STSJ Galicia 5299/2010, 16 de Noviembre de 2010

JurisdicciónEspaña
Número de resolución5299/2010
Fecha16 Noviembre 2010

T.S.J.GALICIA SALA DE LO SOCIAL

PLAZA DE GALICIA

Tfno: 981184 845/959/939

Fax:98118 4853/2155/2211

NIG: 15078 44 4 2010 0000109

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0004177 /2010 CRS

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEM : 0000054 /2010 del JDO. DE LO SOCIAL nº: 002 Santiago de Compostela

Recurrente/s: CONSELLERIA DO MEDIO RURAL, EMPRESA PUBLICA DE SERVIZOS AGRARIOS GALEGOS, S.A.

(SEAGA), Jacinta

Abogado/a: LETRADO COMUNIDAD, LETRADO COMUNIDAD, ANGELES CANCELA REGUEIRO

Procurador:,, C.I.G.

Graduado Social:,,

Recurrido/s:

Abogado/a:

Procurador:

Graduado Social:

ILMO. SR. D ANTONIO OUTEIRIÑO FUENTE

PRESIDENTE DE SALA

ILMO. SR. D JOSÉ ELÍAS LÓPEZ PAZ.

ILMO. SR. D LUIS F. DE CASTRO MEJUTO.

En A CORUÑA, a dieciséis de Noviembre de dos mil diez.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.J.GALICIA SALA DE LO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 0004177 /2010, formalizado por el/la D/Dª Letrado de la X, en nombre y representación de EMPRESA PUBLICA DE SERVIZOS AGRARIOS GALEGOS, S.A. (SEAGA), contra la sentencia dictada por JDO. DE LO SOCIAL N. 2 de SANTIAGO DE COMPOSTELA en el procedimiento DEMANDA 0000054 /2010, seguidos a instancia de Jacinta frente a CONSELLERIA DO MEDIO RURAL, EMPRESA PUBLICA DE SERVIZOS AGRARIOS GALEGOS, S.A. (SEAGA), siendo Magistrado-Ponente el/ la Ilmo/a Sr/Sra D/Dª ANTONIO OUTEIRIÑO FUENTE.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D/Dª Jacinta presentó demanda contra CONSELLERIA DO MEDIO RURAL, EMPRESA PUBLICA DE SERVIZOS AGRARIOS GALEGOS, S.A. (SEAGA), siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia de fecha diecinueve de Mayo de dos mil diez .

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:

Primero

Dª Jacinta viene prestando sus servicios para la EMPRESA PÚBLICA DE SERVIZOS AGRARIOS GALEGOS, S.A., en adelante SEAGA, con antigüedad de 4 de junio de 2007, con la categoría de PEÓN ESPECILISTA, percibiendo salarios mensuales en cuantía de 1.355"76 euros mensuales, incluida la parte proporcional de las horas extraordinarias.

Segundo

Tal relación aparece fundada en los siguientes contratos de trabajo, suscritos entre el demandante y SEAGA previa convocatoria pública: -Contrato de trabajo de duración determinada, a tiempo completo, para la realización de una obra o servicio determinada definida como: "Encomenda "Dispositivo de Prevención, Vixilancia e Defensa Contra Incendios-Ano 2007" tendo dita obra autonomía e sustantividade propia dentro da actividade da empresa.", para prestar sus servicios como PEÓN DCI DE BRIGADAS ESPECIAIS", con la categoría de PEÓN, suscrito por las partes el 4 de junio de 2007 y con duración desde dicha fecha hasta el fin de contrato, firmando documento de liquidación y finiquito el 9 de marzo de 2008. -Contrato de trabajo de duración determinada, a tiempo completo, para la realización de una obra o servicio determinada definida como: Realización de tratamientos selvicolas para biomasa forestal na provincia de A Coruña, tendo dita obra autonomía e sustantividade propia dentro da actividade da empresa.", para prestar sus servicios como PEÓN ESPECIALISTA, con la misma categoría, suscrito por las partes el 24 de marzo de 2008, firmando documento de liquidación y finiquito el 6 de junio de 2008. -Contrato de trabajo de duración determinada, a tiempo completo, para la realización de una obra o servicio determinada definida como: "Encomenda de Xestión para o Servizo de Brigadas de Prevención, Vixilancia e Defensa contra os Incendios Forestais para o ano 2008" tendo dita obra autonomía e sustantividade propia dentro da actividade da empresa.", para prestar sus servicios como PEÓN, con la misma categoría, suscrito por las partes el 7 de junio de 2008, notificándosele fin de contrato el 27 de octubre de 2008. -Contrato de trabajo de duración determinada, a tiempo completo, para la realización de una obra o servicio determinada definida como: "Encomenda de xestión para o servicio de brigadas de prevención, vixilancia e defensa contra incendios forestais para o ano 2009, tendo dita obra autonomía e sustantividade propia dentro de la actividad de la empresa.", para prestar sus servicios como PEÓN, con la misma categoría, suscrito por las partes el 13 de marzo de 2009, con duración desde la misma fecha hasta el fin de la obra firmando documento de liquidación y finiquito el 23 de abril de 2009. - Contrato de trabajo de duración determinada, a tiempo completo, para la realización de una obra o servicio determinada definida como: "Encomenda de xestión para o servizo de brigadas de prevención, vixilancia e defensa contra incendios forestais para o ano 2009, tendo dita obra autonomía e sustantividade propia dentro da actividade da empresa.", para prestar sus servicios como PEÓN, con la misma categoría, suscrito por las partes el 4 de junio de 2009, notificándosele el fin de contrato el 14 de octubre de 2009.-Contrato de trabajo de duración determinada, a tiempo completo, para la realización de una obra o servicio determinada definida como: "Tratamentos silvícolas e traballos preventivos (desbroces, clareos, podas, retirada de restos...) nos concellos do Distrito III-Santiago-Meseta, tendo dita obra autonomía e sustantividade propia dentro da actividade da empresa.", para prestar sus servicios como PEÓN ESPECIALISTA, suscrito por las partes el 22 de octubre de 2009, notificándosele el fin de contrato el 17 de noviembre de 2009 con el siguiente tenor: "En relación al contrato que actualmente mantén con SEAGA, e de acordo co establecido no artigo 8.1 do R.D. 2720/98 de 18 de decembro, comunicaselle que o próximo día 27 de novembro de 2009 causará baixa nesta empresa como consecuencia de la finalización dos traballos propios da sua categoría e especialidade dentro da obra para a que foi contratado."-Contrato de trabajo de duración determinada, a tiempo completo para la realización de obra o servicio determinado definido como "Realización de traballos de prevención, defensa e extinción de incendios forestais na base helitransportada de Lomba, tendo dita obra autonomía e sustantitividade propia dentro da actividad da empresa", para prestar sus servicios como PEÓN ESPECIALISTA, suscrito por las partes el 12 de marzo de 2010, y que se encuentra en vigor. Tercero: El demandante ha estado dado de alta en la Seguridad Social por cuenta de SEAGA en los siguientes periodos de tiempo: -Del 4 de junio de 2007 al 9 de marzo de 2008. -Del 24 de marzo de 2008 al 6 de junio de 2008. -Del 7 de junio de 2008 al 27 de octubre de 2008. -Del 13 de marzo de 2009 al 23 de abril de 2009. - Del 4 de junio de 2009 al 19 de octubre de 2009. Igualmente ha estado en situación de vacaciones retribuidas y no disfrutadas: -Del 10 de marzo de 2008 al 15 de marzo de 2008. -Del 7 de junio de 2008 al 12 de junio de 2008. -Del 20 de octubre de 2009 al 1 de noviembre de 2009. -Del 28 de noviembre de 2009 al 30 de noviembre de 2009. Nuevamente por cuenta de SEAGA del 12 de marzo de 2010 hasta, al menos el 4 de mayo de 2010. Cuarto: La EMPRESA PÚBLICA DE SERVIZOS AGRARIOS GALEGOS, S.A. ha sido creada por Decreto de la Consellería de Economía e Facenda 260/2006 de 28 de diciembre, con un capital fundacional suscrito y desembolsado por la Comunidad Autónoma Gallega de 1.000.000 euros, encontrándose entre su objeto la realización de aquellas actuaciones, obras, trabajos y prestaciones de servicios en materias agrícolas, ganaderas, y de desarrollo rural que de forma taxativa ¡le sean encomendadas por la Xunta de Galicia y la realización de todo tipo de actuaciones, obras, trabajos y prestaciones de servicios en materias forestales, especialmente las relacionadas con la prevención y lucha contra incendios forestales, en particular e, en general, aquellas actividades obras o servicios que requieran las intervenciones de carácter urgente, relacionadas con dichas materias. Quinto: En desarrollo de la "Encomenda de Xestión para a posta en marcha de brigadas de prevención, vixilancia e defensa contra incendios forestais para o ano 2007", se dicta, el 21 de mayo de 2007, por el Secretario Xeral de la Consellería de Medio Rural, orden de ejecución a SEAGA por importe de 9.906.779"51 euros con plazo de ejecución durante el ejercicio 2007. Sexto: En desarrollo de la encomienda "Realización de tratamientos silvicolas para a valorización e aproveitamentos de biomasa forestal na provincia da Coruña" se dicta, el 28 de diciembre de 2007, por el Secretario Xeral de la Consellería de Medio Rural, orden de ejecución a SEAGA por importe de 498.215,25 euros con plazo máximo de ejecución hasta el 30 de noviembre de 2008. Séptimo: En desarrollo de la "Encomenda de Xestión para o servizo de brigadas de prevención, vixilancia e defensa contra incendios forestais para o ano 2008", se dicta, el 19 de mayo de 2008, por el Secretario Xeral de la Consellería de Medio Rura, orden de ejecución a SEAGA por importe de 20.906.234,96 euros con plazo de ejecución hasta el 31 de diciembre de 2008. Octavo: En desarrollo de la encomienda denominada " Encomenda de xestión para o servizo de brigadas de prevención, vixilancia e defensa contra incendios forestais para o ano 2009" se dicta, el 12 de febrero de 2009, por el Secretario Xeral de la Consellería de Medio Rural, orden de ejecución a SEAGA por importe de 23.216.843"25 euros con plazo máximo de ejecución hasta el 31 de diciembre de 2009. Noveno: En desarrollo de la encomienda denominada:...

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