STSJ Murcia 463/2007, 25 de Mayo de 2007

PonenteLEONOR ALONSO DIAZ-MARTA
ECLIES:TSJMU:2007:2199
Número de Recurso654/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución463/2007
Fecha de Resolución25 de Mayo de 2007
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA nº 463/07

En Murcia, a veinticinco de mayo de dos mil siete.

En el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO nº 654/02, tramitado por las normas ordinarias, en cuantía de 3.365,67 € y referido a: Devolución de ingreso realizado en autoliquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales.

Parte demandante: Dª Edurne y D. Blas , representados por el Procurador Sr. D. José Julio Navarro Fuentes y dirigidos por la Letrada Sra. Dª Edurne

Parte demandada: LA ADMINISTRACIÓN CIVIL DEL ESTADO (TEAR), representada y dirigida por el Sr. Abogado del Estado.

Parte codemandada: La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, representada y defendida por el Letrado de sus Servicios Jurídicos.Acto administrativo impugnado: Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Murcia de fecha 26 de noviembre de 2001, desestimatoria de las reclamaciones económico administrativas acumuladas número 30/659/00 y R-30/664/00 interpuestas por los recurrentes contra la resolución de la Dirección General de Tributos de la CARM de 19 de noviembre de 1999, por la que se desestima la solicitud de devolución del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados relativos a los expedientes con números de presentación 1998/MU/TR/6815 y 1998/MU/TR/6816.

Pretensión deducida en la demanda: Que se dicte en su día sentencia en la que se declare no ser conforme a derecho la resolución administrativa impugnada, y, en consecuencia, la anule, declarando el derecho de los recurrentes a que les sea devuelto en ingreso efectuado en concepto de liquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales efectuado el 6 de febrero de 1998; condenando a las costas del presente procedimiento a la demandada.

Siendo Ponente la Magistrada Iltma. Sra. Doña Leonor Alonso Díaz Marta, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 19 de abril de 2002, y admitido a trámite, y previa su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

La parte demandada y codemandada se han opuesto pidiendo la desestimación de la demanda, por ser ajustada al Ordenamiento Jurídico la resolución recurrida.

TERCERO

Ha habido recibimiento del proceso a prueba, con el resultado que consta en las actuaciones, y cuya valoración se hará en los fundamentos de derecho de esta sentencia.

CUARTO

Después de evacuarse el trámite de conclusiones se señaló para la votación y fallo el día 11 de mayo de 2007.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Dirige la parte actora el presente recurso contencioso administrativo contra la Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Murcia de fecha 26 de noviembre de 2001, desestimatoria de las reclamaciones económico administrativas acumuladas número 30/659/00 y R-30/664/00 interpuestas por los recurrentes contra la resolución de la Dirección General de Tributos de la CARM de 19 de noviembre de 1999, por la que se desestima la solicitud de devolución del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados relativos a los expedientes con números de presentación 1998/MU/TR/6815 y 1998/MU/TR/6816.

Los actos impugnados desestiman la petición de devolución del ingreso por ITP efectuada por los recurrentes en febrero de 1998 por haber formulado Declaración-Liquidación por compraventa otorgada mediante escritura pública realizada en la Notaría de D. Salvador Montesinos...

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