STSJ Galicia 3117/2010, 15 de Junio de 2010

PonenteLUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO
ECLIES:TSJGAL:2010:4619
Número de Recurso1454/2010
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución3117/2010
Fecha de Resolución15 de Junio de 2010
EmisorSala de lo Social

RECURSO SUPLICACION 0001454 /2010 BC

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS D.

ANTONIO OUTEIRIÑO FUENTE

JOSE ELIAS LOPEZ PAZ

LUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO

A CORUÑA, quince de junio de dos mil diez.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los Sres. Magistrados citados al margen y

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el recurso de Suplicación número 0001454 /2010 interpuesto por D. Ramón contra la sentencia del JDO. DE

LO SOCIAL nº 001 de FERROL siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. LUIS FERNANDO DE CASTRO

MEJUTO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por D. Ramón en reclamación de INCAPACIDAD PERMANENTE siendo demandado INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. En su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 0000619 /2009 sentencia con fecha diecisiete de Diciembre de dos mil nueve por el Juzgado de referencia que desestimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

PRIMERO

D. Ramón, con DNI núm: NUM000, nacido el 20/10/1960 figura afiliado a la Seguridad Social con el núm. NUM001, y es pensionista por invalidez permanente total para la profesión de Peón Forestal./

SEGUNDO

Solicitada por el demandante revisión de invalidez, e incoado el correspondiente expediente administrativo, a entidad gestora demandada en resolución de 28/05/2009, previo informe propuesta del EVI de fecha 22/05/2009, resolvió modificar el grado de invalidez permanente total que le fue reconocido en 2007 por padecer: hernia discal L4L5, estenosis de canal central./ TERCERO.- El demandante presenta en la actualidad: lumbalgia, Tac lumbosacra 12-08: cambios degenerativos con fenómeno de vacío que afecta al disco intervertebral L3-L4 y sospecha en ese nivel de hernia foraminal izquierda, a la exploración columna lumbar con flexo-extensión algo limitada, dedos-suelo +/- 20 cms; meniscopatía rodilla izquierda diagnosticada en 906; rotura de tendón largo del bíceps diagnosticado en 4-05./ CUARTO.- La base reguladora asciende a la suma de 688,51 euros mensuales./ QUINTO.- Ha quedado agotada la vía administrativa previa.

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:

FALLO

Que desestimando la demanda interpuesta por D. Ramón contra el INSS, debo absolver y absuelvo a la parte demandada de todos los pedimentos de la misma.

CUARTO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandante no siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el paso de los mismos al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Recurre el trabajador la desestimación de su demanda en reclamación de IPA por agravación, instando -por el cauce del artículo 191.b) LPL - la modificación del cuadro de dolencias declarado probado, y denunciando -vía artículo 191.c) LPL - la infracción por inaplicación del artículo 143 en relación con el 137, ambos de la LGSS.

SEGUNDO

Admitimos la revisión propuesta, porque si bien resulta indudable que la valoración de la prueba es una facultad que en exclusiva corresponde al Magistrado sentenciador (artículo 97.2 LPL ), de manera que no resulta admisible que su objetivo criterio sea sustituido por el subjetivo parecer de las partes, no lo es menos que el ejercicio de tal facultad ha de ajustarse a las reglas de la sana crítica (artículo 348...

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