STSJ Cantabria , 22 de Septiembre de 2005

PonenteMARIA JESUS FERNANDEZ GARCIA
ECLIES:TSJCANT:2005:1310
Número de Recurso637/2005
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución22 de Septiembre de 2005
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CANTABRIA SALA SOCIAL SANTANDER SENTENCIA: 00963/2005 Rec. Núm. 637/05 Sec. Sra. Colvée Benlloch.

PRESIDENTE Ilmo. Sr. D. Rubén López Tamés Iglesias MAGISTRADOS Ilma. Sra. Dª. Mercedes Sancha Saiz Ilma. Sra. Dª. Mª Jesús Fernández García EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen ha dictado la siguiente SENTENCIA En Santander, a veintidós de septiembre de dos mil cinco.

En el recurso de suplicación interpuesto por D. Carlos Miguel contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social Núm. Dos de Santander, ha sido Ponente la Ilma. Sra. Dña. Mª Jesús Fernández García, quién expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por D. Carlos Miguel siendo demandados el Instituto Nacional de la Seguridad Social y otro sobre invalidez, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en 5 de abril de 2.005 en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

Que como hechos probados se declararon los siguientes:

  1. - El/la actor/a D. Carlos Miguel , nacido/a el 10 de Agosto de 1939 se encuentra afiliado a la

    Seguridad Social y encuadrado en el Régimen General. Mutualidad de Trabajadores por cuenta ajena, con el n° NUM000 , reuniendo el período de cotización suficiente y siendo su profesión habitual la de Operario Mantenimiento.

  2. - Previa la correspondiente solicitud de fecha 19 de Julio de 2004 la Unidad de Valoración Médica de Incapacidades emitió dictamen el 11 de Agosto de 2004 recayendo en el expediente administrativo Resolución de la Dirección Provincial del INSS de 2 de Septiembre de 2004 en la que se deniega al actor el derecho a ser declarado en situación de invalidez permanente en cualquiera de sus grados.

  3. - La Base Reguladora de la incapacidad permanente total es de 495,88 Euros mensuales, con efectos económicos desde el 13 de Agosto de 2004.

  4. - El actor presenta el siguiente cuadro clínico:

    "Afectación actual: Hernia discal L4-L5 izquierda siendo intervenido quirúrgicamente el 1-3-2004.

    Refiere dolor lumbar y pérdida de fuerza en miembro inferior izquierdo.

    Aparato locomotor: Exploración columna lumbar: limitación flexión un 50%. Lasegue y Bragard negativos bilaterales. Claudicación en puntera pie izquierdo en la marcha. Hipoestesia en dermatoma de raíz L5 y debilidad para la flexión dorsal del pie izquierdo. Fuerza 2/5. Precisa de un apoyo y de ortesis antiequino para la marcha. RM Lumbar: Hernia Discal L4-L5 y canal lumbar estrecho secundario a dicho nivel. RM de control: hematoma en el lecho quirúrgico.

    Sistema nervioso: Varios episodios de accidente isquémico transitorio en Mayo 2003 y septiembre 2003 con los diagnósticos de: trombosis de carótida interna derecha, acva lacunar en corona radial derecha, atrofia cortico-subcortical. Exploración neurológica actual: a excepción de pérdida de fuerza de origen periférico, esto sin signos de focalidad neurológica.

    Deficiencias más significativas: Hernia discal L4-L5 intervenida con secuelas. Otros diagnósticos:

    trombosis de carótida interna derecha. Acva lacunar en corona radial derecha. Atrofia cortico- subcortical.

    HTA diabetes mellitus tipo 11. Nefropatía diabética. Gonartrosis bilateral".

  5. - Ha agotado la vía administrativa previa.

  6. - El actor es pensionista de Jubilación desde el 1 de Septiembre de 2004 reconocida por Resolución del INSS de 5 de Noviembre de 2004 y con efectos ala indicada fecha.

  7. - La parte actora desiste de la petición deducida con carácter subsidiario de ser declarado en situación de Incapacidad Permanente Total.

TERCERO

Que contra dicha sentencia...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • STSJ Cantabria 324/2008, 15 de Abril de 2008
    • España
    • 15 Abril 2008
    ...del enfermo, siendo suficiente con su reducción hasta límites tales que no sea evaluable en términos de efectivo empleo (STSJ de Cantabria de 22-9-2005, rec. 637/05), pretende que el actor acredita dicha situación, cuya prestación es objeto de reiteración en el recurso. Y, en concreto, con ......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR