STSJ Aragón 254/2008, 31 de Marzo de 2008

PonenteCARLOS BERMUDEZ RODRIGUEZ
ECLIES:TSJAR:2008:337
Número de Recurso220/2008
Número de Resolución254/2008
Fecha de Resolución31 de Marzo de 2008
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de suplicación núm. 220 de 2008 (autos núm. 662/2007), interpuesto por la parte demandante D. Rogelio , siendo demandado INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 2 de Zaragoza, de fecha 12 de diciembre de 2007, sobre incapacidad permanente total. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. CARLOS BERMÚDEZ RODRÍGUEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por D. Rogelio contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL sobre incapacidad permanente total, y en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de lo Social número 2 de Zaragoza, de fecha 12 de diciembre de 2007 , cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

"Que desestimando como desestimo la demanda interpuesta por D. Rogelio contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, debo de absolver y absuelvo al demandado de los pedimentos de la demanda".

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los del siguiente tenor literal:

"1º.- El actor D. Rogelio nació el 14-1-84 y está afiliado al Régimen de la Seguridad Social, siendo su profesión habitual la de albañil

  1. - Causó baja médica con fecha 2-11-2005 pasando a situación de incapacidad temporal. Iniciado expediente de invalidez fue emitido dictamen por el EVI con fecha 28-5-2007, dictándose por el INSS resolución desestimatoria con fecha 12-6-07, entre otros motivos por no reunir el periodo mínimo de cotización exigible. Interpuesta reclamación previa fue desestimada quedando agotada la vía previa administrativa.

    El actor para el supuesto de enfermedad común no reúne la carencia necesaria de 1.275 días, teniendo acreditados por todos los conceptos un total de 1261 días.

  2. - El actor padece las siguientes lesiones: en 29-3-2003 sufrió accidente de tráfico con fractura de FI del 3° dedo pie derecho más policontusiones. El 21-4-2004 tras traumatismo jugando al fútbol presentó clínica en abductores muslo izquierdo, siendo diagnosticado de osteopatía dinámica de pubis. El 11-8-2004 sufrió traumatismo en la mano derecha siendo diagnosticado de fractura con mínimo arrancamiento en base de 1° metacarpiano. El actor presenta un dolor generalizado y difuso de más de tres meses de duración, siendo 13 puntos positivos de los 18 posibles para el diagnostico de Fibromialgia acompañada de cansancio o astenia, con ausencia total de signos objetivos en análisis de sangre, radiografías. TAC craneales y cervicales, RNM y gammagrafías óseas, salvo una contractura cervical, una leve escoliosis dorso-lumbar y un déficit de ácido fólico atribuido a sus frecuentes vómitos y mala alimentación. Cefalea tensional crónica. Trastorno mixto ansioso depresivo, trastorno por somatización, con antecedentes personales en la infancia.

  3. - La base reguladora en el supuesto de accidente no laboral asciende a 720,74 euros mensuales. Para el supuesto de enfermedad común a 539,29 euros".

TERCERO
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