SAP Tarragona 338/2011, 14 de Julio de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución338/2011
Fecha14 Julio 2011

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE TARRAGONA

SECCIÓN CUARTA

Rollo de apelación nº 457/2011 -AT

P. A. núm.:485/2008 del Juzgado Menores 1 Tarragona

S E N T E N C I A NÚM. 338/2011

Tribunal.

Magistrados,

Javier Hernández García (Presidente)

Francisco José Revuelta Muñoz

Mª Ágeles Barcenilla Visús

En Tarragona, a catorce de julio de dos mil once.

Visto ante la Sección 4ª de esta Audiencia Provincial el recurso de apelación interpuesto por el Letrado de la Generlaitat, contra la Sentencia dictada por el Juzgado de Menores de Tarragona con fecha 3 de septiembre de 2010 en Expediente 485/2008 seguido por delito de Lesiones en el que figura como acusados Luis, Pelayo y Segundo y siendo parte el Ministerio Fiscal.

Ha sido ponente el Magistrado Mª Ágeles Barcenilla Visús.

ANTECEDENTES PROCEDIMENTALES

ACEPTANDO los antecedentes de hecho de la sentencia recurrida, y

Primero

La sentencia recurrida declaró probados los hechos siguientes:

"Resulta probado y así se declara que en la madrugada del 27 de julio de 2008, los acusados, Luis, Pelayo y Segundo, puestos de común acuerdo con otros mayores de edad, encontrándose en el Puerto Deportivo de Tarragona, sin pelea ni provocación previa, se dirigieron hacia Miguel Ángel y le propinaron una brutal paliza en el transcurso de la cual una persona mayor de edad arrebató un vaso a un joven que se encontraba en las inmediaciones, lo rompió y con los restos le propinó un corte en el cuello al tiempo que gritaba "lo mato, lo mato". Desde el primer golpe Miguel Ángel había perdido el conocimiento. Todos los demás golpes y el corte en el cuello los sufrió mientras estaba inconsciente en el suelo. Tras ello, todos los integrantes del grupo agresor se felicitaron y celebraron que lo habían reventado.

Mientras se producía la paliza, fue agredido también Demetrio, el cual en ese momento se dirigía hacia Miguel Ángel para despedirse.

Como consecuencia de las agresiones resultaron: Demetrio : herida inciso-contusa abierta de bordes irregulares en zona nasolabial superior izquierda, de unos 7 cm de longitud que compromete músculos orbiculares. De ello tardó en sanar 35 días con 6 de impedimento para su ocupación habitual. Precisó primera asistencia y tratamiento quirúrgico con 12 puntos de sutura y quedó como secuela un perjuicio estético ligero por cicatriz residual de 3'5 cm hipocrómica e hipotrófica en zona labial.

Miguel Ángel : según informe forense herida inciso contusa y penetrante en región latero cervical submandibular derecha de la que tardó en sanar 15 días, de los cuales 2 estuvo hospitalizado y 8 impedido para su ocupación habitual, precisando tratamiento médico y quedando como secuela una cicatriz de unos 3 cm en región latero cervical derecha, que ocasiona un perjuicio estético ligero. Además, según el parte médico del Hospital de San Pablo y Santa Tecla, padeció equimosis, edema y dolor en región periorbitaria izquierda, sangrado activo con hematoma en región latero cervical derecha, herida contusa en rodilla derecha y contusiones múltiples.

En el momento de los hechos el menor Segundo estaba tutelado por la Generalitat de Catalunya quien había otorgado el acogimiento simple del menor a su abuela paterna, doña Ángela en virtud de resolución administrativa de la Generalitat de Catalunya de 5 de mayo de 2008 ".

Segundo

Dicha sentencia contiene el siguiente fallo:

"Que debo imponer e impongo a cada uno de los menores Luis, Pelayo y Segundo la medida de 12 meses de libertad vigilada con la obligación de realizar un programa formativo laboral, y en el caso de Pelayo debe someterse además a un programa de deshabituación a sustancias tóxicas, como autores de dos delitos de lesiones, previstos y penados en el artículo 147.1 del Código Penal, y al pago de las costas procesales causadas, respondiendo cada uno de los menores de un tercio de las costas, salvo en el supuesto de que los dos coimputados adultos sean...

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