SAP Baleares 188/2011, 25 de Mayo de 2011
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 188/2011 |
Fecha | 25 Mayo 2011 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4PALMA DE MALLORCA
SENTENCIA: 00188/2011
AUDIENCIA PROVINCIAL-SECCION CUARTA
PALMA DE MALLORCA
Rollo: RECURSO DE APELACION (LECN) 451 /2010
SENTENCIA NUM 188/2011
ILMOS SRS.
PRESIDENTE:
D. Miguel A. Aguiló Monjo
MAGISTRADOS:
D. Miguel Álvaro Artola Fernández
Dª. Juana María Gelabert Ferragut
En PALMA DE MALLORCA, a veinticinco de Mayo de 2011.
Vistos por la Sección 4ª de esta Audiencia Provincial, en grado apelación, los presentes autos juicio ordinario, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 9 de Palma, bajo el nº 1.064/2008, Rollo de Sala nº 451/2010, entre partes, de una como parte actora-apelante "Maxi Formación, S. L. U.", representada por el Procurador D. José Antonio Cabot Llambías, y de otra, como demandada-apelada, "Allianz Compañía de Seguros y Reaseguros, S. A.", representada por la Procuradora Dª. María Montserrat Montané Ponce, asistidas ambas de sus respectivos letrados D. Fernando Talens Aguiló y D. Antonio Roca Rodríguez.
ES PONENTE el Ilmo. Sr. Magistrado D. Miguel A. Aguiló Monjo.
=ANTECEDENTES DE HECHO=
Por Ilmo. Sr. Magistrado del Juzgado de Primera Instancia nº 9 de Palma en fecha 8 de enero de 2010, se dictó sentencia, cuyo fallo dice: " ESTIMAR PARCIALMENTE la demanda formulada por MAXI FORMACIÓN S.L.U., condenando a ALLIANZ S.A., al pago a aquélla de 698'32 euros.- Sin especial pronunciamiento en cuanto a las costas".
Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de la parte actora y seguido el recurso por sus trámites se presentó por la parte demandada el correspondiente escrito de oposición, elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial, que quedaron conclusas para sentencia.
Se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada en lo que no se opongan a los que siguen.
Se dilucida en el presente procedimiento y recurso una reclamación de cantidad que la entidad actora "Maxi Formación, S. L. U. dirige contra la compañía aseguradora "Allianz, S. A." y que tiene como trasfondo un accidente de tráfico, estando el automóvil propiedad de la actora correctamente estacionado, ocurrido el 10 de octubre de 2007 . Los daños materiales ya fueron abonados por la aseguradora demandada y lo que queda ahora vigente es la indemnización reclamada por la actora por la necesidad de alquilar y sufragar a su costa un vehículo de sustitución durante el tiempo de paralización del propio en el taller de reparación.
La sentencia apelada, cual se avanzaba, frente a la suma reclamada en la demanda de 3.343'12 #, estimando parcialmente la pretensión actora, reduce la cantidad objeto de condena a la cifra de 698'32 # y ésta es la decisión que, consentida por la parte accionada, fue recurrida por la demandante.
No hay discusión acerca de la necesidad de la actora de procurarse un vehículo de sustitución, pues se venido admitiendo a lo largo de todo el procedimiento. Esta contingencia supone un daño emergente derivado del inicial siniestro y no un lucro cesante, como parece enmarcarlo la sentencia combatida, al citar el artículo 1.106 del Código Civil .
No cabe duda de que el gasto que supone procurarse un automóvil de sustitución en tales circunstancias es un perjuicio indemnizable a través de la normativa propia de la responsabilidad extracontractual (artículos 1902 y siguientes del Código Civil ) y que la misma se deriva hacia la compañía...
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