SAP León 131/2001, 18 de Abril de 2001

PonenteANTONIO MUÑIZ DIEZ
ECLIES:APLE:2001:773
Número de Recurso76/2001
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución131/2001
Fecha de Resolución18 de Abril de 2001
EmisorAudiencia Provincial - León, Sección 2ª

SENTENCIA Núm. 131/2001

Ilmos. Sres.

D. ALBERTO FRANCISCO ALVAREZ RODRIGUEZ.- Presidente

D. MANUEL ANGEL PEÑIN DEL PALACIO.- Magistrado

D. ANTONIO MUÑIZ DIEZ - Magistrado

En León, a dieciocho de abril de dos mil uno.

VISTOS, ante el Tribunal de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial el recurso de apelación civil arriba indicado, en el que ha sido parte apelante Jesús Carlos y Susana , representados por el Procurador D. Ismael DIEZ LLAMAZARES y defendidos por la Letrada Dña. CARMEN SERRANO CIMADEVILLA, y como apelada BANKINTER, S.A., representado por el Procurador D. Luis María ALONSO LLAMAZARES y defendido por el Letrado Don JUAN-PEDRO ALONSO LLAMAZARES, y asimismo como apelados ASOCIACION PROTECTORA DE MINUSVALIDOS PSIQUICOS "ASPRONA", Consuelo , Gustavo , Mauricio y PERSONAS DESCONOCIDAS E INCIERTAS, actuando como Ponente para éste trámite el Ilmoo. Sr. D. ANTONIO MUÑIZ DIEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia n° 4 de León, se dictó sentencia en los referidos autos, cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: FALLO: Que rechazando la excepción de falta de litisconsorcio pasivo necesario planteada por los demandados y estimando la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Doña María José Luelmo Verdú en nombre y representación de ASOCIACION PROTECTORA DE MINUSVALIDOS PSIQUICOS "ASPRONA" contra Jesús Carlos , Susana , Consuelo y Mauricio y REMAS PERSONAS DESCONOCIDAS CON INTERESES EN EL PROCEDIMIENTO, debo declarar y declaro haber lugar a la misma, declarando nulo el testamento ológrafo autenticado en el expediente de protocolización tramitado en el Juzgado de Primera Instancia número SIETE de esta ciudad con el número 525/96 y en el que se declaraban herederos de Doña Constanza a Jesús Carlos y a Susana , quedando sin efecto la resolución dictada en dicho expediente y ordenando la cancelación de las inscripciones registrales referidas a la herencia de dicha causante,condenando a los demandados estar y pasar por esta declaración.- Que estimando la excepción de falta de legitimación pasiva de la entidad BANKINTER, S.A. debo declarar y declaro no haber lugar a la demandada planteada contra la misma por la ASOCIACION PROTECTORA DE MINUSVALIDOS PSIQUICOS "ASPRONA", absolviendo a dicha demandada de las pretensiones formuladas en su contra.- Las costas son de preceptiva imposición a los demandados respecto de quienes se estima la demanda, a excepción de las causadas por la llamada al procedimiento de la entidad Bankinter, S.A. respecto de quien no se hace pronunciamiento alguno en la materia.

SEGUNDO

Contra la relacionada sentencia que lleva fecha 15 de noviembre de 2.000, se interpuso recurso por la parte apelante, por cuyo motivo se elevaron los autos a esta Audiencia, ante la que se personaron dentro del término del emplazamiento y en legal forma las partes litigantes y seguidos los demás trámites, se señaló día para la vista de alzada, en cuyo acto se solicitó por el Letrado de la parte apelante la revocación de la resolución recurrida y por el Letrado de la parte apeada la confirmación de la misma, conforme consta en el acta que obra unida al rollo.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Promovida por la Asociación Protectora de Minusvalidos Psíquicos - ASPRONA- ante el Juzgado de la instancia número cuatro de León demanda de juicio de menor cuantía contra D. Jesús Carlos y Dª Susana sobre nulidad del testamento ológrafo otorgado por Dª Constanza , fechado el 28 de mayo de 1996 y que fue protocolizado por auto del Juzgado de Primera Instancia número siete de León de fecha 20 de diciembre de...

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