STSJ Cantabria 1110/2006, 29 de Noviembre de 2006
Ponente | MARIA JESUS FERNANDEZ GARCIA |
ECLI | ES:TSJCANT:2006:1592 |
Número de Recurso | 1001/2006 |
Número de Resolución | 1110/2006 |
Fecha de Resolución | 29 de Noviembre de 2006 |
Emisor | Sala de lo Social |
SENTENCIA
En Santander a veintinueve de noviembre de dos mil seis.
En el recurso de suplicación interpuesto por D. Juan Ramón contra sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº cinco de Santander, ha sido Ponente la Iltma. Sra. Dª. Mª Jesús Fernández García, quién expresa el parecer de la Sala.
Que según consta en autos se presentó demanda por D. Juan Ramón , sobre Seguridad Social, siendo demandados el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 20 de julio de 2006 , en los términos que se recogen en su parte dispositiva.
Que como hechos probados se declararon los siguientes:
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- D. Juan Ramón (D.N.I. nº NUM000 ), nacido el día 7-8-50, se encuentra afiliado en el RégimenGeneral de la Seguridad Social, siendo su profesión habitual la de Electricista de automóviles.
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- Instada la vía administrativa ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social en solicitud de incapacidad permanente total, se dictó resolución de fecha 9-1-06, donde reconociendo las secuelas "Síndrome subacromial de hombro derecho, con dolor e impotencia funcional, cervicoartrosis, estenosis del canal raquídeo cervical, hernia discal en 1.988, osteomielitis de miembro inferior izquierdo antigua. Mareos posturales.", denegaba la prestación de incapacidad permanente solicitada por no alcanzar las lesiones que padece, un grado suficiente de disminución en la capacidad laboral para ser constitutivas de una incapacidad permanente.
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- Presentada la correspondiente reclamación previa, se dictó resolución en fecha 2-3-06 por la que se denegaba el reconocimiento de incapacidad permanente solicitada, ya que "el cuadro patológico apreciado no presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, susceptibles de determinación objetiva y previa".
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- Las secuelas que padece la parte actora son:
- SÍNDROME SUBACROMIAL DEL HOMBRO DERECHO CON MOVILIDAD AL 50%.
- CERVICOARTROSIS
- HERNIA C6-C7
- DISCOARTROSIS LUMBAR
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- La base reguladora para la invalidez permanente total es de 1.131,78 #/ mes, siendo la fecha a partir de la cual desplegaría efectos económicos el día de cese en la actividad. (No controvertido)
Que contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte demandante, siendo impugnado por la parte contraria, pasándose los autos a Ponente para su examen y resolución por la Sala.
ÚNICO.- La sentencia de instancia desestima la demanda planteada por el actor, en reclamación de la situación de incapacidad permanente total para su profesión habitual de electricista de automóviles por cuenta ajena, derivada de enfermedad común, al no tener la limitación funcional que acredita, relevancia significativa al empleo ejercitado. Ante esta resolución, interpone recurso de suplicación la representación letrada del trabajador, al amparo de la letra c) del artículo 191 de la Ley de Procedimiento Laboral , interesando la revisión del derecho aplicado en la instancia, denunciando infracción de lo dispuesto...
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STSJ Cantabria 471/2007, 18 de Mayo de 2007
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