La valoración y determinación de la situación de dependencia. Un proceso administrativo con más sombras que luces
Autor | Guillermo Rodríguez Iniesta |
Cargo | Profesor Titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Universidad de Murcia |
Páginas | 135-167 |
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Revista Derecho Social y Empresa
ISSN
:
2341135X
nº
10
, febrero
2019
LA VALORACIÓN Y DETERMINACIÓN DE LA SITUACIÓN
DE DEPENDENCIA. UN PROCESO ADMINISTRATIVO
CON MÁS SOMBRAS QUE LUCES
G R I
Profesor Titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social
Universidad de Murcia
Fecha de recepción: 16/11/2018
Fecha de aceptación: 24/12/2018
SUMARIO: 1. INTRODUCCIÓN. 2. DE LA COMPLEJIDAD DEL PROCESO DE DE
TERMINACIÓN Y VALORACIÓN DE LA SITUACIÓN DE DEPENDENCIA Y LA
FALTA DE AUTONOMÍA PERSONAL. 2.1. Un aspecto previo. Su delimitación de otras
guras a nes. 2.2. Aspectos y consideraciones básicas sobre el procedimiento adminis-
trativo para la determinación y valoración de situaciones de dependencia y de falta de
autonomía personal. 2.3. La revisión del grado de dependencia. 3. UNA VISIÓN COM
PARATIVA CON LA VALORACIÓN DE LAS SITUACIONES DE INCAPACIDAD
PERMANENTE, INVALIDEZ, DISCAPACIDAD E INCAPACIDAD JUDICIAL. 3.1. La
valoración de la incapacidad permanente. 3.2. La valoración de la invalidez no contribu-
tiva. 3.3. La valoración de la gran invalidez y la necesidad del concurso de otra persona.
4. ALGUNAS CONSIDERACIONES CRÍTICAS SOBRE LA VALORACIÓN DE LAS
SITUACIONES DE DEPENDENCIA, INCAPACIDAD Y DISCAPACIDAD. 4.1. Sobre
la “bondad” o e cacia de los baremos. 4.2. Puntos de encuentro entre las situaciones de
incapacidad, invalidez, discapacidad y dependencia. 4.3 Ultimas re exiones.
RESUMEN: El presente estudio aborda el complejo proceso administrativo en la deter-
minación y valoración de las situaciones de dependencia y/o falta de autonomía personal,
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pese a que está dotado de una cierta objetividad en su determinación. La realidad se ha
venido imponiendo y nos muestra un proceso administrativo muy complejo con ciertas
dosis de subjetividad de los evaluadores y con un resultado de inseguridad jurídica para el
llamado a ser bene ciario de los derechos reconocidos en la LD. A ello se une también los
problemas, a la hora de aceptar o no que haya “pasarelas” con otras situaciones que pue-
den llegar a coincidir en una persona, como la condición de incapacitado para el trabajo/
incapacitado judicial/ o discapacitado con la de dependiente.
ABSTRACT: epresentstudyaddressesthecomplex administrativeprocessindetermi-
ningand evaluatingsituationsofdependenceand/orlackof personalautonomy, although
it is endowedwithacertainobjectivityinitsdetermination. ereality hasbeenimposea
andshowsaverycomplex administrativeprocesswithcertaindosesof subjectivityofthe
evaluatorsandaresultoflegal uncertaintyforthecalltobebene ciaryofrights recog-
nizedinLD. isalso bindsproblems,whenacceptingornot having“footbridges”with
othersituationsthatmay coincideinaperson,suchastheconditionof incapacitatedfor
work/incapacitatedjudicial/ordisabledwiththatof dependent. e assessment andde-
termination of the dependency situation. An administrative process with more sha-
dowsthanlights.
PALABRAS CLAVE: Dependencia, valoración, asimilaciones, discapacidad, incapacidad.
KEYWORDS: Dependence, valuation, assimilation, handicap, inhabity.
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La valoración y determinación de la situación de dependencia.
Un proceso administrativo con más sombras que luces
1. INTRODUCCIÓN
El art. 1 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal
y atención a las personas en situación de dependencia (LD), proclama como objetivo
de la misma “… regular las condiciones básicas que garanticen la igualdad en el ejercicio del
derecho subjetivo de la ciudadanía a la promoción de la autonomía personal y atención a las
personas en situación de dependencia …”; y en su artículo 2 recoge las de niciones relativas
a qué debe entenderse por autonomía. Dependencia, actividades básicas de la vida diaria
y necesidades de apoyo para la autonomía personal, que con guran la falta de autonomía
personal y la situación de dependencia.
El procedimiento para la determinación de la dependencia y/o falta de autonomía per-
sonal se norma en los arts. 26 y siguientes de la LD y parten del siguiente esquema básico:
En realidad, más que un procedimiento administrativo nos encontramos con dos, uno
previo a otro: a) El de valoración y reconocimiento de la situación de dependencia1; y b)
El de reconocimiento de la prestación o prestaciones en función del Programa Individual
de Atención (PIA). El plazo previsto en la ley entre solicitud y reconocimiento de la pres-
tación es de seis meses, salvo cuando se trate de prestaciones económicas para cuidados
en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales, que quedarán sujetas a un
1 El reconocimiento de la situación de dependencia viene determinado por el grado de autonomía de la persona
para el desenvolvimiento en tareas básicas de la vida diaria, en este sentido véase: STSJ (cont. advo.) 35/2017, de 1
de febrero (JUR 2017/6223).
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