Modelos sobre Prueba
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Proposición de prueba
El recibimiento del proceso a prueba se hará, con carácter general, por medio de otrosí, en los escritos de demanda y contestación y en los de alegaciones complementarias. En dichos escritos deberán expresarse en forma ordenada los puntos de hecho sobre los que haya de versar la prueba.
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Proposición de la prueba
Evacuado el trámite de alegaciones o transcurrido el plazo para efectuarlas, el órgano jurisdiccional decidirá en el siguiente día sobre el recibimiento a prueba, con arreglo a las normas generales. El período probatorio no será en ningún caso superior a veinte días comunes para su proposición y práctica.
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Propuesta de recibimiento del proceso a prueba derivado de la contestación a la demanda
Si de la contestación a la demanda resultaran nuevos hechos de trascendencia para la resolución del pleito, el recurrente podrá pedir el recibimiento a prueba dentro de los cinco días siguientes a aquel en que se haya dado traslado de la misma, sin perjuicio de que el demandante pueda aportar, además, los documentos que tengan por objeto desvirtuar alegaciones contenidas en las contestaciones a...
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Otrosí a incluir en el escrito de conclusiones solicitando la práctica de alguna diligencia de prueba no practicada en el momento procesal adecuado
Finalizado el período de prueba, y hasta que el pleito sea declarado concluso para sentencia, el órgano jurisdiccional podrá también acordar la práctica de cualquier diligencia de prueba que estimare necesaria.
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Escrito de alegaciones sobre extensión de la prueba pericial practicada en un proceso a otro distinto
El Juez podrá acordar de oficio, previa audiencia a las partes, o bien a instancia de las mismas la extensión de los efectos de las pruebas periciales a los procedimientos conexos.
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Alegaciones sobre el resultado de la prueba
Si las partes carecieran de oportunidad para alegar sobre la prueba practicada de oficio en la vista o en el escrito de conclusiones, el Letrado de la Administración de Justicia pondrá de manifiesto el resultado de la prueba a las partes, las cuales podrán, en el plazo de cinco días, alegar cuanto estimen conveniente acerca de su alcance e importancia.