SAP Albacete 146/2010, 6 de Julio de 2010

PonenteMANUEL MATEOS RODRIGUEZ
ECLIES:APAB:2010:896
Número de Recurso77/2010
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución146/2010
Fecha de Resolución 6 de Julio de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Albacete, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

ALBACETE

SECCION PRIMERA

Apelación Civil 77/10

APELANTE: BANCO DE SANTANDER

PROCURADOR: LLANOS RAMIREZ LUDEÑA

APELADO: Porfirio

PROCURADOR: ANTONIO RUIZ-MOROTE ARAGÓN

S E N T E N C I A NUM. 146

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Iltmos.Sres.

Presidente

D. Eduardo Salinas Verdeguer.

Magistrados

D. José García Bleda.

D. Manuel Mateos Rodríguez.

En Albacete a seis de Julio de dos mil diez.

VISTOS en esta Audiencia Provincial en grado de apelación, los autos nº 929 de juicio de Incidentes seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Albacete y promovidos por Banco de Santander, S.A. contra Porfirio ; cuyos autos han venido a esta Superioridad en virtud de recurso de apelación que, contra la sentencia dictada en fecha 13 de noviembre de 2.009 por la Ilma. Sra. Magistrado-Juez de Primera Instancia de dicho Juzgado, interpuso el referido demandante. Habiéndose celebrado Votación y Fallo en fecha 24 de mayo de 2.010.

ANTECEDENTES DE HECHO ACEPTANDO en lo necesario los antecedentes de la sentencia apelada; y

  1. - Por el citado Juzgado se dictó la referida sentencia, cuya parte dispositiva dice así: "FALLO: SE ESTIMA LA DEMANDA DE OPOSICION al juicio cambiario interpuesta por el demandado Porfirio, sin hacer expresa condena en costas.- Se acuerda dejar sin efecto y alzar los embargos y las medidas de garantías de la afección que se hayan trabado, debiendo reintegrarse al ejecutado la situación anterior al despacho de la ejecución."

  2. - Contra la Sentencia anterior se interpuso recurso de apelación por el demandante, representado por medio de la Procuradora Dª. Llanos Ramírez Ludeña, bajo la dirección del Letrado D. Manuel F. Agudo Serrano, mediante escrito de interposición presentado ante dicho Juzgado en tiempo y forma, y emplazada la parte demandada, por la misma, representada por el Procurador D. Antonio Ruiz-Morote Aragón, bajo la dirección del Letrado D. Fco. José Dura Blanca, se presentó en tiempo y forma ante el Juzgado de Instancia escrito oponiéndose al recurso de apelación, elevándose los autos originales a esta Audiencia para su resolución, previo emplazamiento de las partes para su comparecencia ante esta Audiencia Provincial por término de treinta días, compareciendo los mencionados Procuradores en las representaciones indicadas.

  3. - En la sustanciación de los presentes autos se han observado las prescripciones legales, salvo en el plazo para dictar sentencia en esta instancia, dado el volumen de asuntos pendientes de resolver de carácter preferente.

VISTO siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Manuel Mateos Rodríguez.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por parte del firmante del pagaré objeto de la oposición cambiaria de la que la apelación trae causa se opusieron las excepciones del art. 67.2 de la LC, falta de legitimación de la tenedora (Banco de Santander, S.A., la demandante en el juicio cambiario), y del art. 67.3 de la misma ley, extinción del crédito cambiario.

SEGUNDO

La primera de tales excepciones fue rechazada en la sentencia recurrida.

El demandante de oposición explicó que la persona a quien, según el pagaré, tenía que abonarse el mismo, era "Obras y Servicios Campollano 2004, S.L.U", y que dicha...

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