STSJ Cataluña , 13 de Noviembre de 2003

PonenteFRANCISCO JAVIER SANZ MARCOS
ECLIES:TSJCAT:2003:11316
Número de Recurso254/2002
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución13 de Noviembre de 2003
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA CATALUNYA SALA SOCIAL gg ILMO. SR. JOSÉ QUETCUTI MIGUEL ILMO. SR. IGNACIO MARÍA PALOS PEÑARROYA ILMO. SR. FRANCISCO JAVIER SANZ MARCOS En Barcelona a 13 de noviembre de 2003 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los/as Ilmos/as.

Sres/as. citados al margen, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A núm. 7056/2003 En el recurso de suplicación interpuesto por Margarita frente a la Sentencia del Juzgado Social 1 Manresa de fecha 21 de mayo de 2002 dictada en el procedimiento Demandas nº 254/2002 y siendo recurrido I.N.E.M. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. FRANCISCO JAVIER SANZ MARCOS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 26 de marzo de 2002 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre desempleo, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 21 de mayo de 2002 que contenía el siguiente Fallo:

Que desestimando la demanda planteada por Dª. Margarita contra EL INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO, debo confirmar y confirmo la resolución impugnada en todos sus términos.

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

"Primero.- La actora, Dª Margarita , con fecha 22/10/01 solicitó subsidio por desempleo para mayores de 52 años, el cual se concedió del 22/10/01 al 21/10/2014 con un porcentaje parcial del 50%.

Segundo

Contra dicha resolución se presentó por la demandante reclamación previa que fué desestimada por resolución expresa de 19 de febrero de 2002.

Tercero

La prestación contributiva agotada el 18/9/97, de la que deriva el subsidio de paro para mayores de 52 años, se concedió con porcentaje de 50%.

Cuarto

La demandante prestó sus servicios para la empresa Jose Antonio del 11/1/73 al 31/12/94 con un contrato a tiempo completo y un total de 8.025 días cotizados. Percibió prestación por desempleo del 1/1/95 al 30/12/96 (729 días cotizados), siendo la prestación al 50% desde el 19/1/95. Trabajó para la empresa Autoescuela Font S.L. del 18/1/95 al 18/1/97 con jornada del 50% y 366 días cotizados. Desde el 19/1/97 al 18/9/97 ha percibido prestación por desempleo del 50%."

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte demandante, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dió traslado lo impugnó, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Rechaza la sentencia de instancia la impugnación (por "injusta", al haber "cotizado y trabajado a tiempo completo la mayor parte de su vida laboral") de la resolución del INEM que reconoció a la actora un subsidio por desempleo para mayores de 52 años... con un porcentaje parcial del 50%, dirigiendo ésta el primero de los motivos de su recurso a la supresión del hecho probado tercero al considerar que "introduce una valoración jurídica predeterminante del fallo". Motivo que no puede prosperar, pues además de no participar su contenido ("la prestación contributiva... de la que deriva el subsidio de paro ... se concedió en porcentaje del 50%") de la condición y carácter que la parte le atribuye, resulta éste coincidente con el que se reitera en el último párrafo del incuestionado cuarto ordinal fáctico (como así lo viene a reconocer la propia recurrente al calificar de "innecesario" el redactado que censura).

SEGUNDO

Dirige ésta su motivo jurídico de recurso a denunciar "la infracción por interpretación errónea del artículo 217.1" de la LGSS; conforme al cual "En el caso de desempleo por pérdida de un trabajo a tiempo parcial, (la cuantía del subsidio por desempleo)... se percibirá en proporción a las horas previamente trabajadas, en los supuestos previstos en los...

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