STSJ Comunidad Valenciana 844/2006, 26 de Julio de 2006

PonenteCONTENCIOSO
ECLIES:TSJCV:2006:2810
Número de Recurso1138/2001
ProcedimientoJUAN CLIMENT BARBERA
Número de Resolución844/2006
Fecha de Resolución26 de Julio de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso número 908/2000 y 1138/2001 acumulado

Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección Segunda

Sentencia número 844/2.006

Ilmos. Sres.

Presidente

Don Mariano Ferrando Marzal

Magistrados

Don Rafael Manzana Laguarda

Don Juan Climent Barbera

En la Ciudad de Valencia, a veintiséis de julio de dos mil seis,

Visto por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana el recurso contencioso-administrativo numero 908 de 2000, interpuesto por D. Carlos Antonio y Dª Elvira , representados por la Procuradora de los Tribunales Doña Lourdes Pérez Asensio, contra acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Algamesí, de 15 de febrero de 2000, por el que se estiman parcialmente alegaciones al Programa del sector Z-1 y se ratifica el acuerdo plenario de aprobación del Programa, ampliado posteriormente contra la resolución del Sr. Alcalde-Presidente del dicho Ayuntamiento de Algemesí de 29 de diciembre de 2000, por el que se aprueba definitivamente el documento reformado del proyecto de reparcelación del Sector Z-1 y se aceptan los terrenos donde se localiza el 10 % de aprovechamiento urbanístico y los destinados a dotaciones públicas, asimismo ampliado a la Resolución municipal del Ayuntamiento de Algemesí que aprueba la liquidación correspondiente a la 1ª cuota de urbanización del Programa Sector Z-1 y contra la subsiguiente liquidación por costes de urbanización por importe de 2.348.598 ptas., de 10 de abril de 2001, y subsiguientes liquidaciones, y el recurso acumulado 1138/01 interpuesto por Dª Asunción y Dª Nuria en nombre propio y en el de Dª Elsa y Da Marí Jose , representadas por el Procurador de los Tribunales Don Francisco Cerrillo Ruesta, contra la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto contra la referida resolución del Sr. Alcalde-Presidente del dicho Ayuntamiento de Algemesí, de 29 de diciembre de 2000, por el que se aprueba definitivamente el documento reformado del proyecto de reparcelación del Sector Z-1 y se aceptan los terrenos donde se localiza el 10% de aprovechamiento urbanístico y los destinados a dotaciones públicas.

Habiendo sido partes, como demandada el Ayuntamiento de Algemesí representado y defendido por el Letrado Don Jorge Lorente Pinazo; ha comparecido asimismo como parte codemandada la mercantil "Urbanización EL PLA S.A.", representada por la Procuradora de los Tribunales Doña Elena Gil Bayo.

Ha sido Ponente el Iltmo, Sr. Magistrado Don Juan Climent Barbera, que expresa el parecer de la Sala.

Antecedentes de hecho
Primero

Interpuestos los recursos y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó a las partes actoras para que formalizaran la demanda, lo que verificaron, la parte de D. Carlos Antonio y Dª Elvira , mediante escrito en el que terminaba suplicando que se dictase Sentencia por la que estimando el recurso contencioso administrativo, declarando la nulidad de los actos recurridos, se reconozca el derecho a ser restablecidos en su parcela inicial 13, a que se les reinteqre la cantidad ingresada en concepto de cuotas de urbanización, más las que se ingresen hasta que se dicte sentencia mas les intereses legales hasta su devolución, y la parte de Da Asunción y otras mediante escrito en el que terminaba suplicando que se dictase Sentencia por la que se estime el recurso y ordene la nulidad del proyecto de reparcelación aprobado ordenando la reposición do las actuaciones al momento anterior a su aprobación y la corrección del mismo en los extremos propuestos en la demanda.

Segundo

Formalizadas las demandas y dado traslado de las mismas a las partes demandada y codemandada, éstas contestaron a las demandas, la parte del Ayuntamiento de Algemesí mediante escrito en el que terminaba suplicando que se dicte sentencia, que desestime íntegramente las pretensiones deducidas de adverso, por ser conformes a derecho todos los actos administrativos impugnados, y la parte codemandada de la mercantil "Urbanización EL PLA S.A.", escrito en el que terminaba suplicando que se dicto asimismo sentencia que desestime íntegramente las pretensiones deducidas de adverso, por ser de conformidad a Derecho todos los actos administrativos impugnados.

Tercero

Pedida la práctica de prueba por las partes, atendidos los términos en que se plantea la litis y los elementos de juicio obrantes en autos y en el expediente administrativo, se estimó procedente el recibimiento a prueba del pleito.

Cuarto

Recibido el pleito a prueba se practicaron las documentales y pericial judicial con aclaración y ampliación, pedidas por las partes que resultaren admitidas, y, terminado el periodo de prueba, se abrió el trámite de conclusiones, formulando en plazo las que tuvo por conveniente la segunda parte demandante de Dª Asunción y otras, que terminó pidiendo se dicte sentencia conforme al suplico de la demanda acordando la nulidad de la reparcelación; la parte demandante de los Srs. Elvira no presentó en plazo escrito de conclusiones por lo que se proveyó declararla caducada en su derecho a formularlas y la continuación del trámite, formulándolas suyas en plazo la Administración demandada y la parte codemandada, tras lo que la parte actora de los Srs. Elvira y primera demandante presentaron escrito de conclusiones acogiéndose al articulo 128 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso administrativa, en el que terminaba pidiendo se dicte sentencia en los términos interesados en el escrito de demanda con expresa imposición de costas a las demandadas, señalándose seguidamente para votación y fallo, a lo que se opusieron las partes codemandadas alegando que se hacia quebrado el orden sucesivo de presentación de conclusiones, acordándose dar nuevamente plazo a las partes demandadas, para que por su orcen volvieran a presentar escritos de conclusiones a la vista del de la primera demandante, lo que hicieron la parte demandada del Ayuntamiento de Algemesí y la de la codemandada de la mercantil "Urbanización EL PLA S.A.", mediante segundos escritos de conclusiones en los que terminaban pidiendo en ambos casos se dicte sentencia de conformidad con el Suplico de su escrito de contestación a la demanda, impugnándose a su vez mediante súplica por la primera demandante tal providencia de dar lugar a nuevas conclusiones a la vista de las suyas y acordándose la suspensión del señalamiento en tanto se resolvía si recurso formulado y, tras estos incidentes, resueltos que fueron se señaló nuevamente el pleito para votación y fallo para el día 12 de julio de 2006 habiendo tenido lugar el mismo en el día de la dicha fecha.

Fundamentos de Derecho
Primero

Aun cuando el núcleo fundamental común a ambas partes demandantes del presente recurso contencioso Administrativo se centre en el proyecto de reparcelación del Sector Z-1 aprobado por resolución de la Alcaldía del Ayuntamiento de Algemesí, de 29 de diciembre de 2001, en cuya impugnación coinciden las dos partes demandantes, cuyos recursos resultaron acumulados en el que ahora se dilucida, resultar, sin embargo diversos en su mayor parte los argumentes en que se fundan tales impugnaciones, a lo que se ha de añadir que en al caso de la parte de D, Carlos Antonio y Dª Elvira , primera parte demandante, se recurren también directamente el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Algemesí de 15 de febrero de 2000, de estimación parcial de alegaciones y ratificación del acuerdo plenario de aprobación del Programa de Actuación Urbanística del Sector Z-1, así como el acuerdo de la Comisión de Gobierne del dicho Ayuntamiento, de 25 de abril de 2001, por el que se aprueba la liquidación correspondiente a la primera cuota de urbanización del referido Programa otros actos administrativos, e indirectamente, en cuanto que motivo de impugnación de los referidos actos administrativos, el instrumento urbanístico del...

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