SAP Madrid 157/2006, 21 de Marzo de 2006

PonenteFRANCISCO RAMON MOYA HURTADO DE MENDOZA
ECLIES:APM:2006:3232
Número de Recurso325/2005
Número de Resolución157/2006
Fecha de Resolución21 de Marzo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 25ª

FRANCISCO RAMON MOYA HURTADO DE MENDOZAJOSE MARIA GUGLIERI VAZQUEZANGEL LUIS SOBRINO BLANCO

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 25

MADRID

SENTENCIA: 00157/2006

Fecha: 21/03/2006

Rollo: RECURSO DE APELACIÓN 325/2005

Ponente: ILMO. SR. D. FRANCISCO MOYA HURTADO

Apelantes: Dª. María Consuelo y D. Alvaro

PROCURADOR: Dª. MARÍA DEL CARMEN HONDARZA UGEDO

Apelada: ÁREAS CONSTRUCCIÓN Y PROMOCIÓN LEVEL S.L

PROCURADOR: D. JORGE DELEITO GARCÍA

Autos: JUICIO VERBAL N. 19/2004

Procedencia: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N. 58 DE MADRID

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. FRANCISCO MOYA HURTADO

D. JOSÉ MARÍA GUGLIERI VÁZQUEZ

D. ÁNGEL LUIS SOBRINO BLANCO

En MADRID, a veintiuno de marzo de dos mil seis.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 25 de la Audiencia Provincial de MADRID, los Autos de JUICIO VERBAL N. 19/2004, procedentes del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N. 58 DE MADRID , a los que ha correspondido el Rollo 325/2005, en los que aparece como parte apelante: Dª. María Consuelo y D. Alvaro, representados por la Procuradora Dª. MARÍA DEL CARMEN HONDARZA UGEDO, y como apelada: ÁREAS CONSTRUCCIÓN Y PROMOCIÓN LEVEL S.L representada por el Procurador D. JORGE DELEITO GARCÍA, sobre reclamación de cantidad y siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. FRANCISCO MOYA HURTADO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que los autos originales núm. 19/2004, procedentes del Juzgado de Primera Instancia Núm. 58 de los de Madrid , fueron remitidos a esta Sección Vigesimoquinta de la Audiencia Provincial de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en las Normas de Reparto aprobadas por la Sala de Gobierno del Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

SEGUNDO

Que por el Ilmo. Sr. D. Ricardo-Gonzalo Conde Díez, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. 58 de Madrid, se dictó sentencia con fecha 14 de Julio de 2004 , cuya PARTE DISPOSITIVA dice así: FALLO.- "Que desestimando íntegramente el escrito inicial de demanda presentado por DON Alvaro y por DOÑA María Consuelo debo absolver y absuelvo a CONTRUCTORA LEVEL, S.L. de cuantas peticiones se hubiesen formulado en su contra, con imposición de costas a la parte demandante."

TERCERO

Que contra dicha Sentencia se preparó e interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación de la parte demandante, la Procuradora Sra. Dª. María del Carmen Hondarza Ugedo, dándole traslado del mismo a la parte demandada, quien presentó en tiempo y forma escrito de oposición al recurso entablado; remitiéndose los autos a esta Sección Vigesimoquinta, se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día 1 de Marzo del año en curso.

CUARTO

Que en la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la demandante en la instancia se ejercitó acción en reclamación de cantidad, en devolución del pago realizado de los gastos de cancelación de la hipoteca constituida por la constructora demandada, para la construcción de la vivienda comprada por los actores, por entender nulas las cláusulas contractuales que así lo establecían, en oposición a la LGDCU y a la LCGC, solicitando la devolución de dichas cantidades así como los daños y perjuicios derivados del pago indebidamente realizado.

La demanda así ejercitada fue desestimada íntegramente por la sentencia dictada en la instancia, mostrando disconformidad contra la misma las demandantes en base a los siguientes motivos de impugnación; vulneración del artículo 1255 del Código Civil y de la Ley 7/1998 , sobre Condiciones Generales de la Contratación; infracción de la Disposición Adicional 1ª de la LGDCU .

SEGUNDO

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