STSJ Castilla y León 1002/2006, 19 de Junio de 2006

PonenteRAFAEL ANTONIO LOPEZ PARADA
ECLIES:TSJCL:2006:6685
Número de Recurso1002/2006
Número de Resolución1002/2006
Fecha de Resolución19 de Junio de 2006
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de suplicación Número 1002 de 2006 interpuesto por MUTUA ASEPEYO, contra la sentencia del Juzgado de lo Social de Salamanca Número Dos de fecha 20 de febrero de 2006, (autos nº1030/05), dictada a virtud de demanda promovida por Carlos Alberto , contra la demandada y recurrente, y contra EL INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, LA TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, Y Bernardo sobre IMPUGNACION ALTA MEDICA, ha sido Ponente el Ilmo. Sr. D. Rafael Antonio López Parada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 20 de diciembre de 2005 se presentó en el Juzgado de lo Social de Salamanca Número Dos, demanda formulada por la parte actora en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el juicio se dictó sentencia en los términos señalados en su parte dispositiva.

SEGUNDO

En referida sentencia y como hechos probados constan los siguientes:"

PRIMERO

El demandante D. Carlos Alberto con NIE n° NUM000 , nacido el 6 de mayo de 1970, figura afiliado a la Seguridad Social en su Régimen General con n° NUM001 prestó servicios para la empresa Jesús Montero Giro, dedicada a la actividad de comercio de muebles, desde el 16- 8- 04 a 15-3-05 como montador concategoría profesional de profesional de oficio.

SEGUNDO

La empresa Jesús Montero Giro tiene asegurada la incapacidad temporal por contingencias comunes y profesionales con Asepeyo MATEPSS n° 151.

TERCERO

Con fecha 7-9-04 el actor acudió al servicio de la Mutua Asepeyo por sobreesfuerzo físico sobre el sistema músculo esquelético que afectaba a la espalda (incluida la columna y las vértebras de la espalda) siendo considerado apto para reanudar su trabajo

CUARTO

El actor ha acudido al servicio de urgencias del Hospital Universitario de Salamanca los días 9-9-04 refiriendo dolor lumbar al levantar peso y el día de hoy pinchazo en la zona de glúteo derecho, apreciándose a la exploración dolor lumbar con los movimientos sin inflamación en la zona, Lasegue negativo y marcha normal siendo diagnosticado de lumbalgia aguda y tratamiento con reposo relativo 48h, ejercicio de rehabilitación, calor local, masajes y fármacos y el 13 de septiembre refiriendo dolor a nivel lumbar con irradiación a glúteo derecho apreciándose a la exploración movilidad conservada y dificultad para caminar de puntillas, dolor a la palpación a nivel lumbar y glúteo derecho, las segué y bradgard (+) derecho prescribiéndose reposo, calor y fármacos.

QUINTO

El 15-9-04 el actor acude a Mutua Asepeyo aportando las dos asistencias de urgencias apreciándose por la Dra. Marí Luz contractura dorsal y paravertebral con' irradiación a nalga derecha pero sin alteraciones de reflejos osteotendinosos, emitiéndose parte de baja médica iniciando un proceso de incapacidad temporal por accidente de trabajo que se indica ocurrido el 4-9- 04 con diagnóstico de contractura dorso lumbar derecha causando alta el 28-9-04 por curación.

El 3-3-05 inicia proceso de IT por recaída en el accidente de trabajo tras acudir de nuevo a la mutua refiriendo dolor en el glúteo derecho a punta que no cede presentando a la exploración dolor a punta de dedo a nivel de raíz sacro ciática y en recorrido posterior hasta hueco popliteo, causando alta el 14-3-05 por curación.

SEXTO

Al día siguiente 15-3-05 el actor fue dado de baja médica por contingencias comunes por el médico de la Sanidad Pública con diagnóstico de hernia discal. En relación con este periodo de IT se inició por el INSS expediente de determinación de contingencia en el que por resolución de 28- 9-05(salida 3 de octubre) el Director Provincial del INSS declaró el carácter profesional y la responsabilidad de Asepeyo que procedió a emitir el parte de alta médica el 27- 10-05 por curación.

Contra la resolución citada mutua Asepeyo interpuso reclamación previa que fue desestimada por resolución de 28- 11-05(salida 30 de noviembre), presentando posterior demanda que ha dado lugar a los autos n° 20/05 de este mismo Juzgado.

SEPTIMO

En RM de columna lumbar practicada el 10-3-05 se concluye que el actor presenta pérdida de altura y señal del disco L-V/S-1 con voluminosa hernia extruida postero-lateral derecha que ocupa receso lateral, impronta y desplaza la salida radicular S-1 derecha. Pequeña protusión...

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