Teoría, aplicación y eficacia en las normas del Código civil, de C. de la Vega Benayas.

AutorJosé María Chico y Ortiz
Páginas305-308

Page 305

    DE LA VEGA BENAYAS, C: Teoría, aplicación y eficacia en las normas del Código civil. Editorial Civitas, 1976.

Resulta curioso cómo este libro que hace tiempo tengo leído, su recensión se me haya quedado «dormida en el tiempo», pero así ha sido. Las razones no me las llego a explicar, pues la materia que el estudio ofrece no puede ser más interesante y, en su momento, de gran trascendencia para allanar con las aclaraciones que contiene esa penosa labor de calificación que día a día vamos desarrollando. ¿También la reforma del título preliminar del Código Civil afecta a los problemas de la calificación registral? También, naturalmente. Lo que sucede es que se trata de problemas de «alta escuela jurídica» o que sirven como criterios de partida para soluciones de otros más «prosaicos».

La obra, además, tenía el gran mérito de haber sido la primera en su género que se publicaba. Esto es, el autor tuvo la valentía de romper la marcha de esa serie de comentarios que exigía-y que tan poco han menudeado-la alteración del título preliminar del Código Civil. A esc mérito que tuvo la obra y que suponía un éxito de oportunidad debe añadírsele en este momento otro de la misma condición, pues no hay que olvidar que estamos en vía-y quizá cuando esto se publique, en meta- de conseguir una nueva Constitución española y su aparición va a enlazarse con el tremendo problema de las fuentes del Derecho. ¿La Constitución es fuente, es límite, enunciación, programa? ¿Qué es la Constitución? Y yo creo que la clave del problema reside en ese apartado 3.º del artículo 53 donde se dice que «El reconocimiento, el respeto y la protección de los principios reconocidos en el Capítulo Tercero, informará la legislación positiva, la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos. Sólo podrán ser alegados ante la Jurisdicción ordinaria de acuerdo con lo que dispongan las Leyes que los desarrollen.»

De ahí que sea sumamente importante para el jurista saber en este momento qué es fuente, cómo se aplican las normas y cuál es su posible eficacia. Estos tres temas son los que afronta, como consecuencia de una reforma legislativa, el autor de esta publicación. A ellos nos ajustaremos en esta recensión Antes de pasar a ello conviene destacar el juicio siempre profundo y lleno de sugerencias del prologuista de la obra que es nada menos que García de Enterría. Para este autor la modificación llevada a cabo en el título preliminar del Código Civil (31 de mayo de 1974) es una codificación más cercana a las ideas de Savigny que a las ¡lustradas y revolucionarias, que destacan la potencia de la Ley y sus posibilidades de ruptura más que en su articulación con un funcionalismo social preexistente. Se trata de una positivación resuelta y solemne de principios generales básicos para el funcionamiento entero del ordenamiento, capaces de poner aceite en su incesante proceso aplicativo y de situarle en disposición más eficaz de servir a...

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