STSJ Navarra , 4 de Octubre de 2005

PonenteFRANCISCO JAVIER PUEYO CALLEJA
ECLIES:TSJNA:2005:1337
Número de Recurso752/2003
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 4 de Octubre de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

S E N T E N C I A Nº 000909/2005 ILTMOS. SRES.:

PRESIDENTE, D. IGNACIO MERINO ZALBA MAGISTRADOS, D. JUAN ALBERTO FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ D. FRANCISCO JAVIER PUEYO CALLEJA En Pamplona a Cuatro de Octubre de Dos Mil Cinco.

Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra , constituida por los Ilustrísimos Señores Magistrados expresados, los autos del recurso contencioso-administrativo nº752/03 interpuesto contra la Resolución 1664 del TAN de fecha 16 de Abril desestimatoria del recurso de alzada contra desestimación tácita al Ayuntamiento de Galar sobre petición de expediente sancionador y restauración de la legalidad urbanística en la UB-6 de Arlegui, en los que han sido partes como demandantes Dña. Catalina y D. Benjamín representados por el Procurador Sr. Taberna y defendidos por la Abogado Sra. Díaz, y como demandados el Ayuntamiento de la Cendea de Galar representado por el Procurador Sr. Laspiur y la Comunidad Foral de Navarra representada y defendida por el su Asesor Jurídico, venimos en resolver en base a los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso contencioso-administrativo y seguidos los oportunos trámites prevenidos por la Ley de la Jurisdicción, se emplazó a la parte demandante para que formalizase la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimaba de aplicación, terminaba suplicando se dictase sentencia estimatoria de sus pretensiones.

SEGUNDO

El Abogado de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que suplicaba se dictase sentencia desestimatoria por la que se confirmase el acto recurrido.

TERCERO

Por auto que consta en el procedimiento se acordó el recibimiento a prueba del recurso, con el resultado que consta en autos.

CUARTO

Habiendo quedado el recurso pendiente de señalamiento para votación y fallo cuando por turno le correspondiera así se verificó, como obra en autos, teniendo lugar el día 4-10-2005.

Es ponente el Ilmo Sr Magistrado Especialista de lo Contencioso-Administrativo D. FRANCISCO JAVIER PUEYO CALLEJA, quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

A través de este recurso contencioso-administrativo se impugna contra la Resolución 1664 del TAN de fecha 16 de Abril desestimatoria del recurso de alzada contra desestimación tácita al Ayuntamiento de Galar sobre petición de expediente sancionador y restauración de la legalidad urbanística en la UB-6 de Arlegui.

SEGUNDO

En cuanto a la falta de legitimación de D. Benjamín debe ser rechazada ya que la parte demandada articula tal causa de inadmisibilidad en conclusiones siendo así que no cabe procesalmente su articulación en dicha fase. Conforme al artículo 65 LJCA no cabe plantear cuestiones nuevas (no articuladas en demanda o contestación) en fase de conclusiones y esto es lo que hace la codemandada (entre otras STS 17-10-1962, 20-6-1980, 4-3-1985, 12-1-1990 ....); y ello constando como constaba plenamente la identidad de los demandantes desde el comienzo del proceso (ya desde la providencia de incoación) y como plenamente conocía la parte demandada , como no podía...

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