SAP Valencia 354/2005, 30 de Mayo de 2005

PonenteJOSE ANTONIO LAHOZ RODRIGO
ECLIES:APV:2005:2701
Número de Recurso331/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución354/2005
Fecha de Resolución30 de Mayo de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 7ª

Rollo Nº 331/05

Sección 7ª

S E N T E N C I A Nº 354

SECCION SEPTIMA

Ilmos.Sres. Magistrados:

Presidente:

Dª.María del Carmen Escrig Orenga.

Magistrados:

D. José Antonio Lahoz Rodrigo

D. José Francisco Beneyto García Robledo.

Valencia, a treinta de mayo de dos mil cinco.

Vistos, ante la Sección Séptima de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, en

grado de apelación, los autos de juicio ordinario, nº 362-03 seguido ante el Juzgado de Primera Instancia Nº 2 de Sagunto, entre partes, de una como demandante-apelado Dª. María Antonieta, representado-a por el-la Procurador D.-Dª.Alberto Mallea Catalá y

asistido-a por el-la Letrado D.-Dª. Pilar Mora Molina, de otra, como demandada-apelante D. Blas, representado-a por el-la Procurador D.-Dª. Amparo Lacomba Benito y

asistido-a por el-la Letrado D.-Dª. Sonia García Galiano.

Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. José Antonio Lahoz Rodrigo.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - En dichos autos, por el-la Ilmo-a Sr-Sra. Juez de Primera Instancia Nº 2 de Sagunto, en fecha 19 de enero de 2005, se dictó sentencia cuya parte dispositiva es como sigue: FALLO: " Se tiene por allanada parcialmente a la demanda a la parte demandada en la cantidad de 12.020,24 euros, se desestima en cuanto al resto de las peticiones con absolución del demandado del abono de los intereses de la cantidad anterior.

    No hay condena en costas de la demanda, cada parte abonará las causadas a su costa y las comunes por mitad. Se desestima íntegramente la reconvención formulada por la parte demandada, con absolución de la actora de las pretensiones en ella convenidas.

    Se condena a la demandada reconviniente al pago de las costas de la reconvención."

  2. - Contra dicha sentencia, por la representación del demandado-reconviniente se preparó en tiempo y forma recurso de apelación, teniéndolo por preparado por providencia de 7 de febrero de 2005 que emplazó a la recurrente para que lo interpusiera en plazo de 20 días, efectuándolo en tiempo y forma; por providencia de 9 de marzo de 2005 se dio traslado del escrito de interposición a la parte demandante, emplazándola para que formulara oposición, efectuándolo en debida forma.

  3. - Por providencia de 30 de marzo de 2005 se remitieron las actuaciones a la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia con emplazamiento por término de 30 días; se repartió a esta Sección y por diligencia de 15 de Abril de 2005 se turnó la ponencia, designando al Magistrado D. José Antonio Lahoz Rodrigo; por providencia de 23 de mayo de 2005 se señaló para que tuviera lugar la VOTACION y FALLO el día 25 de mayo de 2005.

  4. - En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales en materia de procedimiento.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
  1. - El recurso de apelación, interpuesto por la representación procesal del demandado contra la sentencia de instancia, la impugna al considerar que no se valora en debida forma la prueba practicada en relación a las pretensiones de la demanda reconvencional, por lo que interesa su revocación y, por el contrario, se dicte nueva sentencia que estime la reconvención.

    Entrando en el enjuiciamiento de los dos motivos de apelación se alega por la recurrente que de la prueba practicada en el juicio queda acreditado que la Generalitat concedió una subvención por la compra del piso,...

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