La visión socio-política de los derechos reproductivos en Argentina

AutorCecilia Straw
CargoProfesora de Ciencia Política y de Ciencias de la Comunicación en la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad de Buenos Aires
Páginas171-195
La visión socio-política de los derechos reproductivos en Argentina 171
RJUAM, n.º 35, 2017-I, pp. 171-195ISSN: 1575-720-X
LA VISIÓN SOCIO-POLÍTICA DE LOS DERECHOS
REPRODUCTIVOS EN ARGENTINA*
THE SOCIO-POLITICAL VISION OF REPRODUCTIVE RIGHTS IN
ARGENTINA
C S**
Resumen: El presente trabajo aborda el desarrollo del proceso socio-político de reconocimiento
de los derechos reproductivos en Argentina desde 1983 hasta mediados de 2013: identifi ca las
políticas públicas implementadas, las reformas pendientes, los actores involucrados y las estrate-
gias desarrolladas durante los procesos de cambio. Asimismo, presenta las principales tensiones,
confl ictos y contradicciones en el campo de las tecnologías reproductivas en el pasado, las formas
de resolución o su permanencia.
Palabras clave: Derechos reproductivos, Argentina.
Abstract: The present work deals with the development of the socio-political process of recog-
nition of reproductive rights in Argentina from 1983 to mid-2013: it identifi es the public policies
implemented, the pending reforms, the actors involved and the strategies developed during the
processes of change. It also presents the main tensions, confl icts and contradictions in the fi eld of
reproductive technologies in the past, the forms of resolution or their permanence.
Keywords: Reproductive rights, Argentina.
S: I. PRECISIONES CONCEPTUALES; II. EL DESARROLLO DEL PROCESO SOCIO-
POLÍTICO DE LOS DERECHOS REPRODUCTIVOS EN ARGENTINA; III. PRINCIPALES
TENSIONES, CONFLICTOS Y CONTRADICCIONES EN EL CAMPO DE LAS TECNO-
LOGIAS REPRODUCTIVAS EN ARGENTINA; IV. CONCLUSIONES; V. BIBLIOGRAFIA.
I. PRECISIONES CONCEPTUALES
En la actualidad, el concepto utilizado para hacer referencia a los derechos en torno
a la sexualidad es el de derechos reproductivos. Arribar al mismo fue la consecuencia de
* Fecha de recepción: 7 de abril de 2017.
Fecha de aceptación: 16 de mayo de 2017.
** Profesora de Ciencia Política y de Ciencias de la Comunicación en la Facultad de Ciencias Sociales de
la Universidad de Buenos Aires. Investigadora Externa en el Área Salud, Economía y Sociedad del Centro de
Estudios de Estado y Sociedad (CEDES). Correo electrónico: cecilia.straw@gmail.com.
CECILIA STRAW
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haber transitado un camino en donde los decisores políticos, los miembros de los organismos
internacionales, los integrantes de las organizaciones no gubernamentales de la sociedad
civil, la academia y las personas, entre otros, ampliaron la perspectiva de análisis sobre el
reconocimiento de derechos en el campo de la sexualidad. Parte de esta apertura se compren-
de a luz de los cambios en la sexualidad misma, la que de acuerdo con Giddens1 por primera
vez en la historia social puede ser descubierta, modelada y transformada. Esto derivó en que
se modifi caron los conceptos que se usaban para hacer referencia a los nuevos rasgos de la
sexualidad, pero el sentido de esos cambios no se dio en el vacío, sino que ocurrieron en el
marco de procesos socio-políticos que acontecieron en nuestras sociedades, y que paralela-
mente tuvieron su interacción e infl uencia con los desarrollos que se iban produciendo en el
contexto regional (en nuestro caso, América latina) y en el contexto internacional o global.
Cuando los debates sobre derechos reproductivos comenzaron a inicios de la década
de los ochenta en América latina se hablaba de derechos a la salud sexual y reproductiva. Y
además se precisaba con énfasis en aquella época que estos derechos se enmarcaban en los
postulados del respeto a los derechos humanos y la salud reproductiva porque en la región,
luego de años de dictaduras cívico-militares, no podía asegurarse que los derechos huma-
nos eran el parámetro a partir del cual evaluar el reconocimiento de los derechos políticos,
económicos y sociales.
La referencia al encuadre de los derechos reproductivos en las normas internacionales
de los derechos humanos tenía un triple propósito: por un lado, realzar la noción de los
derechos a la salud sexual y reproductiva, por otro lado, ubicar en las personas la facultad
de tomar decisiones libres acerca de su vida sexual y su capacidad reproductiva. Por último,
la adhesión a las normas internacionales también implicaba incorporar una faz operativa
orientada a la promoción y protección de los derechos humanos2. En defi nitiva, esta toma
de posición ideológica signifi caba superar la faz «declamativa», o la simple enunciación
de un derecho, y avanzar hacia la faz operativa que se tradujera en derechos concretos para
las personas3.
Otro punto que se necesita dilucidar para comprender el proceso socio-político es cuál
era el referente al que se le estaban reconociendo los derechos a la salud sexual y reproduc-
tiva. ¿Qué personas comenzaban a tener derechos? ¿Todas las personas? No, porque los
sujetos de derechos también fueron cambiando y se fueron incorporando nuevos perfi les
conforme fueron desarrollándose los procesos socio-políticos, y conforme fueran las fuerzas
y las alianzas que los diferentes actores sociales y sus movimientos fueron desplegando en
las sociedades.
1 GIDDENS, A., La transformación de la intimidad: sexualidad, amor y erotismo en las sociedades
modernas, Madrid (Cátedra), 2000.
2 PAUTASSI, L., (coord.), Perspectiva de derechos, políticas públicas e inclusión social. Debates actuales
en la Argentina, Buenos Aires (Biblos), 2010.
3 PAUTASSI. L., «Ciudadanía y autonomía de las mujeres en Argentina ¿un sueño imposible ?», en
VÁZQUEZ, S. (ed.), Hombres públicos, mujeres públicas, Buenos Aires (Fundación Ebert), 2002, pp. 91-123.

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