Sentencias sobre Expropiación por obras publicas

88 sentencias sobre Sentencias sobre Expropiación por obras publicas

  • STS, 8 de Julio de 2008

    EXPROPIACIÓN. CONSTRUCCIÓN DE SISTEMAS GENERALES. La aplicación de la doctrina jurisprudencial sobre expropiación de terrenos para la construcción de sistemas generales lleva a valorar el terreno como suelo urbano, si reúne los requisitos necesarios para ser considerado como tal según las normas urbanísticas, o suelo urbanizable programado (o clasificación equivalente de la Ley 6/98 ) en los...

  • STS, 30 de Enero de 2004

    Contra Acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 12 de enero de 2001, por el que se declara la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el Expediente de Expropiación como consecuencia de las obras de AENA del Proyecto "Aeropuerto de Barcelona- El Prat". 1ª fase de expropiación de terrenos para el desarrollo del Plan Director", en los términos municipales de SAN BOI DE LLOBREGAT,...

  • STS, 6 de Julio de 2005

    "EXPROPIACIÓN. El sistema general de comunicaciones es materia específica de los Planes de urbanismo y estos lo tienen que recoger en sus determinaciones. Cuando el Plan General de Madrid lo hace, está cumpliendo un mandato que es una constante en nuestra legislación urbanística; en cambio, cuando el de Alcobendas lo omite, está incumpliéndolo. Y por eso tal circunstancia no puede alterar el

  • STS, 23 de Marzo de 2005

    INSTALACIONES ELÉCTRICAS. SUMINISTRO. Las instalaciones de extensión de la energía eléctrica a un determinado punto rural aislado implican unas inversiones que no se limitan a los materiales empleados en su momento que puedan ser recuperados una vez desmontadas dichas instalaciones. De hecho, fue el desacuerdo sobre las compensaciones que Telefónica Móviles pretendía del otro usuario lo que...

  • STS, 8 de Febrero de 2005

    Expropiación para la ampliación del Aeropuerto de Barajas.

  • STS, 15 de Septiembre de 2005

    RECURSO DE CASACIÓN. FUNDAMENTO. VICIOS ENUNCIADOS. Los vicios enunciados por el recurrente deben estar debidamente fundamentados y referidos a la sentencia que se impugna. Se desestima el recurso.

  • STS, 2 de Marzo de 2005

    EXPROPIACIÓN. DESESTIMACIÓN. Se interpone este recurso contra sentencia de fecha 28 de octubre de 2.002 dictada en el recurso por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección 4ª) que, estimando en parte el recurso deducido por el actor, como parte expropiada en los presentes autos, y desestimando el planteado por la representación procesal de...

  • STS, 20 de Diciembre de 2004

    EXPROPIACIÓN FORZOSA. JUSTIPRECIO. MOTIVACIÓN. La Sala de instancia ha tomado en consideración los distintos informes periciales emitidos, a los que expresamente alude en sus Antecedentes, así como las circunstancias del caso, el criterio seguido por el Jurado Provincial de Expropiación y la jurisprudencia del Tribunal Supremo. No se ha acreditado la existencia de poligono fiscal y tampoco se

  • STS, 30 de Junio de 2005

    "EXPROPIACIÓN. VALOR DE MERCADO. Se admitió la posibilidad de partir de valores de mercado para determinar, por el metodo de repercusión, el valor m2 de suelo urbanizable , pero para ello, es preciso que ese valor de mercado haya sido debidamente contrastado y obtenido de fuentes ciertas y seguras, lo que en el caso de autos la Sala a quo estima no acontece, máxime cuando como en ella se...

  • STS, 19 de Enero de 2005

    EXPROPIACIÓN. JUSTIPRECIO. SUELO URBANIZABLE O NO URBANIZABLE. Se solicita fijación de un precio mayor por terrenos expropiados. En virtud del principio de equitativa distribución de beneficios y cargas del planeamiento, a pesar de estar clasificado como no urbanizable el suelo de uso dotacional o para sistemas generales, su valoración, a efectos de ejecutar éstos por el sistema de expropiación...

  • STSJ Castilla y León 580/2010, 17 de Septiembre de 2010

    EXPROPIACIÓN FORZOSA. No obstante esta expresa disposición, ello no impide que en caso de que antes de realizarse la ocupación haya transcurrido el plazo de seis meses desde la iniciación del expediente expropiatorio, la expropiante esté obligada a abonar al expropiado la indemnización del interés legal del justo precio, que se liquidará con efecto retroactivo, pues su fundamento es la mora en la

  • STSJ Castilla y León 590/2010, 24 de Septiembre de 2010

    OBRAS PÚBLICAS. EXPROPIACIÓN FORZOSA. Es necesario apreciar una actuación fraudulenta en la clasificación del terreno que pudiera considerarse arbitraria, dado el entorno del terreno, con un aislamiento y singularización injustificada; sin embargo ello difícilmente puede producirse cuando se está ante el caso de que quien ejecuta la expropiación para el establecimiento de la infraestructura, no...

  • STS, 18 de Enero de 2005

    EXPROPIACIÓN. JUSTIPRECIO. La Sala considera que no es razonable ni justo aplicar tres coeficientes distintos en el caso que nos ocupa, Las circunstancias singulares del proyecto y su repercusión en los dos municipios de Madrid y Alcobendas, así como la realidad de la edificabilidad del aeropuerto, que ni siquiera puede considerarse cerrada a la vista de la indefinición de las normas que la...

  • STS, 11 de Julio de 2005

    DAÑOS Y PERJUICIOS. EXPROPIACIÓN FORZOSA. JUSTIPRECIO. Se reclaman daños ocasionados por expropiación de finca. Que el recurrente nada diga sobre el porqué de la infracción que afirma de los preceptos que cita, atendido su contenido, limitándose, a hacer una referencia a la exposición de motivos y a la jurisprudencia de esta Sala sobre valores base a tener en cuenta para aplicar el método...

  • STS, 7 de Julio de 2005

    EXPROPIACIÓN. VALOR DEL SUELO. En el suelo de uso dotacional o para sistemas generales, su valoración, a efectos de ejecutar éstos por el sistema de expropiación debe hacerse como si de suelo urbanizable se tratase. Cuando se trata de expropiaciones de suelo urbano consolidado se acude al el empleo del método residual con los precios reales del mercado. Se estima en parte el recurso...

  • STS, 11 de Julio de 2005

    DAÑOS Y PERJUICIOS. EXPROPIACIÓN FORZOSA. JUSTIPRECIO. Se reclaman daños ocasionados por expropiación de finca. A pesar de estar clasificado como no urbanizable el suelo de uso dotacional o para sistemas generales, su valoración, a efectos de ejecutar éstos por el sistema de expropiación debe hacerse como si de suelo urbanizable se tratase, razón por la que el justiprecio del suelo ha de...

  • STS, 11 de Julio de 2005

    DAÑOS Y PERJUICIOS. EXPROPIACIÓN FORZOSA. JUSTIPRECIO. Se reclaman daños ocasionados por expropiación de finca. A pesar de estar clasificado como no urbanizable el suelo de uso dotacional o para sistemas generales, su valoración, a efectos de ejecutar éstos por el sistema de expropiación debe hacerse como si de suelo urbanizable se tratase, razón por la que el justiprecio del suelo ha de...

  • STS, 11 de Julio de 2005

    DAÑOS Y PERJUICIOS. EXPROPIACIÓN FORZOSA. JUSTIPRECIO. Se reclaman daños ocasionados por expropiación de finca. A pesar de estar clasificado como no urbanizable el suelo de uso dotacional o para sistemas generales, su valoración, a efectos de ejecutar éstos por el sistema de expropiación debe hacerse como si de suelo urbanizable se tratase, razón por la que el justiprecio del suelo ha de...

  • STS, 18 de Enero de 2005

    "EXPROPIACIÓN FORZOSA. VALORACIÓN DE LA PRUEBA. La mera discrepancia de la recurrente con la valoración de la prueba efectuada por la sentencia recurrida, no es susceptible de revisión casacional, al no estar incluido entre los motivos que se relacionan en el artículo 88.1 de la LRJCA el error en la apreciación de la prueba en que haya podido incurrir la Sala de instancia al valorar las...

  • STS, 17 de Diciembre de 2004

    JUSTIPRECIO DE FINCA EXPROPIADA. La diferencia entre la normativa sobre clasificación sectorial o urbanística del suelo desaparece a partir de la Ley de 1.976, en el sentido de que las primeras, cuando impliquen la consideración de los elementos propios del planeamiento, han de estar reflejadas en las segundas, relegando así el hipotético conflicto entre ambas clases de normas a las...

  • STS, 17 de Diciembre de 2004

    EXPROPIACION. CLASIFICACION DEL SUELO. TASACION. En virtud del principio de equitativa distribución de beneficios y cargas del planeamiento (art. 3,2 b) y 87,1 del Texto de 1.976, 3 b) b) del Texto del 92 y art. 5 de la Ley 6/1.998) y a pesar de estar clasificado como no urbanizable el suelo de uso dotacional o para sistemas generales, su valoración, a efectos de ejecutar éstos por el sistema...

  • STS, 18 de Enero de 2005

    RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. RECURSO DE CASACIÓN. JUSTIPRECIO. Se cuestiona el justiprecio de finca expropiada. La diferencia entre la normativa sobre clasificación sectoria o urbanística del suelo desaparece a partir de la Ley de 1.976, en el sentido de que las primeras, cuando impliquen la consideración de los elementos propios del planeamiento, han de estar reflejadas en las segundas,...

  • STS, 19 de Enero de 2005

    EXPROPIACIÓN. JUSTIPRECIO. La argumentación en que se fundamenta este motivo de casación pone de manifiesto una mera discrepancia de la recurrente con la valoración de la prueba efectuada por la sentencia recurrida, cuestión ésta que no es susceptible de revisión casacional, al no estar incluido entre los motivos que se relacionan en el artículo 88.1 de la LRJCA el error en la apreciación de la...

  • STS, 5 de Julio de 2005

    "VALOR DE MERCADO. Se admitió la posibilidad de partir de valores de mercado para determinar, por el metodo de repercusión, el valor m2 de suelo urbanizable , pero para ello, es preciso que ese valor de mercado haya sido debidamente contrastado y obtenido de fuentes ciertas y seguras, lo que en el caso de autos la Sala a quo estima no acontece, máxime cuando como en ella se señala siendo

  • STS, 30 de Junio de 2005

    "EXPROPIACIÓN. VALORES DE MERCADO. Se admitió la posibilidad de partir de valores de mercado para determinar, por el metodo de repercusión, el valor m2 de suelo urbanizable, pero para ello, tal y como dice la citada sentencia, es preciso que ese valor de mercado haya sido debidamente contrastado y obtenido de fuentes ciertas y seguras, lo que en el caso de autos la Sala a quo estima no...

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