STSJ Comunidad de Madrid 59/2012, 3 de Febrero de 2012
Ponente | MARIA DEL CARMEN PRIETO FERNANDEZ |
ECLI | ES:TSJM:2012:291 |
Número de Recurso | 6276/2011 |
Procedimiento | RECURSO SUPLICACION |
Número de Resolución | 59/2012 |
Fecha de Resolución | 3 de Febrero de 2012 |
Emisor | Sala de lo Social |
RSU 0006276/2011
T.S.J.MADRID SOCIAL SEC.4
MADRID
SENTENCIA: 00059/2012
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 4ª- (C/ GENERAL MARTÍNEZ CAMPOS, 27)
N.I.G: 28079 4 0050790 /2011, MODELO: 46050
TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACIÓN 6276/2011
Materia: DESPIDO
Recurrente/s: Dª Justa
Recurrido/s: UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID
JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL Nº 39 de MADRID, DEMANDA 315/2011
J.S.
Sentencia número: 59/2012
Ilmos/as. Sres/as. D/Dª.
MIGUEL ÁNGEL LUELMO MILLÁN
MARÍA LUZ GARCÍA PAREDES
MARÍA DEL CARMEN PRIETO FERNÁNDEZ
En MADRID a 3 de Febrero de 2012, habiendo visto las presentes actuaciones la Sección 4ª de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/as. citados/as, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,
EN NOMBRE DE S.M. EL REY
Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE
EL PUEBLO ESPAÑOL
ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A
en el RECURSO SUPLICACIÓN 6276/2011, formalizado por el/la Sr/a. Letrado D/Dª. Ramón de Román Díez en nombre y representación de Dª Justa, contra la sentencia de fecha once de mayo de dos mil once, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL Nº 39 de MADRID, en sus autos número 315/2011, seguidos a instancia de la parte recurrente frente a la UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID, sobre Despido, ha sido MagistradoPonente el/la Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. MARÍA DEL CARMEN PRIETO FERNÁNDEZ.
Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.
En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:
"PRIMERO.- La demandante Dña. Justa, con DNI NUM000, ha venido prestando servicios a tiempo parcial, para la demandada, desde el 21 de octubre de 2006, con categoría profesional de Técnico Auxiliar y salario mensual bruto de 892,09 euros, con inclusión de parte proporcional de pagas extras, habiendo suscrito los siguientes contratos:
Del 21.10.2006 al 31.12.2006, contrato de trabajo por obra o servicio determinado firmado al amparo de lo establecido en la Ley 12/2001 de 9 de julio y en el Real Decreto 2720/1998, de 18 de diciembre. El objeto del contrato consiste en "TRABAJOS DE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN DEL PROYECTO P061015158, TENIENDO DICHA OBRA AUTONOMÍA Y SUSTANTIVIDAD PROPIA DENTRO DE LA ACTIVIDAD DE LA EMPRESA. PROYECTO DE INVESTIGACIÓN"
Del 01.01.2007 al 31.03.2007, primera prórroga del anterior contrato.
Del 01.04.2007 al 31.12.2007, contrato de trabajo por obra o servicio determinado firmado al amparo de lo establecido en la Ley 12/2001 de 9 de julio y en el Real Decreto 2720/1998, de 18 de diciembre. El objeto del contrato consiste en "TRABAJOS DE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN DEL PROYECTO P071005112, TENIENDO DICHA OBRA AUTONOMÍA Y SUSTANTIVIDAD PROPIA DENTRO DE LA ACTIVIDAD DE LA EMPRESA. PROYECTO DE INVESTIGACIÓN"
Del 01.01.2008 al 29.02.2008, primera prórroga del anterior contrato.
Del 01.03.2008 al 31.03.2008, segunda prórroga del anterior contrato.
Del 01.04.2008 al 31.12.2008, contrato de trabajo por obra o servicio determinado firmado al amparo de lo establecido en la Ley 12/2001 de 9 de julio y en el Real Decreto 2720/1998, de 18 de diciembre. El objeto del contrato consiste en "TRABAJOS DE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN DEL PROYECTO P081015191, TENIENDO DICHA OBRA AUTONOMÍA Y SUSTANTIVIDAD PROPIA DENTRO DE LA ACTIVIDAD DE LA EMPRESA. PROYECTO DE INVESTIGACIÓN"
Del 01-01-09 al 28-02-09, primera prórroga del anterior contrato.
Del 01-03-09 al 31-03-09, segunda prórroga del anterior contrato.
Del 01-04-09 al 30-04-09, tercera prórroga del anterior contrato.
Del 01-05-09 al 31-05-09, cuarta prórroga del anterior contrato.
Del 01-06-09 al 30-06-09, quinta prórroga del anterior contrato.
Del 01-07-09 al 31-07-09, sexta prórroga del anterior contrato.
Del 01-08-09 al 31-08-09, séptima prórroga del anterior contrato.
Del 01-09-09 al 30-09-09, octava prórroga del anterior contrato.
Del 01.10.2009 al 31.12.2009, contrato por obra o servicio determinado al amparo de lo establecido en la Ley 12/2001 de 9 de julio y en el Real Decreto 2720/1998, de 18 de diciembre. El objeto del contrato consiste en "TRABAJOS DE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN DEL PROYECTO, TENIENDO DICHA OBRA AUTONOMÍA Y SUSTANTIVIDAD PROPIA DENTRO DE LA ACTIVIDAD DE LA EMPRESA. PROYECTO DE INVESTIGACIÓN P081015191".
Del 01-01-10 al 31-12-10, prórroga de anterior contrato.
Por carta fechada el 23 de diciembre de 2010, la demandada Universidad Politécnica de Madrid, comunicó a la actora la extinción del contrato, con efectos del día 31 de diciembre de 2010, alegando la conclusión del objeto citado en el contrato.
La demandante, que era informada de la obra o servicio objeto de la contratación, ha desempeñado de forma habitual su actividad en la sede del INAP, en la calle Atocha, llevando a cabo la coordinación de los masters en dirección de sistemas y tecnologías de la información y las comunicaciones a distancia, impartidos por convenio de colaboración entre el Instituto Nacional de Administración Pública y la Universidad Politécnica de Madrid, que venía ésta última impartiendo en el Centro de Estudios Superiores de la Administración Pública. Dichos cursos responden a una acción educativa singular de colaboración entre administraciones públicas para la formación profesional de los cuerpos superiores de la Administración General del Estado, consistiendo estas tareas principalmente en las siguientes:
- Recepción y clasificación de solicitudes de candidatos
-Informar a los candidatos seleccionados para realizar el master que pasan a ser nuevos alumnos del Master.
-Informar a los candidatos no seleccionados aquellos motivos por los que no han sido seleccionados.
-Dar de alta a profesores, alumnos y master en el aula virtual de Infoglobal así como área virtual Moodle.
-Comprobación diaria del correcto funcionamiento de la plataforma virtual de infoglobal así como de Moodle.
-Dar de alta a profesores, alumnos y master en bases de datos (Microsoft Access, SIAF del INAP)
-Actualización diaria de las bases de datos
-Planificar el calendario de clases y comunicarlo a profesores y alumnos.
-Solicitar aulas en el INAP para la realización de las sesiones presenciales del master.
-Confección de la orden del día de las sesiones presenciales. Convocar a profesores y alumnos para las sesiones presenciales.
-Solicitar a los profesores el envío del material didáctico y enviarlo a reprografía para realizar las copias.
-Repartir material didáctico entre los alumnos asistentes a la sesión presencial y enviar el material a los alumnos que no asistieron.
-Informar en control de acceso al edificio del INAP de los alurrmos que asistirán a la sesión presencial.
- Confeccionar y repartir certificados de asistencia a los alumnos
-Hacer cuestionarios de evaluación a los profesores, recogerlos y enviar copia de los mismos a los responsables del INAP y de la Universidad.
-Solicitar a los profesores el envío de las calificaciones de los exámenes realizados.
-Grabar las calificaciones en la base de datos.
-Confeccionar certificados de calificaciones a los alumnos y reparto de los mismos.
-Confección de diplomas del INAP al finalizar el master, enviar a registro y posterior entrega.
-Recopilación de documentos de los alumnos y entrega de dicha documentación al departamento de Postgrado.
-Recepción de títulos de la Universidad Politécnica de Madrid y posterior entrega
-Registro de los títulos en el libro oficial de la Universidad
-Confeccionar memorias anuales
-Resolver cualquier tipo de incidencia relativa a los master
-Mantener informados a los responsables del INAP y del master del desarrollo de los master.
La Universidad Politécnica de Madrid, con domicilio en Avenida de Maeztu 7, 28040 de Madrid, es una entidad de derecho público, plena capacidad de obrar y patrimonio propio, para la consecución de sus fines de docencia e investigación universitaria, que se rige por los estatutos aprobados por Real Decreto 2356/1985, de 27 de diciembre(BOE 22-1-86).
El Instituto Nacional de la Administración Pública, organismo que tiene encomendadas, entre otras competencias, la de realizar las tareas de selección, formación y perfeccionamiento de los funcionarios de los cuerpos o escalas de las administraciones públicas, ha venido suscribiendo desde el año 2002 con la Universidad Politécnica de Madrid, unos convenios de colaboración para la impartición de cursos, seminarios, coloquios y reuniones, dentro del programa de acción educativa y formación profesional de los cuerpos superiores de la Administración General del Estado.
El día 27 de enero de 2010 se presentó la actora escrito de reclamación previa, sin que conste recaída resolución expresa. El día 28 de febrero de 2011 se presentó demanda, que ha sido repartida a este Juzgado de lo Social el 1 de marzo."
En dicha sentencia recurrida en suplicación se desestimó la demanda formulada por la parte actora.
Frente a dicha sentencia se anunció recurso de suplicación por la parte demandante. Tal recurso fue objeto de impugnación por la contraparte.
Elevados por el Juzgado de lo Social de referencia los autos principales, en unión de la pieza separada...
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...2014 (rec. 2262/2012); STSJ Murcia 14 mayo 2012 (rec. 101/2012); STSJ Andalucía, Granada 3 mayo 2012 (rec. 524/2012); STSJ Madrid 3 febrero 2012 (rec. 6276/2011). En esta misma línea interpretativa de carácter restrictivo se podría situar la propia LCTI cuando establece las escalas técnicas......