STSJ Galicia 847/2009, 25 de Noviembre de 2009

PonenteJULIO CESAR CIBEIRA YEBRA-PIMENTEL
ECLIES:TSJGAL:2009:10235
Número de Recurso8709/2007
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución847/2009
Fecha de Resolución25 de Noviembre de 2009
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.GALICIA CON/AD SEC.3

A CORUÑA

SENTENCIA: 00847/2009

PONENTE: D./Dª JULIO CIBEIRA YEBRA PIMENTEL

RECURSO NUMERO: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0008709 /2007

RECURRENTE: Covadonga

ADMINISTRACION DEMANDADA: XURADO DE EXPROPIACION DE GALICIA

EN NOMBRE DEL REY

La Sección 003 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha pronunciado la

SENTENCIA

Ilmos./as. Sres./as. D./Dª

IGNACIO ARANGUREN PEREZ

JULIO CIBEIRA YEBRA PIMENTEL

JUAN BAUTISTA QUINTAS RODRIGUEZ

A CORUÑA, veinticinco de Noviembre de dos mil nueve.

En el recurso contencioso-administrativo que, con el número 0008709 /2007, pende de resolución ante esta Sala, interpuesto

por Covadonga, representado por el procurador CARMEN BELO GONZALEZ, dirigido por el letrado JUAN CARLOS CASTRO POMBO, contra ACUERDO DE 12-04-07 SOBRE JUSTIPRECIO DE FINCA NUM001 EXPROPIADA PARA LA OBRA CARRETERA CARBALLO-ORDES, TRAMO CARBALLO-A SILVA, T.M. CARBALLO E CERCEDA. EXPTE. NUM000 . Es parte la Administración demandada XURADO DE EXPROPIACION DE GALICIA, representada por el LETRADO DE LA XUNTA DE GALICIA.

Es ponente el Ilmo/a. Sr/a. D/Dª JULIO CIBEIRA YEBRA PIMENTEL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido a trámite el presente recurso contencioso-administrativo, se practicaron las diligencias oportunas y, recibido el expediente, se dió traslado del mismo a la/s parte/s recurrente/s para deducir la oportuna demanda, lo que se hizo a medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que se estimaron pertinentes, se acabó suplicando que se dictase sentencia declarando no ajustada a derecho la resolución impugnada en este procedimiento.

SEGUNDO

Conferido traslado a la/s parte/s demandada/s, se solicitó la desestimación del recurso, de conformidad con los hechos y fundamentos de derecho consignados en la/s contestación/nes de la demanda.

TERCERO

Habiéndose recibido el asunto a prueba y seguido el trámite de conclusiones, se señaló para la votación y fallo del recurso el día 11 de Noviembre de 2009, fecha en la que tuvo lugar.

CUARTO

En la sustanciación de recurso se han observado las prescripciones legales, siendo la cuantía del mismo determinada en 5.824 euros.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
Primero

La actora, D#ª Covadonga, impugna el Acuerdo del Jurado de Expropiación de Galicia, de fecha 12 de abril de 2007, resolutorio del justiprecio de la finca número NUM001 del expediente, expropiada por la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Transportes para la obra de Acondicionamiento de la carretera Carballo-Órdenes-A9, Tramo Carballo-A Silva, situada entre los términos municipales de Carballo y Cerceda.

Segundo

La controversia se centra exclusivamente en el valor del suelo, pues la actora considera insuficiente la fijación por el Jurado de un valor unitario de tan solo 7,38 euros por metro cuadrado, de los 391 m2 de la finca que fueron expropiados, basando esencialmente su pretensión en el hecho de que, a pesar de la finca estaba clasificada como suelo no urbanizable rústico, estaba situada en una zona muy privilegiada con respecto a sus...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
3 sentencias
  • STSJ Galicia 407/2014, 26 de Marzo de 2014
    • España
    • 26 Marzo 2014
    ...los bienes expropiados, ( SSTS de 7 de Noviembre de 1979, 31 de enero de 1978, 16 de noviembre de 1984 y ss. del TSJ de Galicia de 25 de noviembre de 2009 recurso 8709/2007 entre muchas otras), ha trazado un criterio homogéneo en la determinación del valor del suelo, admitiendo como valorac......
  • STSJ Galicia 409/2014, 26 de Marzo de 2014
    • España
    • 26 Marzo 2014
    ...los bienes expropiados, ( SSTS de 7 de Noviembre de 1979, 31 de enero de 1978, 16 de noviembre de 1984 y ss. del TSJ de Galicia de 25 de noviembre de 2009 recurso 8709/2007 entre muchas otras), ha trazado un criterio homogéneo en la determinación del valor del suelo, admitiendo como valorac......
  • STSJ Galicia 408/2014, 26 de Marzo de 2014
    • España
    • 26 Marzo 2014
    ...los bienes expropiados, ( SSTS de 7 de Noviembre de 1979, 31 de enero de 1978, 16 de noviembre de 1984 y ss. del TSJ de Galicia de 25 de noviembre de 2009 recurso 8709/2007 entre muchas otras), ha trazado un criterio homogéneo en la determinación del valor del suelo, admitiendo como valorac......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR