Sentencias sobre Fondo especial del INSS

20 sentencias sobre Sentencias sobre Fondo especial del INSS

  • STS, 18 de Febrero de 2013

    La responsabilidad del pago de una pensión de invalidez permanente total derivada de enfermedad profesional corresponde a quien asegurase la contingencia en la fecha de la enfermedad, es decir al INSS.

  • STS, 19 de Marzo de 2013

    La responsabilidad en el pago de subsidio por incapacidad temporal derivado de enfermedad común de la trabajadora, corresponde al INSS y no a la empresa, en virtud de que su incumplimiento consistente en la falta de ingreso de la cotización de un mes, es atribuible a su crisis económica que desemboca en la declaración de concurso de acreedores.

  • STS 87/2017, 1 de Febrero de 2017

    PRESTACIÓN POR MUERTE. ENFERMEDAD PROFESIONAL. Resulta extemporánea la reclamación de la Mutua demandante. Incumbe por lo tanto la responsabilidad del pago a la Mutua que lo asumió inicialmente dejando firme la resolución administrativa. Se estima el recurso de casación.

  • STS, 7 de Marzo de 2000

    "DERECHO AL RESCATE DE CAPITAL POR FALLECIMIENTO. El recurrente invoca como contradictoria la STS/IV 28-IV-1997, que al igual que la recurrida contempla un supuesto de un mutualista de la Mutualidad de la Previsión que, publicado el Reglamento de 1971, optó por conservar los derechos regulados en el art. 62 del Reglamento precedente y, una vez obtenida la jubilación y reuniendo los requisitos...

  • STS, 24 de Enero de 2000

    Prestaciones de muerte. Recurso de casación para la unificación de doctrina. Rescate. Capital seguro de vida

  • STSJ Asturias , 14 de Febrero de 2003

    RECURSO DE SUPLICACIÓN. DERECCHO. SEGURIDAD SOCIAL. IRRENUNCIABILIDAD. Los derechos de la Seguridad Social son irrenunciables. Se estima el recurso.

  • STSJ Galicia , 5 de Mayo de 2001

    RECLAMACION DE RESCATE DE CAPITAL. REQUISITOS. Se trata de fijar el hecho causante de la prestación, y si en ese momento se cumplían los requisitos: haber pasado a la situación de jubilación y tener cumplidos los 65 años, mediando previamente la solicitud de rescate con antelación mínima de cinco años, con la consiguiente demora por el mismo plazo si la misma se hubiera efectuado con una...

  • STSJ Andalucía , 9 de Marzo de 2001

    MUERTE DE TRABAJADOR. RESCATE DE CAPITAL DE JUBILACIÓN. Conforme la Disposición transitoria cuarta del Reglamento de la Mutualidad los afiliados a la Mutualidad de la Previsión podrán optar en el plazo de un año, entre los derechos que se reconocen o entre los establecidos en igual artículo del Reglamento de 1953. Así, el reglamento establecía el rescate íntegro del capital por fallecimiento....

  • STSJ Aragón , 6 de Marzo de 2000

    RESCATE DEL 50% DEL CAPITAL DEL FALLECIDO. Ciertamente habría de ser la Entidad Gestora de la Seguridad Social quien estaría obligada al pago si la prestación devengada corriera a cargo de la citada Mutualidad, conforme a lo establecido en el citado R. Decreto 480/93, pero precisamente la litis existe porque el INSS defiende la no responsabilidad de aquella y, en su lugar, la de los Ayuntamientos,

  • STSJ Andalucía 1836/2000, 30 de Octubre de 2000

    FALLECIMIENTO DE JUBILADO VOLUNTARIO. SOLICITUD DE RESCATE DEL 50% DEL VALOR ACTUAL DEL CAPITAL POR FALLECIMIENTO. FONDO DE RESCATE. Se reclama contra sentencia desestimatoria de demanda. La reclamación y reconocimiento jurisdiccional al mutualista del 50% del capital por fallecimiento, en un momento en que no se cumplían los requisitos para la prestación del 100%, cierra lógicamente la...

  • STSJ Castilla-La Mancha , 7 de Febrero de 2001

    Jubilación. Derecho al rescate del capital por fallecimiento. Seguridad social. Opción en el plazo

  • STSJ Galicia , 3 de Febrero de 2001

    RESCATE DEL 100% DE CAPITAL POR FALLECIMIENTO. No cabe aplicar coeficientes reductores cuando se ejercita el derecho al rescate del 100% del capital, y si tan solo para el calculo del rescate del 50%, ya que el valor de la prestación referido a la opción ejercitada por aplicación del reglamento de 1953 no puede verse afectada por los referidos coeficientes reductores cuyo ámbito de aplicación...

  • STSJ Andalucía , 3 de Noviembre de 2000

    RESCATE POR FALLECIMIENTO. PORCENTAJE. OPCIÓN: Aunque el rescate del 100% del capital por fallecimiento sea una prestación garantizada por el Real Decreto, dicha prestación sólo está garantizada para aquellos mutualistas que hicieron uso de la opción prevista al objeto de acogerse al Reglamento de 1953. En primera instancia se desestima la demanda. Se desestima la suplicación.

  • STSJ Andalucía , 19 de Enero de 2001

    JUBILACIÓN POR INVALIDEZ. RESCATE DE CAPITAL. Al efectuar la designación de beneficiarios que era posible únicamente en el Reglamento, careciendo de la posibilidad eventual del rescate del 100 % del valor actual del capital por fallecimiento, y por aplicación del Reglamento, así como las Disposiciones Transitorias, en las que se limitaba el derecho al rescate a aquellos que fueron mutualistas con

  • STSJ Aragón , 21 de Febrero de 2000

    RESCATE DEL 100% DEL CAPITAL POR FALLECIMIENTO. Porque el criterio que aquellas resoluciones del Tribunal Supremo sientan es el de que para tener derecho a percibir el rescate de capital por fallecimiento por valor del 100% de la prestación que dispuso el artículo 62 del Reglamento de 1953 , resulta de todo punto necesario que el interesado, dentro del plazo de un año contando a partir de la...

  • STSJ Galicia , 1 de Junio de 2001

    "RESCATE DE CAPITAL POR FALLECIMIENTO. Ciertamente, lucrar la prestación aquí reclamada exigía haber ejercitado la opción a que se refería la Disposición Transitoria 4 del Reglamento de la Mutualidad de 30 de julio de 1971, sin que, como puntualiza la sentencia de 7 de junio de 1996 (Rec. 3255/1995), debido a no haberse publicado este Reglamento en el BOE, pueda establecerse plazo que determine...

  • STSJ Galicia , 17 de Diciembre de 2001

    RESCATE DE CAPITAL. La actora, pensionista de jubilación había solicitado del INSS, como el rescate del capital por fallecimiento, recayendo resolución en la que se reconocía a la actora el rescate del 100 por 100. Disconforme con la reducción aplicada formula demanda para que se le reconozca el derecho a la diferencia entre el capital reconocido y el total importe del capital, condenando al...

  • STSJ Andalucía , 22 de Septiembre de 2000

    PENSIÓN POR FALLECIMIENTO. RESCATE DEL 100% DEL CAPITAL. Aunque el rescate del 100% del capital por fallecimiento sea una prestación garantizada por el Real Decreto 126/88, de 22 de Febrero, de acuerdo con la Disposición Transitoria Décima del Reglamento de 1981 de la Mutualidad de la Previsión, dicha prestación sólo está garantizada para aquellos mutualistas que hicieron uso de la opción...

  • STSJ Asturias , 14 de Febrero de 2003

    RECURSO DE SUPLICACIÓN. DISCRIMINACIÓN. IGUALDAD. Para saber si existe discriminación debe constatarse previamente la existencia de dos situaciones de idéntico contenido material. Se desestima el recurso.

  • STSJ Andalucía , 15 de Septiembre de 2000

    PRESTACIONES SOCIALES. RESCATE. El artículo 62 del Reglamento de 1953 otorga la posibilidad de rescate del 100% del capital por fallecimiento, condicionando esa facultad a que el mutualista hubiera cumplido setenta años, a que no viviera su cónyuge o que viviendo mostrara su conformidad y a la inexistencia de ascendientes o descendientes que dependieran económicamente del mutualista. En primera...

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