Orden CUL/3700/2009, de 29 de diciembre, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento de la traducción y edición en lenguas extranjeras de obras literarias o científicas escritas y publicadas en español, correspondientes al año 2010.

MarginalBOE-A-2010-1006
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Cultura
Rango de LeyOrden
  1. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE CULTURA

1006 Orden CUL/3700/2009, de 29 de diciembre, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento de la traducción y edición en lenguas extranjeras de obras literarias o científicas escritas y publicadas en español, correspondientes al año 2010.

Según establece el artículo 14 del Real Decreto 432/2008, de 12 de abril, por el que se reestructuran lo departamentos ministeriales, corresponde al Ministerio de Cultura la preparación y ejecución de la política de promoción, protección y difusión del libro, la lectura y la creación literaria, así como de los archivos y bibliotecas estatales. En consecuencia, el artículo 6 del Real Decreto 1132/2008, de 4 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de ese Ministerio, atribuye a la Dirección General del Libro, Archivos y Bibliotecas, entre otras funciones, la de promoción y difusión nacional e internacional de las letras españolas y la de creación, dotación y fomento de bibliotecas de titularidad estatal.

Ha de señalarse que el desarrollo conjunto de ambas funciones tiene por objeto promocionar aquellas actividades y productos culturales que, por su relevante significación, por su carácter pluricomunitario o nacional, o por la generalidad de su contenido, sean representativos de la contribución de la cultura española a la civilización universal. Así, en atención a este carácter, se ha considerado oportuno establecer un régimen de subvenciones, de concurrencia competitiva, que permita la participación y colaboración de la sociedad en la realización de las mismas.

Las ayudas contempladas en la presente convocatoria demandan una regulación unitaria de todos sus aspectos por el especial carácter de las medidas que se contemplan. Sólo la gestión centralizada de las mismas permite asegurar una distribución racional y eficaz en tanto que con estas ayudas se pretende, de una parte, la traducción de un conjunto de autores diverso y significativo de las variadas tendencias artísticas existentes en nuestro país y, de otra, un reparto equilibrado de las ayudas en las zonas geográficas de destino. La consecución de ambos objetivos no se puede asegurar sino en el marco de una sola Comisión de valoración de los proyectos. Y ello de acuerdo con la jurisprudencia consolidada del Tribunal Constitucional en materia de subvenciones, que determina que corresponde al Estado la gestión en los casos en que resulte imprescindible para asegurar la plena efectividad de las ayudas dentro de la ordenación básica del sector.

Finalmente, se recuerda que por Orden CUL/4411/2004, de 29 de diciembre, modificada por la Orden CUL/3150/2008, de 29 de octubre, se aprobaron las bases reguladoras de la concesión de las subvenciones públicas del Ministerio de Cultura en régimen de concurrencia competitiva.

Procede ahora, de conformidad con lo previsto en el punto tercero, apartado 2 de la citada orden, así como con lo establecido en el artículo 23.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, convocar las subvenciones correspondientes al año 2010, para lo cual dispongo:

Primero. Objeto y finalidad.-Se convoca para el año 2010 la concesión de subvenciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS), en régimen de concurrencia competitiva a editores extranjeros o españoles, con la finalidad de fomentar y favorecer el conocimiento de obras integrantes del patrimonio cultural común español a nivel internacional, y promover la difusión de las principales obras literarias, de pensamiento y científicas escritas y publicadas originariamente en español o en cualquiera de las lenguas españolas.

  1. Estas subvenciones se concretan en ayudar a las editoriales en los costes de traducción de las obras citadas y que proyecten editar.

    En esta convocatoria del año 2010, se tendrá atención preferente a aquellos proyectos relacionados con los aniversarios y centenarios de autores y obras que se celebrarán en los años 2010 y 2011. 2. Quedan excluidas expresamente de las subvenciones reguladas en esta orden:

    1. Los proyectos de traducción de obras aún no publicadas originariamente en español o en cualquiera de las lenguas españolas. b) Los proyectos de traducción de obras que no tengan ISBN. c) Los proyectos de traducción cuyos contratos de traducción sean con empresas. d) En todo caso quedarán excluidas de estas subvenciones las editoriales que habiendo recibido estas mismas subvenciones del Ministerio de Cultura en años anteriores no las hubieran justificado dentro del plazo máximo de justificación concedido, con los requisitos exigidos por las instrucciones de la Dirección General del Libro, Archivos y Bibliotecas.

  2. Estas subvenciones serán compatibles con otras ayudas de organismos e instituciones, públicos o privados, nacionales o internacionales para la misma obra siempre que el importe de la misma sea de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, no supere el coste de la traducción subvencionada. El beneficiario está obligado a comunicar al órgano concedente la obtención o solicitud de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos, nacionales o internacionales, así como de toda entidad o institución privada.

    Segundo. Imputación presupuestaria.-El importe de las subvenciones convocadas será como máximo de 900.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 24.04.492 del Programa 144A «Cooperación, Promoción y Difusión Cultural en el Exterior», del Presupuesto de Gastos del Ministerio de Cultura para el año 2010.

    La concesión de las ayudas convocadas por la presente orden quedará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión, con arreglo a lo establecido en el artículo 56.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de Julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante RLGS), en el supuesto de que el crédito presupuestario que resulte aprobado en la Ley de Presupuestos para el ejercicio 2010, fuera superior a la cuantía inicialmente estimada, el órgano gestor podrá decidir su aplicación a la convocatoria, previa tramitación del correspondiente expediente de gasto antes de la resolución, sin necesidad de nueva convocatoria.

    Tercero. Beneficiarios.-Podrán solicitar estas subvenciones las empresas del sector editorial, ya sean personas físicas o jurídicas, de nacionalidad española o extranjera, siempre que cumplan los requisitos y no se encuentren incursas en las exclusiones previstas en el artículo 13 de la LGS.

    Cuarto. Presentación de solicitudes.

  3. Las solicitudes de ayudas se formalizarán en el modelo oficial que figura como anexo I de la presente convocatoria, cumplimentándose enteramente a máquina, y que deberá dirigirse al Director General del Libro, Archivos y Bibliotecas.

    Las solicitudes podrán ser presentadas por cualquiera de las siguientes vías:

    1. En el Registro del Ministerio de Cultura, Plaza del Rey, núm. 1, 28004 Madrid, así como ante las representaciones diplomáticas o consulares españolas en el extranjero, al igual que en los Registros y oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (en adelante LRJAP-PAC).

    2. A través del Registro telemático del Ministerio de Cultura (http://www.mcu.es/registro), de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional decimoctava de la Ley LRJAP-PAC, así como en la Orden CUL/4229/2005, de 28 de diciembre, por la que se crea un Registro Telemático en el Ministerio de Cultura para la presentación de escritos, solicitudes y comunicaciones y se establecen los criterios generales de tramitación telemática de determinados procedimientos.

      El procedimiento para la solicitud de las subvenciones para el fomento de la traducción y edición en lenguas extranjeras de obras literarias o científicas escritas y publicadas en español a través del registro telemático del Ministerio de Cultura ha sido expresamente incluido en el ámbito de dicho registro por medio de la Orden CUL/3410/2009 de 14 de diciembre, Boletín Oficial del Estado de 19 de diciembre de 2009. En la página web antes citada se encontrará toda la información necesaria para completar la solicitud. 2. En el caso de que una entidad desease solicitar ayuda para más de un proyecto, deberá presentar una solicitud individualizada para cada uno de ellos, formalizada en el modelo oficial citado.

      Quinto. Plazo de presentación.-El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 31 de marzo de 2010.

      A la solicitud deberá adjuntarse la documentación administrativa y específica en castellano, o traducida al castellano y que se cita a continuación:

    3. Documentación administrativa:

  4. Original o fotocopia compulsada de la acreditación de estar legalmente constituidos, de los Estatutos, de la inscripción en el registro correspondiente y de la tarjeta de identificación fiscal si se trata de sociedades mercantiles.

    Los solicitantes no residentes en territorio español deberán aportar documento equivalente acreditativo de la condición de editor, conforme a las exigencias de la legislación vigente en el país del solicitante. 2. Original o fotocopia compulsada del documento acreditativo de que la persona que suscribe la solicitud ostenta actualmente la representación de la entidad a tal efecto. Si el solicitante actuase como mandatario, deberá justificar, mediante poder notarial, dicha cualidad y representación. 3. Declaración responsable firmada por el interesado o representante legal de no estar incurso en ninguna de las causas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR