La violencia de género
Autor | Rocío Zafra Espinosa de los Monteros |
Cargo del Autor | Profesora Titular de Derecho Procesal - Universidad Carlos III de Madrid - Instituto de Justicia y Litigación Alonso Martínez |
Páginas | 74-154 |
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VI. LA VIOLENCIA DE GÉNERO
6.1. La violencia de género
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para poder estudiar la aplicación del sistema restaurativo y sus posibles be-
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garantizar la salvaguarda de las víctimas de estos delitos y garantizar el pleno
desarrollo de los infractores?
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siones del tema tratado.
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la asunción de determinados roles139 -
139
Género» (http://www.juntadeandalucia.es-
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propiedad del hombre.
PRINCIPIO DE OPORTUNIDAD Y VIOLENCIA DE GÉNERO
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todos los aspectos de la vida cotidiana140.
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como una de las manifestaciones más brutales contra los derechos funda-
ni de clases ni de estratos sociales-culturales.
Muchos son los avances para sensibilizar y terminar con esta lacra de la
se reduce141
142.
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ración como prueba de cargo capaz de enervar la presunción de inocencia143
140 -
ro debe ser considerada como: el mayor desvalor de esta violencia en tanto que afecta a
la igualdad, a la libertad, a la dignidad y a la seguridad de las mujeres en el ámbito de
las relaciones de pareja, “.... porque el autor inserta su conducta en una pauta cultural
generadora de gravísimos daños a sus víctimas y porque dota así a su acción de una
141 -
Vid. https://violenciagenero.igualdad.gob.es/pactoEstado/docs/Documento_Refundido_
PEVG_2.pdf
142
https://www.
elconfidencial.com/espana/madrid/2021-04-05/liberada-mujer-encerrada-dos-anos-
143
la víctima se resistía a poner la denuncia, lo que es indicativo de todo lo contrario de lo
acerca de no saber qué va a ocurrir con ellas, la reacción posterior del agresor acerca de
ROCÍO ZAFRA ESPINOSA DE LOS MONTEROS
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Memoria anual de 2020144.
6.1.1. El concepto de violencia de género
1. ¿Qué debe considerarse violencia de género?
Atender al concepto de violencia de género es imprescindible para abordar el
solo es respecto de los agresores sino también de las víctimas y de la propia
sociedad realiza juicios de valor sin conocer las circunstancias del hecho. Por
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chas mujeres no tengan conocimiento de su posición como víctimas.
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dirección en entidades empresariales o tener determinados privilegios frente
si puede ser peor para ellas la denuncia que el silencio, si no tienen medios económicos si
van a poder subsistir, etc.
144 Las conclusiones tras el análisis de los datos en cuanto a la existencia de denuncias
falsas son: “1.ª La proporción entre los procedimientos por denuncia falsa desde 2009
–121– en relación con los procedimientos en los que se ha dictado sentencia condenatoria
es del 0,0069 %. Si a estas se sumaran las causas en tramitación, en la hipótesis poco
que ya fueron objeto de comentario en memorias anteriores”. Vid.
memorias/memoria2020/FISCALIA_SITE/recursos/pdf/capitulo_III/cap_III_1_5.pdf
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