SAP Sevilla 12/2007, 8 de Enero de 2007

PonenteFRANCISCO GUTIERREZ LOPEZ
ECLIES:APSE:2007:321
Número de Recurso4023/2006/
Número de Resolución12/2007
Fecha de Resolución 8 de Enero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Sevilla, Sección 4ª

12/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE SEVILLA

SECCIÓN CUARTA

Rollo de Sala nº 4023/06.

Proa Nº 42/06.

Juzgado de Instrucción nº 18 de Sevilla.

SENTENCIA Nº 12/07

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

D. JOSÉ MANUEL DE PAÚL VELASCO

Dª. MARGARITA BARROS SANSINFORIANO.

D. FRANCISCO GUTIÉRREZ LÓPEZ, ponente.

En la ciudad de Sevilla, a 8 de enero de 2007.

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial ha visto en juicio oral y público la causa arriba referenciada, seguida por delito de apropiación indebida.

Han sido partes:

- El Ministerio Fiscal, representado por el Ilmo. Sr. Dª Victoria Fuentes Aguilar.

- La acusación particular ejercida por "Electrofactory, S.L," que ha estado representada por el Procurador D. Julio Paneque Caballero y defendida por el letrado D. Vicente García Caviedes.

- El acusado Roberto, con D.N.I. núm. NUM000, nacido en Camas (Sevilla), el día 4/01/72, hijo de Manuel y de Julia, en libertad provisional, de la que estuvo privado por esta causa el día 18/08/05, el cual ha estado representado por el Procurador D. Jesús Tortajada Sánchez y defendido por el Letrado D. Carlos González Nuñez.

ANTECEDENTES PROCESALES

PRIMERO

El juicio oral ha tenido lugar en audiencia pública el día 15 de noviembre de 2.006, practicándose con el resultado que consta en el acta las pruebas propuestas y no renunciadas por las partes.

SEGUNDO

El Ministerio Fiscal formuló conclusiones definitivas considerando que los hechos eran constitutivos de un delito continuado de apropiación indebida del artículo 252, en relación con el 249, 250-7º y 74 del Código Penal, estimando autor al acusado Roberto, concurriendo circunstancia agravante de la responsabilidad criminal 8ª del artículo 22 del Código Penal y pidiendo que le impusiera la pena de seis años de prisión, con accesoria de inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y multa de doce meses, con cuota diaria de 6 euros, costas e indemnización de 29.465,40 euros para Electrofactory, S.L.

TERCERO

La acusación Particular formuló conclusiones definitivas considerando que los hechos eran constitutivos de un delito de apropiación indebida del artículo 252 del Código Penal, estimando autor al acusado Roberto, y pidiendo que le impusiera la pena de tres años de prisión, con accesoria de inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y costas e indemnización de 29.465,40 euros para Electrofactory, S.L.

CUARTO

La defensa formuló conclusiones definitivas solicitando que se dictara sentencia absolutoria.

HECHOS PROBADOS

PRIMERO

El acusado, Roberto fue empleado con la categoría profesional de dependiente en la empresa Electrofactory, S.L., sita en el polígono Store, de Sevilla, desde el 29 de octubre de 2001 hasta el 13 de noviembre de 2003. Entre sus funciones estaba vender mercancías y cobrar el importe de las facturas y de los tickets de venta a los clientes.

Como consecuencia de ello, desde la fecha de comienzo de su relación laboral hasta abril de 2002 hizo suyos un total de 46134,73 euros, procedentes de las diferentes ventas efectuadas en dicho período.

El 26 de abril de 2002 firmó un documento en que reconocía esta cantidad como hecha suya en ilegal beneficio, llegando a un acuerdo con la empresa en ir devolviendo mensualmente cantidades a cuenta. Desde noviembre de 2003 se desentendió de la deuda, dejando de reintegrar a partir de este momento y hasta la fecha a la empresa los 29.465,40 euros que le sigue adeudando. La empresa denunció los hechos en febrero de 2004.

SEGUNDO

El acusado nació el 4/01/72 y fue anterior y ejecutoriamente condenado en sentencia de 26/05/99 por delito de falsedad en documento mercantil a la pena de seis meses de prisión y por delito de apropiación indebida en sentencia de 16/01/01 a seis meses de prisión, causa en la que obtuvo la suspensión de la ejecución por dos años el 12/06/02 y la remisión definitiva el 19/07/04,

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Los hechos declarados probados son constitutivos de un delito continuado de apropiación indebida, artículos 248, 249 y 74 del Código Penal.

Ciertamente éste, como otros muchos procedimientos de similar naturaleza económica, adolece de una instrucción ordenada y eficaz que aporte todos los elementos de pruebas existentes para el buen fin de la investigación.

En el presente procedimiento se advierte que, pese a reclamarse por el apoderamiento de concretas operaciones mercantiles realizadas por el acusado, no se aporta la relación documental de todas esas operaciones mercantiles realizadas por el acusado que son el sustento de la acusación.

Tal proceder no resulta comprensible para este Tribunal y sólo la existencia del reconocimiento de deuda firmado por el acusado y los testimonios de los dos administradores solidarios de la empresa permiten, como se verá, llegar a las conclusiones que se expondrán.

El...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • SAP Córdoba 194/2012, 1 de Junio de 2012
    • España
    • 1 Junio 2012
    ...el ropaje de un ilícito civil lo que no deja de ser una grosera infracción penal". En esta misma línea, la sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla de 8 de enero de 2007, en un supuesto en que se acusaba por el apoderamiento de concretas operaciones mercantiles realizadas por el acus......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR