SAP Santa Cruz de Tenerife 101/2008, 21 de Febrero de 2008

PonenteFRANCISCA SORIANO VELA
ECLIES:APTF:2008:222
Número de Recurso4/2008
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución101/2008
Fecha de Resolución21 de Febrero de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 2ª

SENTENCIA Nº 101

Iltmos. Sres.

D./Dª. Francisca Soriano Vela (Presidente-PONENTE)

D./Dª. Ana Esmeralda Casado Portilla (Magistrado)

D. Aurelio Santana Rodríguez ( Magistrado )

En Santa Cruz de Tenerife, a 21 de Febrero de 2008.

Visto, en nombre de S.M., el Rey, ante esta Audiencia Provincial, el Rollo de APELACION SENTENCIA DELITO número 0000004/2008 de la causa número 0000178/2005, seguida por los trámites del PROCEDIMIENTO ABREVIADO en el JDO. DE LO PENAL N. 5 de SANTA CRUZ DE TENERIFE, habiendo sido partes, de la una y como apelante/s D./Dña Felipe representado/a por el/la Procurador/es de los Tribunales D./Dña Lidia Lucas Sanchez defendido/s por el/los Letrados/s D./Dña Rafael Saavedra San Miguel, ejercitando la acción pública el Ministerio Fiscal y Ponente el Iltmo. Sr./a Francisca Soriano Vela.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juez de Instancia, con fecha 10 de Octubre de 2007, se dictó Sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: " Que debo condenar y condeno a Felipe como autor penalmente responsable de un delito contra la seguridad del trafico-conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas-, previsto y penado en el art 379 del C.P., sin concurrencia de circunstancias modificativas de responsabilidad criminal, a la pena de 6 meses de multa a razón de 6 euros diarios, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago y a la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por un tiempo de 2 años, así como a que indemnice conjunta y solidariamente con la Compañía Aseguradora MAPFRE GUANARTEME a María Angeles en la cantidad que se determine en ejecución de sentencia por los daños causados en el vehículo de su propiedad más los intereses legales, y en la cantidad de 2537,4 euros por los días que tardó en curar de sus lesiones, y en la cantidad de 1958,48 euros por la secuela, más los intereses del art 20 de la L.C.S., más los gastos médico farmacéuticos que se determinen en ejecución de sentencia, con expresa imposición de las costas procesales. "

SEGUNDO

En dicha Sentencia se declaran probados, los siguientes hechos: " UNICO.- De la prueba practicada en el acto del juicio ha resultado probado y así se declara que Felipe, mayor de edad y con antecedentes penales no imputables a efectos de reincidencia, sobre las 23:15 horas del día 14 de agosto de 2003 circulaba por la calle La Caridad de Tacoronte conduciendo el vehículo de su propiedad QX.... QA asegurado por la Compañía de Seguros MAPFRE Guanarteme, habiendo consumido previamente bebidas alcohólicas y con sus facultades psicofísicas mermadas a consecuencia de ello, por lo que invadió el carril contrario al sentido de la circulación colisionando frontalmente con el vehículo matrícula XZ.... XZ propiedad de María Angeles, causando en el vehículo desperfectos que no han sido tasados y causando lesiones a María Angeles consistentes en latigazo cervical, requiriendo para su sanidad primera asistencia facultativa y de las que tardó en curar 90 días de los cuales estuvo impedida...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR