SAP Las Palmas 91/2008, 25 de Febrero de 2008
Ponente | VICTOR CABA VILLAREJO |
ECLI | ES:APGC:2008:1403 |
Número de Recurso | 457/2007 |
Número de Resolución | 91/2008 |
Fecha de Resolución | 25 de Febrero de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Las Palmas, Sección 4ª |
SENTENCIA
Iltmos Sres:
Presidente:
Don Víctor Caba Villarejo.
Doña Emma Galcerán Solsona.
Don Víctor Manuel Martín Calvo.
En Las Palmas de G. C., a 25 de febrero de 2008.
Vistas por la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial, las actuaciones de que dimana el
presente rollo, en virtud del recurso
de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de
San Bartolomé de Tirajana en
los autos referenciados, seguidos a instancia de D. Jose Pablo , parte apelada,
representado por el Procurador
D. Manuel de León Corujo y dirigido por el Letrado D. Carmelo López Cabrera contra Dª. Marisol , parte
apelante, representada en esta alzada por el Procuradora D. Bernardo Rodríguez Cabrera y dirigida
por el Letrado D. Vicente
Araña Rodríguez, siendo ponente el Magistrado Don Víctor Caba Villarejo, quien expresa el parecer
de la Sala.
Por el Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de San Bartolomé de Tirajana se dictó sentencia en los referidos autos de fecha 5 de diciembre de 2006, que declara terminado el juicio verbal seguido a instancia de D. Jose Pablo contra Dª. Marisol , por el allanamiento de ésta a las pretensiones del actor, debiendo la Sra. Marisol pagar las costas causadas en este proceso.
Contra la expresada resolución se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de la parte demandada y del que se dio traslado a la parte actora oponiéndose al mismo en tiempoy forma, acordándose tras su traslado a la contraparte la remisión de los autos a este Tribunal y recibidos los autos en esta Sección 4ª de la Audiencia Provincial, se formó el presente rollo de apelación, y no habiéndose propuesto prueba en esta alzada ni estimándose necesaria la celebración de vista quedaron los autos señalados para deliberación, votación y fallo.
Tiene razón la parte apelante en cuanto en el caso de autos la demandada instó la terminación del proceso por satisfacción extraprocesal o carencia sobrevenida de objeto, pues persiguiendo la acción interdictal formulada por el actor D. Jose Pablo la retirada del vallado y los tubos referidos en la demanda, y "sin que ello implique reconocimiento ni anuencia de hecho ni de derecho alguno, ni de la situación jurídica aducida por la parte actora en su demanda...." y con único deseo de recobrar la paz entre ambas partes", se procedió por la recurrente a dar las ordenes necesarias para ejecutar la retirada del vallado y de los tubos que interrumpían el camino litigioso, reestableciendo el status quo fáctico existente e interesando se dictara auto tras los trámites del art. 22 LEC dando lugar a la terminación del proceso por carencia sobrevenida de objeto.
Por providencia de 29 de noviembre de 2006 se dio traslado a la parte demandante del referido escrito de la demandada celebrándose sin embargo la vista oral del juicio verbal al día siguiente 30 de noviembre de 2006, entendiendo la parte actora sobre dicho extremo que lo planteado por la demandada era un allanamiento parcial de la demanda dictándose la sentencia apelada, que considera la cuestión suscitada como un allanamiento a la demanda porque la conducta satisfactiva de la demandada se realizó con posterioridad a la demanda y citación a juicio de ésta, y procede a su condena al pago de las costas procesales.
Más entiende esta Sala que no se trataba propiamente de un allanamiento a la demanda, que es un acto en virtud del cual el demandado muestra su conformidad con la petición contenida en demanda, con la pretensión del actor en base a los hechos y fundamentos de derechos de su demanda, y...
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