demanda.

    El 28-02-2007 la Sala de lo Social de TSJ de Madrid dictó sentencia, en cuyo fallo se dijo lo siguiente:

    "Que estimamos el recurso de suplicación interpuesto por DOÑA María Cristina, frente a la sentencia número 286/06, dictada por el Juzgado de lo Social número Diez de los de Madrid, el día 30 de junio de 2006, en los autos número 584/06, en procedimiento por despido seguido contra DON Jose Daniel y en consecuencia revocamos la misma y declaramos el despido de la trabajadora improcedente, condenando al demandado a estar y pasar por tal declaración, y a que en el plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia, opte entre la readmisión o el abono de una indemnización cifrada en CUARENTA Y UN MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y NUEVE EUROS CON CINCUENTA Y TRES EUROS (41.649,53 euros), y en todo caso a que abone a la actora los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta que se notifique esta sentencia o hasta que haya encontrado otro empleo, si tal colocación es anterior a la misma y se prueba por el empresario lo percibido para su descuento de los salarios de tramitación, en el presente caso a razón de 54,73 euros diarios, así como a mantenerla en alta en Seguridad Social durante el mismo periodo".

    Dicha sentencia se notificó el 6-03-2007 al señor Jose Daniel, quien presentó escrito ante el TSJ de Madrid el 12-03-2007, en el que optó por la readmisión de la demandante, teniéndose por realizada dicha opción mediante providencia de la Sala de lo Social del TSJ de Madrid de 16-03-2007.

    El 18-03-2007 la demandante pidió ejecución de sentencia ante el Juzgado del o Social nº 10 de Madrid, quien desestimó dicha pretensión mediante providencia de la misma fecha, porque la sentencia de la Sala de lo Social no había adquirido firmeza.

    El señor Jose Daniel interpuso recurso de casación para la unificación de doctrina frente a la sentencia del TSJ de Madrid de 28-02-2007, sin que se haya acreditado su admisión a trámite.

  3. -El señor Jose Daniel solicitó su jubilación en el RETA el 17-01-2007, dictándose resolución por la DP INSS de Madrid de 23-01-2007, en la que se le reconoció la pensión de jubilación a razón del 100% de su base reguladora de 1.333,02 euros mensuales con efectos económicos de 17-01-2007.

    El citado señor está de baja en el Censo de la Agencia Tributaria y Actividad Económica desde el 16-01-2007 y en el RETA con efectos de 31-01-2007 y el 20-01-2007 se le devolvió la fianza por el alquiler del local de negocios en donde desempeñaba su trabajo como abogado.

    Sus clientes han sido remitidos a don Eugenio Cabeza Briales, quien se ocupa de la tramitación de sus asuntos.

  4. -El 22-03-2007 el señor Jose Daniel notificó a la demandante carta de extinción de su contrato por jubilación, ofertándole la cantidad de 1.641,83 euros, que no fueron aceptados por la señora María Cristina.

  5. -La demandante no ostenta, ni ha ostentado en el último año, cargo representativo o sindical.

  6. -La demandante interpuso papeleta de conciliación...

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