STSJ Galicia , 20 de Abril de 2007
Ponente | JOSE MANUEL MARIÑO COTELO |
ECLI | ES:TSJGAL:2007:1039 |
Número de Recurso | 3760/2006 |
Procedimiento | SOCIAL |
Fecha de Resolución | 20 de Abril de 2007 |
Emisor | Sala de lo Social |
SENTENCIA
En el recurso de Suplicación núm. 3760-2006 interpuesto por D. Carlos María contra la sentencia del Juzgado
Que según consta en autos se presentó demanda por D. Carlos María en reclamación de REVISIÓN DE INCAPACIDAD siendo demandado INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL en su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 859-2005 sentencia con fecha 31 de marzo de 2006 por el Juzgado de referencia que desestimó la demanda.
Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:
"Primero.- D. Carlos María , con D.N.I. número NUM000 , está afiliado a la Seguridad Social con el número NUM001 del Régimen General./Segundo.- El actor es perceptor de una prestación de Incapacidad Permanente Total, derivada de enfermedad común, según sentencia de este Juzgado de 16.3.2000 , por padecer el siguiente cuadro residual: "Infarto antiguo de miocardio inferior. Claudicación intermitente de extremidades inferiores. Angina de pecho de esfuerzo esporádica."./Tercero.- Iniciada la vía administrativa, la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social, en resolución de 8.9.2005, acordó no revisar el grado de IPT reconocido. Interpuesta reclamación previa el 21.10.2005, fue desestimada por resolución de 18.11.2005./Cuarto.-La base reguladora es la de 914,56 euros, y la fecha de efectos el 9 de septiembre de 2005./Quinto.- D. Carlos María presenta un cuadro clínico residual de antecedente de cardiopatía isquémica, revisiones periódicas en cardiología, claudicación intermitente mm.ii., controlada enc. vascular."
Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:
"FALLO: Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por DON Carlos María contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, absolviéndoseles de sus pretensiones."
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandante no siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el paso de los mismos al Ponente.
Se alza en suplicación el demandante, Carlos María , contra la sentencia que desestimó su pretensión sobre incapacidad permanente absoluta, por revisión del grado de total, para su profesión habitual de mecánico, integrado en el Régimen General de la Seguridad Social, derivada de la contingencia de enfermedad común, que le fue concedida por resolución judicial en 16.3.2000, por padecer entonces: "Infarto antiguo de miocardio inferior. Claudicación intermitente de extremidades inferiores. Angina de pecho de esfuerzo esporádica",...
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