Tviarín Pérez, Pascual: Derecho civil. Manuales Universitarios. Volumen I, 241 págs.; volumen II, 350 págs.; volumen III, 477 págs. Editorial Tecnos, Madrid, 1984

AutorFrancisco Corral Dueñas
Páginas547-552

    Tviarín Pérez, Pascual: Derecho civil. Manuales Universitarios. Volumen I, 241 págs.; volumen II, 350 págs.; volumen III, 477 págs. Editorial Tecnos, Madrid, 1984.

Efectivamente, debe ser difícil escribir un manual universitario, tal como nos dice el autor en la presentación, pues supone reducir a expresiones y análisis más o menos asequibles a los estudiantes unas materias investigadas profunda y monográficamente y que el mismo autor ha 'expuesto in extenso en otras ocasiones. El profesor Marín Pérez, con lar-ga experiencia en la enseñanza y en la magistratura, ha abordado la tarea con un método intermedio, o sea dándole en general un tinte al alcance del alumnado y a la vez profundizando en algunos temas de los que ya se había ocupado. Al efecto, cita como obras básicas suyas anteriores la Introducción a la ciencia del Derecho, la Introducción al Derecho Registral y sus artículos en la Nueva Enciclopedia Jurídica Seix, en los Comentarios de Derecho civil, de Manresa y de Mucius Scaevola, y en el Curso de Derecho civil, de Colín y Capitant. De todos ellos intro-duce inyecciones que elevan el inevitable tono divulgador que ha de presidir toda obra didáctica.

Otro detalle que notamos es la inclusión de bastantes definiciones o · clasificaciones en latín, tomadas de los autores clásicos, como en los manuales de otros tiempos. Ahora que ese idioma no lo usan ni los curas, es bueno que sigamos usándolo los juristas. No es prurito de distinción, sino más bien razón de utilidad; los conceptos clásicos son inamovibles, y si se aprenden en latín no se olvidan jamás, y esas ideas fundamentales revierten en soluciones prácticas y facilitan muy a menudo el ejercicio de la profesión. Una certera cita latina a tiempo vale más que mil fiorituras orales que no convencen a nadie.

La materia es extensa, y tendremos que reducir al puro esqueleto el resumen que intentamos hacer de la obra, siguiendo el orden de su exposición, aunque nos extenderemos más en la última parte, el Derecho Registral, por su mayor interés para nosotros.

Volumen I: Relación e institución jurídica. Persona y derechos de la personalidad. Objeto de la relación jurídica. El tiempo ante el Derecho y las transgresiones jurídicas.

De entrada, y para ser sinceros, nos sorprende que el libro no empiece diciendo lo que es el Derecho civil. La costumbre de verlo así en todos los libros y en los programas de oposiciones nos hace creer que falta algo muy importante. Igualmente echamos de menos la teoría de las fuentes del Derecho civil, especialmente el estudio de nuestro Código vigente y la dicotomía entre el Derecho común y el foral, que podría agu-Page 549dizarse en estos tiempos autonómicos, como lo prueba el retoque a la-Compilación catalana. Quizá el autor tenga sus razones para estas omisiones.

La relación jurídica es el concepto básico con que arranca su estudio el profesor Marín Pérez, considerando que es una relación de persona, a persona, determinada por una regla, y que puede tener la faceta material, que significa la idea de Derecho que regula esta relación, o la formal, por la que esta relación de hecho se eleva a forma jurídica. Tiene como elementos más destacados el subjetivo, el objetivo y el causal, que estudia, así como sus distintas clases. El conjunto de disposiciones del Derecho referentes a las relaciones jurídicas de una clase determinada es lo que se llama institución jurídica, según definición de Ennecerus. que se recoge, así como la idea de Federico de Castro de aplicar el concepto de institución a las formas básicas y típicas de la organización jurídica. El autor explica estos conceptos a la luz de la Constitución.

El derecho de las personas se inicia con el planteamiento de una importante cuestión, aunque parezca sólo semántica, y es si se debe hablar de derechos del hombre, derechos humanos o derechos de la personalidad, inclinándose el autor por este último término, que han utilizado, entre otros, San Raimundo de Peñafort y Castan. La unidad biológica y antropológica con una existencia histórico-social que es la persona se encuentra actualmente sometida a un avanzado proceso de socialización, y el autor se plantea el porvenir conceptual de la persona, preguntándose si originará una auténtica despersonalización individual para derivar en una masificación o más bien una deshumanización. Dejando ya las preocupaciones filosófico-jurídicas, el libro pasa a ocuparse del Derecho de la persona individual en la legislación civil, partiendo del nacimiento y las distintas etapas de la edad y la capacidad y sus limitaciones, con estudio especial de los derechos de la personalidad.

Dice el profesor MarIn Pérez que una rutina inaceptable suele contraponer la persona individual o física a las llamadas personas -jurídicas- o -morales-, como si el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR