STSJ Castilla-La Mancha , 28 de Abril de 2005

PonenteJOSE RAMON SOLIS GARCIA DEL POZO
ECLIES:TSJCLM:2005:1034
Número de Recurso1794/2004
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución28 de Abril de 2005
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CAST.LA MANCHA SALA SOCIAL ALBACETE SENTENCIA: 00594/2005 Recurso nº: 1.794/04 Ponente : Sr. José Ramón Solís García del Pozo Fallo : 21/04/05 Iltmo. Sr. D. Pedro Librán Sainz de Baranda Presidente Iltmo. Sr. D. José Montiel González Iltma. Sra. Dª. Petra García Márquez Iltmo. Sr. D. José Ramón Solís García del Pozo

En Albacete, a veintiocho de Abril de dos mil cinco.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados citados al margen, y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A Nº 594 En el Recurso de Suplicación nº. 1794/04, interpuesto por la representación de Dª María del Pilar , contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº. 1 de Guadalajara, en autos nº. 912/03 , siendo recurridos el INSS y la TGSS. Ha actuado como Ponente el Iltmo. Sr. D. José Ramón Solís García del Pozo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que, por el Juzgado de lo Social nº. 1 de Guadalajara, se dictó Sentencia con fecha 19 de mayo de 2.004 , cuya parte dispositiva establece:

"

FALLO

Desestimo la demanda de doña María del Pilar , en reclamación de declaración de la situación de incapacidad permanente absoluta o, en su defecto, total, siendo demandados INSS y TGSS, a los que absuelvo de las pretensiones formuladas en la demanda.

SEGUNDO

Que, en dicha Sentencia, y como Hechos Probados, se establecen los siguientes:

"Primero.- La demandante doña María del Pilar , nacida en 27-9-1954 (folio 51), incluida en el RETA, es agente comercial, y en su ejercicio debe utilizar su vehículo para los desplazamientos con motivo de girar visitas a los clientes. La base reguladora de la prestación que solicita es la cantidad de 2.191'06 mensuales (folio 39). En resolución del INSS de 9-6-2003 se denegó a la demandante la declaración de existencia de ningún grado de incapacidad permanente por estimarse que las lesiones no tienen entidad suficiente para ello (folio 22, 37). Ha sido declarada con un grado de minusvalía del 65% (folio 28 y doc 5 de dte). Consta la demandante en alta el 1-4-2003 en el RETA (doc 2 de INSS). En el ejercicio de 2003 y en el de 2004, la demandante ha declarado como ingresos por IRPF, en enero de 2004, y en 16-4-2004, pago fraccionado, igual a 0,00 (doc 7 de dte).

Segundo

La demandante padece, según informe del EVI de 6-6-2003, cambios postquirúrgicos en L5-S1, fibromialgia, trastorno de la personalidad, trastorno adaptativo. Ello se estima le limita para esfuerzos físicos y carga de pesos importantes (folio 23), de conformidad con el informe de valoración médica de 6-6-2003 (folios 43 a 45).

Tercero

Ha sido intervenida quirúrgicamente de hernia discal L5-S1 que ha desarrollado fibrosis postquirúrgica con lesión neurológica L5-S1, espondiloartrosis cervical C5-C6, y lumbar L5-S1, gonartrosis bilateral más acusada en rodilla derecha, fibromialgia con 16 puntos gatillo, sobre 18, que le afecta con dolores musculares y en piernas y columna, trastorno ansioso-depresivo reactivo, hernia de hiato e intervenida de ambos meniscos en rodilla derecha. Estas lesiones le producen dolor y limitación de movilidad a nivel de columna cervical y lumbar, dolor en ambas rodillas, cojera, dolores musculares generalizados que van migrando por las articulaciones, astenia, cirsis de ansiedad recurrentes, animo triste y desmotivado, déficit de concentración y pérdida de memoria, y cambios de carácter frecuentes, inestabilidad emocional. Está limitada para bipedestación: no más de 15 minutos, de manera que después tiene que cambiar a la otra pierna, lo que llevará a sedestación, limitada para sedestación y marcha prolongada, tareas que requieran concentración y toma de decisiones, carga de pesos, atención al publico, requiere periodos de descanso a lo largo del día, la medicación que toma le produce obnubilación y somnoliencia, interfiriendo en sus capacidades intelectivas.

Cuarto

Se ha formulado la reclamación previa el día 16-7-2003. La parte actora...

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