SAP Murcia 133/2008, 30 de Abril de 2008
Ponente | JUAN ANTONIO JOVER COY |
ECLI | ES:APMU:2008:378 |
Número de Recurso | 280/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 133/2008 |
Fecha de Resolución | 30 de Abril de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4
MURCIA
SENTENCIA: 00133/2008
Iltmos. Sres.:
D. Carlos Moreno Millán
Presidente
D. Juan Martínez Pérez
D. Juan Antonio Jover Coy
Magistrados
S E N T E N C I A Nº 133
En la ciudad de Murcia, a treinta de abril de dos mil ocho. La Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Verbal procedentes del
Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Murcia y seguidos ante el mismo con el nº 557/06, -rollo nº 280/07-, entre las partes,
actora, Hispamer Servicios Financieros, Establecimiento Financiero de Crédito, S.A., con domicilio social en Madrid, calle Costa
Brava nº 12, 28034, con C.I.F. nº A-79082244 ; y demandado, D. Luis Pablo, mayor de edad, casado, vecino de
Murcia, con domicilio en CALLE000 nº NUM000, La Ñora, con D.N.I. nº NUM001, representado por el Procurador Sr. Martínez
García y dirigido por el Letrado Sr. Torres Bernal. Versando sobre reclamación de cantidad derivada de contrato de
arrendamiento financiero.
Los referidos autos penden ante esta Audiencia Provincial en virtud de recurso de apelación interpuesto por D. Luis Pablo contra la sentencia de 24 de julio de 2006, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Murcia; siendo ponente
el Iltmo. Sr. Magistrado D. Juan Antonio Jover Coy, que expresa el parecer de la Sala.
La referida resolución contiene el siguiente fallo:
"Estimando totalmente la oposición presentada por don Luis Pablo frente a la demanda de proceso monitorio interpuesta contra él por Hispamer Servicios Financieros E.F.C., S.A., y absolviendo al citado demandado don Luis Pablo de todos los pedimentos formulados contra el mismo, con expresa imposición de costas, si las hubiere, a la parte actora, Hispamer Servicios Financieros".
Contra dicha sentencia interpuso D. Luis Pablo recurso de apelación, que tras tenerse por preparado fue formalizado conforme a lo dispuesto en los artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuic . Civil.
Seguidamente se remitieron las actuaciones a esta Audiencia Provincial, donde se formó el correspondiente rollo, con el nº 280/07, y se señaló el veintinueve de abril de 2008 para que tuviera lugar la votación y fallo del recurso, tras lo cual quedó éste visto para sentencia.
En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.
Se aceptan los de la sentencia apelada.
Mediante el recurso de apelación interpuesto pretende la representación de D. Luis Pablo que "se dicte providencia por la que se declare la nulidad de las actuaciones, y se acuerde su reposición al momento de dictar sentencia para que ésta pueda ser...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba