STSJ Cataluña 445/2008, 2 de Junio de 2008

PonenteMANUEL TABOAS BENTANACHS
ECLIES:TSJCAT:2008:8657
Número de Recurso316/2007
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución445/2008
Fecha de Resolución 2 de Junio de 2008
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA

ROLLO Nº: 316/2007

APELANTE: Simón

C/ AJUNTAMENT DE CANYELLES

S E N T E N C I A Nº 445

Ilustrísimos Señores:

MAGISTRADOS

D. JOSÉ JUANOLA SOLER.

D. MANUEL TÁBOAS BENTANACHS.

Dña. ANA RUBIRA MORENO.

BARCELONA, a dos de junio de dos mil ocho.

Visto por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de

Cataluña, el recurso de apelación nº 316/2007, seguido a instancia de Don Simón, representado por

el Procurador Don FRANCISCO JAVIER MANJARIN ALBERT, contra el AJUNTAMENT DE CANYELLES, representado por el

Procurador Don ANGEL QUEMADA RUIZ, sobre Urbanismo-Gestión.

En la tramitación de los presentes autos se han observado las prescripciones legales, siendo Ponente el Ilmo.

Sr. Magistrado Don MANUEL TÁBOAS BENTANACHS.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - Ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Barcelona nº 1 y en los autos 161/2006, se dictó Sentencia nº 346, de 25 de septiembre de 2007, cuya parte dispositiva en la parte menester estableció "DESESTIMAR el recurso contencioso administrativo núm. 161/2006-5 interpuesto por Simón contra la actuación administrativa municipal a la que se refieren los antecedentes de la presente resolución, que se confirma por no resultar la misma contraria a derecho; sin costas".

  2. - En la vía del recurso de apelación, recibidas las actuaciones correspondientes y habiendo comparecido la parte apelante finalmente se señaló día y hora para votación y fallo, que ha tenido lugar el día 27 de mayo de 2008, a la hora prevista.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El 20 de julio de 2005 la Junta Govern Local del Ajuntament de Canyelles dictó Acuerdo por virtud del que, en esencia, se acordó "Primer.- Denegar la concessió de la pròrroga de les obres "construcció d'un habitatge unifamiliar aïllat" per no ajustar-se a la llicència d'obres majors 2002/76 sol·licitada. Segon.- Requerir al promotor per tal que en el termini de 20 dies sol·liciti la corresponent llicència de les obres realment executades i/o a realitzar, MODIFICACIÓ DEL PROJECTE INICIALMENT APROVAT, per a la seva aprovació, si s'escau, amb el FULL D'ASSUMEIX DE DIRECCIÓ D'UN TÈCNIC FACULTATIU. Tercer.- Advertir al promotor que, de no efectuar-se en el termini indicat, la sol·licitud de llicència de les obres realment executades, d'acord amb l'article 197 de la Llei 2/2002, de 14 de març, d'Urbanisme de Catalunya, s'incoarà expedient de protecció de la legalitat urbanística."

Formulado recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Barcelona nº 1 y en los autos 161/2006, se dictó Sentencia nº 346, de 25 de septiembre de 2007, cuya parte dispositiva en la parte menester estableció "DESESTIMAR el recurso contencioso administrativo núm. 161/2006-5 interpuesto por Simón contra la actuación administrativa municipal a la que se refieren los antecedentes de la presente resolución, que se confirma por no resultar la misma contraria a derecho; sin costas".

SEGUNDO

La parte apelante aceptando la delimitación del proceso contencioso administrativo seguido en primera instancia para con la denegación de la segunda prórroga de la licencia concedida en su momento para la construcción de una vivienda unifamiliar aislada en la calle DIRECCION000 NUM000 de Canyelles, insiste en que no proceden los motivos de denegación establecidos en el informe técnico municipal de 11 de julio de 2005 en que se hacía referencia a obras paralizadas con invocación a los parámetros de ocupación, separación a vial y adaptación topográfica y movimiento de tierras.

TERCERO

Pues bien, llegados a las presentes alturas, como reconocen las partes, importa no perder de vista que nos hallamos en el ámbito de una solicitud de una segunda prórroga de una licencia de obras y, a los efectos del presente recurso,...

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