SAP León 306/2001, 20 de Junio de 2001

PonenteMANUEL GARCIA PRADA
ECLIES:APLE:2001:1151
Número de Recurso532/1999
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución306/2001
Fecha de Resolución20 de Junio de 2001
EmisorAudiencia Provincial - León, Sección 1ª

SENTENCIA NUM. 306/01

Iltmos. Sres:

D. José Rodríguez Quirós.- Presidente

D. Alfonso Lozano Gutiérrez.- Magistrado

D. Manuel García Prada.- Magistrado

En León, a veinte de Junio de dos mil uno.

VISTOS ante el Tribunal de la Sección Primera de la Audiencia Provincial el recurso de apelación civil arriba indicado, en el que ha sido parte apelante ESTACION DE SERVICIO EL TELENO, S.A. representado por el Procurador Lourdes Crespo Toral y asistido del Letrado Manuel Vicente Rodríguez Martínez y como apelado TRANSGRANEL BIERZO S.L. representado por el Procurador Rafael Rivas Crespo y asistido del Letrado Jorge Felix Ordiz Montañes y RETORNOS IGNACIO S.A., actuando como Ponente para este trámite el ILTMO. SR. DON Manuel García Prada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Sr. Juez del Juzgado num. 3 de Ponferrada, se dictó Sentencia en los referidos autos, cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: FALLO: Que estimando la demanda de Tercería de Dominio presentada por la procuradora Sra. Hernández Martínez, en nombre y representación de la mercantil Transgranel Bierzo S.L., contra Estación de Servicio El Teleno y retornos Ignacio S.A., debo declarar y declaro que el vehículo Camión Pegaso matrícula LE-0599-M, Camión Pegaso LE- 0600-M, y Mercedes-Benz LE-3712-1, pertenecen al pleno dominio la entidad actora, debiendo acordar y acordando el levantamiento del embargo que sobre ellos referido vehículo pesaba en el procedimiento ejecutivo 153/94 seguido en este Juzgado a instancia de Estación de Servicio El Teleno contra Retornos Ignacio, S.A., remitiendo el correspondiente oficio a la jefatura Provincial de Tráfico de León a los efectos, con expresa imposición de costas a los demandados.

SEGUNDO

Contra la relacionada Sentencia que lleva fecha 22 de marzo de 1.999, se interpuso recurso por la parte demandada, por cuyo motivo se elevaron los autos a esta Audiencia, ante la que sepersonaron dentro del término del emplazamiento y en legal forma, las partes litigantes y seguidos los demás trámites, se señaló día para la vista de alzada, en cuyo acto se solicitó por el Letrado de la parte apelante la revocación de la Sentencia recurrida y por el Letrado de la parte apelada su confirmación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

No se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia recurrida en lo que se opongan con lo que se argumente a continuación.

SEGUNDO

La sentencia apelada estima la demanda de tercería de dominio relativa a la propiedad del camión matrícula LE-3712-I que fue embargado el día 19 de diciembre de 1.990 en el procedimiento de apremio seguido por la Agencia Tributaria, y también lo fue en el juicio ejecutivo n° 153/94 del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n° 3 de Ponferrada el día 28 de junio de 1.994. Adjudicándose al tercerista en el primero de los procedimientos citados el día 23 de febrero de 1995.

La sentencia del Tribunal Supremo de 7 de abril de 2000 recoge la mas reciente doctrina jurisprudencial sobre la tercería de dominio y que expresa de la siguiente manera " La naturaleza y la función procesal de la tercería de dominio que, pese a los distintos matices doctrinales y a la evolución jurisprudencial, está actualmente reiterada en numerosas sentencias, como las de 19 mayo 1997, 16 Julio de 1997, 11 Marzo de 1998 y 28 Octubre de 1998 que expresa que la acción de tercería de dominio, regulada en los arts. 1532 y ss. LEC (Ley de Enjuiciamiento Civil), resuelve la cuestión de que, ante el embargo de un bien, el tercero que alega ser propietario -y que no lo es el demandado embargado- la...

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