Transporte terrestre

Páginas373-430
TRANSPORTE TERRESTRE
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Revista de Derecho del Transporte
N.º 25 (2020): 373-430
TRANSPORTE TERRESTRE *
SUMARIO: A. LEGISLACIÓN.—B. JURISPRUDENCIA: I. Comentarios de jurisprudencia: 1. «La perfección del con-
trato de transporte de viajeros en los trenes de libre acceso a la luz de la Sentencia del TJUE Kanyeba, de 7 de
noviembre de 2019», por Carmen Agoués Mendizábal. II. Reseñas de jurisprudencia: 1. Tribunal de Justicia de
la Unión Europea. 2. Tribunal Supremo: a) Autorizaciones VTC. b) Transporte internacional de mercancías por
carretera (CMR). 3. Audiencia Nacional. 4. Tribunales Superiores de Justicia: a) Autorizaciones VTC. b) Jun-
tas Arbitrales del Transporte. 5. Audiencias Provinciales: a) Transporte nacional de mercancías por carretera:
a’) Responsabilidad del porteador. b’) Otras cuestiones. b) Transporte internacional de mercancías por carretera
(CMR). c) Transporte por ferrocarril de pasajeros. 6. Juzgados de lo Mercantil: a) Transporte nacional de mer-
cancías por carretera. b) Transporte internacional de mercancías por carretera (CMR). c) Reclamaciones por
el cártel de camiones. 7. Juzgados de lo Contencioso-Administrativo.—C. DERECHO DE LA COMPETENCIA:
I. Sentencias. II. Expedientes sancionadores y de vigilancia. III. Informes.—D. RECENSIONES Y BIBLIOGRA-
FÍA: I. Recensiones: 1. Sánchez-Gamborino, Francisco, El contrato de transporte internacional. CMR, Madrid,
Tecnos, 2020, 476 pp., ISBN: 978-84-309-7869-4, por José Manuel Martín Osante. 2. Fernández Carballo-Ca-
lero, Pablo, El Carpooling o viaje en coche compartido. Especial referencia a BlaBlaCar, Cizur Menor, Thomson
Reuters/Aranzadi, 2019, 299 pp., ISBN: 978-84-1308-836-5, por Elena Leiñena Mendizábal. II. Bibliografía.
SUMMARY: A. LEGISLATION.—B. COURT DECISIONS: I. Commentaries on Court decisions: «1. The relationship
between the railway company and the passenger in the light of the judgement Kanyeba of the CJEU, 7 Novem-
ber 2019», by Carmen Agoués Mendizábal. II. Reviews of Court decisions: 1. Court of Justice of the European
Union. 2. Supreme Court: a) VTC authorizations. b) International carriage of goods by road (CMR). 3. National
High Court. 4. High Courts of Justice: a) VTC authorizations. b) Arbitration Boards of Transport. 5. Provincial
Courts: a) Domestic carriage of goods by road: a’) Carrier’s liability. b’) Other issues. b) International carriage of
goods by road (CMR). c) Carriage of passengers by rail. 6. Commercial Courts: a) Domestic carriage of goods
by road. b) International carriage of goods by road (CMR). c) Truck cartel claims. 7. Contentious Administra-
tive Courts.—C. COMPETITION LAW: I. Decisions. II. Disciplinary and surveillance proceedings. III. Reports.—
D. BOOK REVIEWS AND BIBLIOGRAPHY: I. Book reviews: 1. Sánchez-Gamborino, Francisco, El contrato de
transporte internacional. CMR, Madrid, Tecnos, 2020, 476 pp., ISBN: 978-84-309-7869-4, by José Manuel Martín
Osante. 2. Fernández Carballo-Calero, Pablo, El Carpooling o viaje en coche compartido. Especial referencia a
BlaBlaCar, Cizur Menor, Thomson Reuters/Aranzadi, 2019, 299 pp., ISBN: 978-84-1308-836-5, by Elena Leiñena
Mendizábal. II. Bibliography.
A. LEGISLACIÓN
cesión directa de subvenciones destinadas a la f‌inanciación del transporte públi-
co regular de viajeros de Madrid, Barcelona, Valencia y las Islas Canarias (
BOE
núm. 288, de 30 de noviembre de 2019).
Por su interés económico y social, en def‌initiva por el interés público que en-
traña el transporte público regular de viajeros, durante el mes de noviembre el
* Coordina esta Sección: Fernando Juan y MaTeu (F. J. M., Universitat Jaume I de Castellón).
Colaboran en este número: Unai belinTxón marTín (U. B. M., Universidad Pública de Navarra),
Silvia Boboc (S. B., Universitat Jaume I de Castellón), Diego cruz rivero (D. C. R., Universidad de
Sevilla), Belén garcía álvarez (B. G. A., Universidad de Deusto), Marta mundo guinoT (M. M. G.,
Universitat Jaume I de Castellón), María Isabel rivas casTillo (M. I. R. C., Universidad de Cádiz), Stella
solernou sanz (S. S. S., Universidad de Deusto), Ciara vicenTe mampel (C. V. M., Universitat Jaume I
de Castellón) e Itziar villaFáñez pérez (I. V. P., Universidad del País Vasco).
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Gobierno acordó, a propuesta del Ministerio de Hacienda, la concesión directa
de subvenciones con este f‌in en determinadas áreas metropolitanas de nuestro
país, en concreto, en las zonas de Madrid, Barcelona, Valencia y Canarias. Para
ello, en cumplimiento del art. 28 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones (LGS), era esencial la aprobación de sus normas específ‌icas, las
cuales adoptarían forma de Real Decreto y que serviría como herramienta para
canalizar la autorización del Consejo de Ministros (art. 10 LGS). Las benef‌icia-
rias fueron las compañías que venían prestando este tipo de servicio público en
las áreas referidas: Consorcio Regional de Transportes de Madrid, Autoridad del
Transporte Metropolitano de Barcelona, Autoridad del Transporte Metropolitano
de Valencia y la Comunidad Autónoma de Canarias, como únicas entidades que
por su naturaleza y ámbito se ajustarían a las características y objeto de este tipo
de subvenciones.
Si bien estamos ante una norma específ‌ica relativa a estas subvenciones, en rea-
lidad el contenido del Real Decreto viene a reproducir en su mayor parte directrices
generales de la LGS, siendo muy pobre su parte específ‌ica: apenas la relativa a las
cuantías que corresponden a cada entidad. En el Real Decreto se recuerda a las
empresas benef‌iciarias que estarán sujetas a las obligaciones del art. 14 de la Ley
General de Subvenciones, esto es, deberán cumplir los objetivos, realizar la activi-
dad, que en este caso es el transporte regular de viajeros, someterse a los controles
oportunos, y cumplir los requisitos contables, entre otras. Una ayuda necesaria
para el sostenimiento f‌inanciero del transporte público regular de viajeros en las
cuatro zonas arriba indicadas. Las cuantías de cada benef‌iciario así como la forma
de pago se acuerdan en el Real Decreto. En caso de incumplimiento, la entidad
involucrada deberá proceder al reintegro pero no solo de las cantidades percibi-
das en concepto de subvención, sino además de los ingresos generados e intereses
devengados por aquella. Otro de los requisitos a la hora de acordar este tipo de
subvenciones desde la Administración General del Estado, es dar cumplimiento a
las directrices generales de transparencia y publicidad. En esta línea, recordemos
que desde el año 2014 las subvenciones otorgadas por la Administración General
del Estado deben recogerse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, bajo
responsabilidad y custodia de la IGAE (Intervención General de la Administración
del Estado); una novedad que fue introducida en la Ley General de Subvenciones
por Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del sector pública y re-
forma administrativa.
Finalmente, con fecha de 5 de diciembre desde la Secretaría de Estado de Ha-
cienda se emitieron las correspondientes resoluciones por las que se acuerdan las
concesiones de las subvenciones a favor de los cuatro benef‌iciarios (M. I. R. C.).
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B. JURISPRUDENCIA
I. COMENTARIOS DE JURISPRUDENCIA
1. «La perfección del contrato de transporte de viajeros
en los trenes de libre acceso a la luz de la Sentencia del TJUE
Kanyeba
, de 7 de noviembre de 2019»
Carmen AGOUÉS MENDIZÁBAL
Profesora Titular de Derecho Administrativo
Universidad del País Vasco (UPV/EHU)
RESUMEN: A la luz de la Sentencia del TJUE Kanyeba y de las principales
cuestiones que se plantean en la citada sentencia, el presente comentario analiza
la perfección del contrato de transporte de viajeros en los trenes de libre acceso.
Asimismo, se ponen de relieve las consecuencias jurídicas de la no adquisición del
billete o título de transporte.
Palabras clave: transporte ferroviario de viajeros, derechos y obligaciones de los
viajeros, contrato de transporte, consentimiento, título de transporte.
SUMARIO: I. INTRODUCCIÓN.—II. EL CONTRATO DE TRANSPORTE FE-
RROVIARIO DE VIAJEROS.—III. LA SENTENCIA DEL TJUE DE 7 DE NOVIEM-
BRE DE 2019, KANYEBA, C-349/18: 1. El supuesto de hecho. 2. La relación jurídi-
ca entre una empresa de transportes y el viajero. 3. Las facultades del juez nacional
ante las cláusulas abusivas del contrato de transporte.—IV. CONCLUSIONES.—
V. BIBLIOGRAFÍA.
The relationship between the railway company and the passenger in the light
of the judgement
Kanyeba
of the CJEU, 7 November 2019.
ABSTRACT: In the light of the Kanyeba judgment of the Court of Justice of the
European Unión and of the main issues raised by that judgment, this paper analyses
the conclusion of the contract for the carriage of passengers on open-access trains. It
also highlights the legal consequences of the non-purchase of the ticket or transport
document.
Keywords: passengers rail transport, passengers’ rights and obligations, consent,
transport contract, ticket or transport document.
SUMMARY: I. INTRODUCTION.—II. THE CONTRACT OF CARRIAGE OF
PASSENGERS BY RAIL.—III. THE JUDGEMENT OF THE CJEU KANYEBA,
C-349/18 7 NOVEMBER 2019: 1. The facts of the matter. 2. The legal link between
a railway company and the passenger. 3. The powers of national courts on unfair
terms of the transport contract.—IV. CONCLUSIONS.—V. BIBLIOGRAPHY.

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