STSJ Comunidad de Madrid 204/2012, 26 de Marzo de 2012
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 204/2012 |
Fecha | 26 Marzo 2012 |
RSU 0005863/2011
T.S.J.MADRID SOCIAL SEC.3
MADRID
SENTENCIA: 00204/2012
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 003 (C/ GENERAL MARTÍNEZ CAMPOS, 27)
N.I.G: 28079 34 4 2011 0050377, MODELO: 46050
TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0005863 /2011
Materia: INCAPACIDAD DE GRADO
Recurrente/s: Yolanda
Recurrido/s: INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL INSS
JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL N. 35 de MADRID de DEMANDA 0001482 /2010 DEMANDA 0001482 /2010
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
SALA DE LO SOCIAL
MADRID
Sección Tercera
Secretaría Sr. Fariñas Matoni
Recurso nº 5863/11
Sentencia nº 204/12-AF
Ilmo. Sr. D. José Ramón Fernández Otero
Presidente
Ilma.Sra. Dña. Emilia Ruiz Jarabo Quemada
Ilmo. Sr.D. Miguel Moreiras Caballero
En Madrid, a veintiséis de Marzo de dos mil doce
La Sección Tercera de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Srs. citados al margen, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española
EN NOMBRE DE S.M. EL REY
Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE EL PUEBLO ESPAÑOL
ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A
En el recurso de suplicación nº 5863/11 interpuesto por Dña. Yolanda, asistida por el Letrado D. Luis Reverte Lledó, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 35 de los de MADRID, en los autos nº 1482/10, ha sido Ponente el Iltmo. Sr. D. José Ramón Fernández Otero.-
Que según consta en los autos nº 1482/10 del Juzgado de lo Social nº 35 de los de Madrid, se presentó demanda por Dña. Yolanda, contra el INSS en materia de Gran Invalidez-Invalidez Absoluta o Total, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia en fecha treinta de mayo de dos mil once en los términos siguientes:
Que desestimando como desestimo la demanda de revisión de grado de incapacidad formulada por Dña. Yolanda contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, debo absolver y absuelvo a la Entidad demandada con confirmación resolución impugnada.- SEGUNDO .- En dicha sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:
Que la actora Dña Yolanda, afiliada al Régimen General de la Seguridad Social con n° NUM000 y de 62 años de edad, le fue reconocida una Incapacidad Permanente total por sentencia 1.03.06 del Juzgado Social n° 24, Autos 584/05 con efectos económicos 23.03.05, para su profesión habitual de Jefe de Ventas.
Que la actora con fecha 28.04.10 instó la revisión de grado por agravamiento, emitiéndose el 5.07.10 el siguiente dictamen del EVI: "Vistas as lesiones siguientes que determinaron el reconocimiento de la Incapacidad permanente total, para la profesión habitual JEFE DE VENTAS derivada de la contingencia de Enfermedad común: Síndrome fibromiálgico. Espondiloartrosis lumbar con estenosis de canal a nivel L3, L4 y L5. Signos de radiculopatía en raíz L5-S1 izquierdas en EMG. Rizartrosis bilateral. Síndrome depresivo crónico. Quiste de Baker en rodilla derecha. Gonartrosis izquierda. Determinado el cuadro cínico residual y las limitaciones orgánicas y funcionales actuales siguientes: Meniscopatía y condropatía rodilla izquierda intervenida quirurgicamente (artroscopia) en 04/05, 06/06 y 12/06. Discopatías degenerativas lumbares. Pies planos bilaterales. Artrosis del tarso bilateral. Hallux valgus bilaterales intervenidos. Rizartrosis bilateral. Fibromialgia.
Y analizadas las secuelas descritas y las tareas realizables por el titular, este Equipo de Valoración de Incapacidades propone a la Dirección Provincial del Instituto Nacional de Seguridad Social: Mantener la calificación de Incapacidad Permanente Total para la profesión habitual, por considerar que sus lesiones no han experimentado agravación. La siguiente revisión, por agravación o mejoría del estado invalidante, se podrá efectuar a partir del 01/08/2012."
Se emite resolución denegatoria con fecha 12.08.10 acorde con el dictamen indicado.
Que el cuadro clínico actual de la actora puede establecerse: "Antecedente de estenosis de canal y espondiloartrosis tratada en la Unidad del Doctor de H. Puerta de Hierro hace unos 4 años, tratada mediante analgesicos y TENS. Artroplastia total de rodilla izquierda hace 2 años en clínica Ruber. En tratamiento con Acabel y Gabapentina. EF: Lumbalgia con dolor referido a ambos muslos. Claudicación neurogena de unos 50-100 metros. Rodilla estable. Dolor en zona interna de mediopie. Pie plano flexible con valgo del retropie. Rx rodilla: Rodilla bien alineada con buena integración. Rx lumbar: Anterolistesis L4-L5 y desaparición de espacio discal L5-S1. Rx pies: Pie plano bilateral. Secuelas de cirugía de HV en pie derecho....
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
ATS, 29 de Mayo de 2013
...de mobbing". Recurre la actora en casación para la unificación de doctrina, aportando de contraste la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 26 de marzo de 2012 , confirmatoria de la de instancia que había declarado nulo el despido de la trabajadora allí Por tanto, deben r......