Transporte marítimo

Páginas199-222
TRANSPORTE MARÍTIMO
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Revista฀de฀Derecho฀del฀Transporte
N.º 11 (2013): 199-222
TRANSPORTE MARÍTIMO *
SUMARIO: A. NOTICIAS.—B. LEGISLACIÓN: I. Nacional: 1. Seguridad marítima. 2. Seguridad marítima y pro-
tección del medio marino. 3. Transporte marítimo. II. Comunitaria: 1. Normas legales. 2. Otros documentos.—
C. JURISPRUDENCIA: I. Reseñas de jurisprudencia: 1. Transporte marítimo. 2. Laboral marítimo: a) Tribunal
Supremo. b) Tribunales Superiores de Justicia.—D. CONVENIOS E INSTRUMENTOS INTERNACIONALES:
I. Organización Internacional del Trabajo: 1. Ratif‌icaciones de Convenios y Recomendaciones de la Organiza-
ción Internacional del Trabajo.
A. NOTICIAS
Entrada en vigor del Convenio sobre el trabajo marítimo de 2006
El 20 de agosto de 2013 entrará en vigor de forma general y para España el Con-
venio sobre el trabajo marítimo, 2006, elaborado bajo los auspicios de la Organiza-
ción Internacional del Trabajo (OIT). El instrumento de ratif‌icación de España se ha
publicado en el Boletín Of‌icial del Estado, núm. 19, de 22 de enero de 2013.
La f‌inalidad del Convenio sobre el trabajo marítimo, hecho en Ginebra el 7 de fe-
brero de 2006, es elaborar un instrumento único y coherente que recoja en lo posible
todas las normas actualizadas contenidas en los convenios y recomendaciones inter-
nacionales sobre el trabajo marítimo vigentes, así como los principios fundamentales
que f‌iguran en otros convenios internacionales del trabajo.
Todo miembro que ratif‌ique el presente Convenio se compromete a dar pleno
efecto a sus disposiciones de la manera prevista en el art. VI para garantizar el dere-
cho de toda la gente de mar a un empleo decente (art. I). El preámbulo del Convenio
sobre el trabajo marítimo de 2006 recuerda que el art. 94 de la Convención de las
Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982 def‌ine los deberes y obligaciones
de los Estados del pabellón en relación, entre otras cosas, con las condiciones de tra-
bajo, la dotación y las cuestiones sociales en los buques que enarbolen su pabellón.
En el momento de la entrada en vigor de este Convenio, se considerarán denun-
ciados por España los Convenios previstos en su art. X: Convenio sobre la edad
mínima (trabajo marítimo), 1920 (núm. 7); Convenio sobre las indemnizaciones
de desempleo (naufragio), 1920 (núm. 8); Convenio sobre la colocación de la gente
de mar, 1920 (núm. 9); Convenio sobre el examen médico de los menores (tra-
bajo marítimo), 1921 (núm. 16); Convenio sobre el contrato de enrolamiento de
la gente de mar, 1926 (núm. 22); Convenio sobre la repatriación de la gente de
mar, 1926 (núm. 23); Convenio sobre los certif‌icados de capacidad de los of‌iciales,
* Coordinan esta sección: M. ALBA FER N Á N D E Z (M. A. F.) y F. J. ARI A S VA R O N A (F. J. A. V.).
Colaboran en este número: O. FOTINOPOULOU BA S U R K O (O. F. B.), E. SIE R R A NO G U E R O (E. S. N.),
M.ª E. TEI J E I R O LI L L O (M. E. T. L.), M. ZU B I R I SA L I N A S (M. Z. S.) e I. ZU R U T U Z A ARI GIT A (I. Z. A.).
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1936 (núm. 53); Convenio sobre las vacaciones pagadas de la gente de mar, 1936
(núm. 54); Convenio sobre las obligaciones del armador en caso de enfermedad o
accidentes de la gente de mar, 1936 (núm. 55); Convenio sobre el seguro de enfer-
medad de la gente de mar, 1936 (núm. 56); Convenio sobre las horas de trabajo a
bordo y la dotación, 1936 (núm. 57); Convenio (revisado) sobre la edad mínima
(trabajo marítimo), 1936 (núm. 58); Convenio sobre la alimentación y el servicio
de fonda (tripulación de buques), 1946 (núm. 68); Convenio sobre el certif‌icado
de aptitud de los cocineros de buque, 1946 (núm. 69); Convenio sobre la segu-
ridad social de la gente de mar, 1946 (núm. 70); Convenio sobre las vacaciones
pagadas de la gente de mar, 1946 (núm. 72); Convenio sobre el examen médico
de la gente de mar, 1946 (núm. 73); Convenio sobre el certif‌icado de marinero
preferente, 1946 (núm. 74); Convenio sobre el alojamiento de la tripulación, 1946
(núm. 75); Convenio sobre los salarios, las horas de trabajo a bordo y la dotación,
1946 (núm. 76); Convenio sobre las vacaciones pagadas de la gente de mar (revi-
sado), 1949 (núm. 91); Convenio sobre el alojamiento de la tripulación (revisado),
1949 (núm. 92); Convenio sobre salarios, horas de trabajo a bordo y dotación (re-
visado), 1949 (núm. 93); Convenio sobre salarios, horas de trabajo a bordo y dota-
ción (revisado), 1958 (núm. 109); Convenio sobre el alojamiento de la tripulación
(disposiciones complementarias), 1970 (núm. 133); Convenio sobre la prevención
de accidentes (gente de mar), 1970 (núm. 134); Convenio sobre la continuidad del
empleo (gente de mar), 1976 (núm. 145); Convenio sobre las vacaciones anuales
pagadas (gente de mar), 1976 (núm. 146); Convenio sobre la marina mercante (nor-
mas mínimas), 1976 (núm. 147); Protocolo de 1996 relativo al Convenio sobre la
marina mercante (normas mínimas), 1976 (núm. 147); Convenio sobre el bienestar
de la gente de mar, 1987 (núm. 163); Convenio sobre la protección de la salud y la
asistencia médica (gente de mar), 1987 (núm. 164); Convenio sobre la seguridad so-
cial de la gente de mar (revisado), 1987 (núm. 165); Convenio sobre la repatriación
de la gente de mar (revisado), 1987 (núm. 166); Convenio sobre la inspección del
trabajo (gente de mar), 1996 (núm. 178); Convenio sobre la contratación y la colo-
cación de la gente de mar, 1996 (núm. 179); y, Convenio sobre las horas de trabajo
a bordo y la dotación de los buques, 1996 (núm. 180).
Según las estadísticas publicadas por la OIT, a 22 de marzo de 2013, 35 Esta-
dos miembros de esta organización internacional han ratif‌icado el Convenio sobre
el trabajo marítimo de 2006. El porcentaje del arqueo bruto de la f‌lota mercante
mundial alcanza el 68,8 por 100. Entre los países f‌irmantes, se encuentran Liberia
y Panamá, los cuales como es sabido abanderan un alto porcentaje de buques mer-
cantes (E. S. N.).
Entrada en vigor del Convenio internacional sobre normas
de formación, titulación y guardia para el personal de los buques
pesqueros de 1995 (STCW-F)
El 29 de septiembre de 2012 entró en vigor el Convenio internacional sobre
normas de formación, titulación y guardia para el personal de los buques pesqueros
de 1995 (STCW-F). El instrumento de adhesión de España se publicó en el Boletín
Of‌icial del Estado, núm. 65, de 16 de marzo de 2012.

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