STSJ Cantabria , 20 de Abril de 2005
Ponente | MARIA DE LAS MERCEDES SANCHA SAIZ |
ECLI | ES:TSJCANT:2005:605 |
Número de Recurso | 164/2005 |
Procedimiento | SOCIAL |
Fecha de Resolución | 20 de Abril de 2005 |
Emisor | Sala de lo Social |
T.S.J.CANTABRIA SALA SOCIAL SANTANDER SENTENCIA: 00439/2005 Rec. Núm. 164/05 Sec. Sra. Colvée Benlloch.
PRESIDENTE Ilmo. Sr. D. Rubén López Tamés Iglesias MAGISTRADOS Ilma. Sra. Doña Mercedes Sancha Saiz Ilma. Sra. Dª. Mª Jesús Fernández García EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen, ha dictado la siguiente SENTENCIA En Santander, a veinte de abril de dos mil cinco.
En el recurso de suplicación interpuesto por la representación de D. Ildefonso , contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social Núm. Dos de Santander, ha sido Ponente la Ilma. Sra. Dª. Mercedes Sancha Saiz, quién expresa el parecer de la Sala.
Que según consta en autos se presentó demanda por D. Ildefonso siendo demandados la Mutua Universal Mugenat y otros, sobre seguridad social, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 19 de noviembre de 2.004 , en los términos que se recogen en su parte dispositiva.
Que como hechos probados se declararon los siguientes:
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- El actor, Ildefonso , afiliado a la Seguridad Social con el nº NUM000 viene prestando sus servicios profesionales para la empresa demandada Fundimotor, S.A., con antigüedad desde el 1-1-1997 y ostentando la categoría profesional de especialista ocupando un puesto en la línea o sección de rebaba.
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- La citada empresa tiene concertada la prestación económica de incapacidad temporal y los riesgos por accidente de trabajo y enfermedad profesional con la Mutua Universal.
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- El actor inició un proceso de Incapacidad temporal derivada de contingencias comunes el 1 de septiembre 2.004 con el diagnóstico de tendinitis del supraespinoso.
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- El trabajador sufrió el 30 de noviembre 2.001 un accidente laboral sin baja médica con el diagnóstico de "distensión de hombro izquierdo". Asimismo el 12 de junio 2.002 el actor sufrió un tirón en el brazo izquierdo por sobreesfuerzo en el trabajo que no precisó tampoco baja médica. Se le realizó una ecografía el 13-6-2002 y el diagnóstico fue rotura de fibras en deltoides izquierdo.
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- A partir de junio 2.002 el actor es tratado de su lesión en el hombro por los Servicios Médicos de la Mutua, y se le realiza durante el curso del tratamiento una RMN en el hombro el 23 de septiembre de 2.002, ecografía en mayo 2.003 y artroscopia el 2 de septiembre 2.003, en la que se diagnostica una lesión tipo I y una acromion tipo III. 6º.- A instancia del trabajador se ha tramitado expediente administrativo de determinación de contingencia y previo dictamen del EVI se ha dictado resolución por la Dirección Provincial del INSS de fecha 24 de marzo 2.004 por la que se confirma el carácter de enfermedad común de la IT iniciada el 1-9-2003.
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- La base reguladora de la IT derivada de accidente de trabajo asciende a 67,81 diarios.
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- Se ha agotado la vía administrativa previa.
Que contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte demandante, siendo impugnado por la parte contraria, pasándose los autos al Ponente para su examen y resolución por la Sala.
ÚNICO.- La sentencia de instancia...
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