SAP Santa Cruz de Tenerife 189/2007, 28 de Mayo de 2007
Ponente | JOSE RAMON NAVARRO MIRANDA |
ECLI | ES:APTF:2007:1296 |
Número de Recurso | 594/2006 |
Número de Resolución | 189/2007 |
Fecha de Resolución | 28 de Mayo de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 1ª |
SENTENCIA Nº 189/2007
Rollo nº 594/2006
Autos nº 211/2005
Jdo. 1ª Inst. nº 2 de Güímar
Iltmos. Sres.
Presidente:
D. JOSÉ RAMÓN NAVARRO MIRANDA
Magistrados:
D. EUGENIO SANTIAGO DOBARRO RAMOS
D. MODESTO BLANCO FERNÁNDEZ DEL VISO
En Santa Cruz de Tenerife, a veintiocho de mayo de dos mil siete.
Visto por los Iltmos. Sres. Magistrados arriba expresados el presente recurso de apelación interpuesto por la parte demandante la entidad mercantil SERAGUA, S.A., contra la sentencia dictada en los autos nº 211/2005, pieza separada de impugnación de costas, seguido ante el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Güímar, promovidos por la entidad mercantil SERAGUA, S.A., representada por el Procurador doña Lucia Pérez Rodríguez y asistida por el Letrado don Miguel Ángel Estiguín Capella contra don David, representado por el Procurador doña Margarita Martín González y asistido por el Letrado doña Ana Ramos Ramos, contra doña María Antonieta, representada por el Procurador doña Margarita Martín González y asistida por el Letrado doña Rosa Ramos Hernández, contra don Narciso y don Carlos Ramón, representados por el Procurador doña Beatriz Reyes Gómez y asistidos por el Letrado don Fernando Acosta Verona; han pronunciado, en nombre de S.M. EL REY, la presente sentencia siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ RAMÓN NAVARRO MIRANDA, con base en los siguientes:
En los autos indicados la Iltma. Sra. Magistrado Juez Dña. Sagrario Tovar de la Fe, dictó sentencia el diecisiete de junio de dos mil cinco, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
"FALLO: SE DESESTIMA la demanda incidental sobre impugnación de tasación de costas por inclusión en la misma de conceptos indebidos, interpuesta por la representación procesal de la entidad mercantil "SERAGUA, SA", ratificando la citada tasación, sin expresa imposición de costas."
Notificada la sentencia a las partes en legal forma, por la representación de la parte demandante, se preparó recurso de apelación, se interpuso el mismo, evacuándose el respectivo traslado, formulando oposición, remitiéndose seguidamente las actuaciones a esta Sección.
Iniciada la alzada y seguidos todos sus trámites, se señaló día y hora para la votación y fallo, que tuvo lugar el día 22 de mayo de 2007.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
Contra la Sentencia de instancia que desestimó la demanda incidental sobre impugnación de costas por indebidas, se alza la parte impugnante solicitando su revocación, insistiendo en los argumentos vertidos en su escrito impugnatorio.
En el presente caso ha de partirse de que la minuta de honorarios fue impugnada...
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