STSJ Extremadura , 23 de Febrero de 2005

PonenteWENCESLAO FRANCISCO OLEA GODOY
ECLIES:TSJEXT:2005:305
Número de Recurso1635/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución23 de Febrero de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.EXTREMADURA SALA CON/AD CACERES SENTENCIA: 00168/2005 La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S. M. el Rey ha dictado la siguiente:

SENTENCIA Nº 168 PRESIDENTE : DON WENCESLAO OLEA GODOY.

MAGISTRADOS DOÑA ELENA MENDEZ CANSECO DON MERCENARIO VILLALBA LAVA DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS DOÑA FÁTIMA DE LA CRUZ MERA/

En Cáceres a VEINTITRES de FEBRERO de dos mil cinco.- Visto el recurso contencioso administrativo nº 1635 de 2002, promovido por el/la Procurador/a D/Dª

ANTONIO RONCERO AGUILA, en nombre y representación del recurrente Dª. Rebeca , siendo demandada LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, representada y defendida por el SR. ABOGADO DEL ESTADO; recurso que versa sobre: Resolución de la Confederación Hidrográfica del Guadiana de fecha 29.07.02 recaída en expediente número E.S. 1598/01/BA. por aprovechamiento de pastos.

Cuantía indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.- SEGUNDO.- Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entregó el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso, con imposición de costas a la demandada; dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de costas a la parte actora.- TERCERO.- Recibido el recurso a prueba, se admitieron y practicaron todas las propuestas, obrando en los ramos separados de las partes, declarándose concluso este periodo, se pasó al de conclusiones, donde las partes evacuaron por su orden interesando cada una de ellas se dictara sentencia de conformidad a lo solicitado en el suplico de sus escritos de demanda y de contestación a la misma, señalándose seguidamente día para la votación y fallo del presente recurso, que se llevó a efecto en el fijado.- CUARTO.- En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.- Siendo Ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Magistrado D. WENCESLAO OLEA GODOY.

II.-

FUNDAMENTOS DE DERECHO

S.- PRIMERO.- El acto administrativo que se somete a la consideración de la Sala por la Sra. Rebeca , es la resolución de la Confederación Hidrográfica del Guadiana, de 29 de julio de 2.002 (expediente ES 1.598/01/BA), por la que se le sancionaba con multa de 3.005,6 , y la obligación de indemnizar al Organismo de Cuenca en la cantidad de 1.803,04 , por los daños y perjuicios ocasionados al dominio público hidráulico, así como suspender el aprovechamiento ganadero de terrenos de esa naturaleza, todo ello como consecuencia de una infracción menos graves contra el referido dominio público. Se suplica en la demanda que se anule el mencionado acto y se deje sin efectos la sanción impuesta y la responsabilidad civil exigida. Se opone a tales pretensiones el Sr. Abogado del Estado que considera la resolución ajustada a Derecho, suplicando su confirmación con la desestimación del recurso.

SEGUNDO

Para un adecuado tratamiento de las cuestiones...

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