SAP Madrid 238/2007, 7 de Mayo de 2007

PonenteEDUARDO VICTOR BERMUDEZ OCHOA
ECLIES:APM:2007:6686
Número de Recurso178/2007
Número de Resolución238/2007
Fecha de Resolución 7 de Mayo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 3ª

Dª GRACIA CASTRO-VILLACAÑAS PEREZ

SECRETARIA DE SALA

RECURSO APELACION: 178/07

JUICIO ORAL: 56/06

JUZGADO PENAL Nº 1 - ALCALÁ DE HENARES

SENTENCIA NUM: 238

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

ILTMOS. SRES. DE LA SECCION TERCERA

D. ADRIAN VARILAS GOMEZ

Dª MARIA PILAR ABAD ARROYO

D. EDUARDO VICTOR BERMUDEZ OCHOA

En Madrid, a 7 de mayo de 2007.

VISTOS, por esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Madrid, en grado de apelación, el Juicio Oral nº 56/06 procedente del Juzgado Penal nº 1 de Alcalá de Henares y seguido por delito de robo con fuerza en las cosas contra Jon, siendo partes en esta alzada como apelante dicho acusado y como apelado el Ministerio Fiscal, y Ponente el Magistrado D. EDUARDO VICTOR BERMUDEZ OCHOA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el indicado Juzgado de lo Penal se dictó Sentencia el día 28 de Noviembre de 2006, cuyo FALLO decretó: "Que debo condenar y condeno a Jon como autor de un delito de ROBO CON FUERZA EN LAS COSAS de los arts. 237, 2382 y 240 del CP a la pena de 1 año de prisión que se sustituye por la expulsión del territorio nacional con imposibilidad de regresar durante 10 años.

En concepto de responsabilidad civil deberá indemnizar a Aurelio en la cantidad que se determine en ejecución de sentencia por los daños en la máquina y en la valla.

Todo ello con imposición de costas al condenado.".

SEGUNDO

Notificada la referida sentencia, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por Jon que fue admitido en ambos efectos y del que se confirió traslado por diez días al Ministerio Fiscal, que solicitó la desestimación del recurso.

TERCERO

Elevadas las actuaciones a esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial el día 30 de abril de 2007, se formó el Rollo de Sala nº 178/07 y dado el trámite legal, se señaló para la deliberación, votación y fallo en Sala el recurso el día 4 de mayo siguiente.

Se aceptan de manera expresa los de la sentencia apelada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los correlativos de la resolución del Juzgado de lo Penal objeto de recurso y

PRIMERO

El recurrente expresa su discrepancia con la sentencia recaída en esta causa, sosteniendo que su condena supone una infracción del principio de presunción de inocencia, en tanto sostiene que resulta insuficiente para desvirtuarla la prueba practicada en la vista oral.

La aludida presunción de inocencia exige, para ser desvirtuada, la existencia de una mínima y suficiente actividad probatoria, producida con las debidas garantías procesales, es decir, con estricto respeto a los derechos fundamentales, que resulte racionalmente de cargo y de la que se pueda deducir la culpabilidad del acusado, todo éllo en relación con la infracción de que se trate, los elementos...

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