SAP Girona 170/2008, 28 de Mayo de 2008

PonenteFERNANDO FERRERO HIDALGO
ECLIES:APGI:2008:764
Número de Recurso38/2008
Número de Resolución170/2008
Fecha de Resolución28 de Mayo de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Girona, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 170/08

Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE

Don Fernando Lacaba Sánchez

MAGISTRADOS

Don Fernando Ferrero Hidalgo

Don Carles Cruz Moratones

En Girona, veintiocho de abril de dos mil ocho

VISTO, ante esta Sala el Rollo de apelación nº 38/2008 , en el que ha sido parte apelante D. Rodolfo,

representado por la Procuradora Dª. ESTHER SIRVENT CARBONELL, y dirigida por el Letrado D. ALBERT CUADRADA MAJÓ y

como parte apelada HELVETIA PREVISION, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS, representada por el Procurador D.

CARLOS JAVIER SOBRINO CORTÉS , y dirigida por el Letrado D.JORDI ORTIGOSA VILANOVA , no habiendo comparecido en

esta instancia la apelada COMUNIDAD DE PROPIETARIOS C/ DIRECCION000 NÚM. NUM000 DE BLANES.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado Primera Instancia 1 Blanes , en los autos nº 430/2006 , seguidos a instancias de D. Rodolfo, representado por el Procurador D. Ferran Janssen Casas y bajo la dirección del Letrado D. Albert Cuadrada Majó, contra HELVETIA PREVISION, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS Y COMUNIDAD DE PROPIETARI C/DIRECCION000, NÚM. NUM000 DE BLANES, representados por la Procuradora Dª. Francina Pascual Sala, bajo la dirección del Letrado D. Jordi Ortigosa Vilanova , se dictó sentencia cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: "FALLO: Estimo parcialmente la demanda interpuesta por Rodolfo contra Comunitat de Propietaris Carrer DIRECCION000 NUM000 de Blanes y Helvetia Sociedad Anónima de seguros y reaseguos y en consecuencia condeno a las demandadas: 1º.- A proceder a la reparación del desagüe comunitario de la finca, con apercibimiento de hacerse a su costa en caso de incumplimiento de tal obligación. 2. A pagar, conjunta y solidariamente a la parte actora la cantidad de mil ochocientos un euros con seis céntimos, más los intereses legales, que para la compañía serán los previstos en el artículo 20 LCS. 3 . No hago expresa imposición de las costas procesals a ninguna de las dos partes".

SEGUNDO

La relacionada sentencia de fecha 31.07.07 , se recurrió en apelación por la parte actora, por cuyo motivo se elevaron los autos a esta Audiencia y se han seguido los demás trámites establecidos en la LEC.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTO siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Fernando Ferrero Hidalgo .

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia recurrida.

SEGUNDO

Se interpone recurso de apelación por D. Rodolfo contra la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Blanes de 31 de julio del 2.007, en la que se estimó parcialmente la demanda interpuesta por dicha parte, contra la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA C/ DIRECCION000, Nº NUM000 DE BLANES y contra la aseguradora HELVETIA PREVISIÓN, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS y en la que se reclamaba la cantidad de 3.602,12 euros por los daños y perjuicios ocasionados en la vivienda de su propiedad, producidos por una escape de agua en una cañería comunitaria y la cantidad de 2.700 euros por los beneficios dejados de percibir y que hubiera obtenido por haber alquilado dicha vivienda.

TERCERO

La sentencia condena al pago de la cantidad de 1.801 ,06 euros por los daños y perjuicios ocasionados en la vivienda y frente a tal pronunciamiento se alza el demandante, solicitando la integra estimación de la...

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