ORDEN IRP/157/2010, de 22 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de 16 becas de colaboración en tareas de planificación, evaluación, catalogación y estudio para diversas unidades orgánicas del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación, y se abre convocatoria para el año 2010.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE INTERIOR, RELACIONES INSTITUCIONALES Y PARTICIPACIÓN
Rango de LeyOrden

ORDEN

IRP/157/2010, de 22 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de 16 becas de colaboración en tareas de planificación, evaluación, catalogación y estudio para diversas unidades orgánicas del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación, y se abre convocatoria para el año 2010.

El Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación quiere potenciar y facilitar la colaboración de estudiantes universitarios a fin de que la experiencia que alcancen enriquezca su formación académica a la vez que adquieren una experiencia práctica del funcionamiento de la Administración que los prepare para su ejercicio profesional, mediante la realización de prácticas de colaboración en diversas tareas propias del Departamento en las diferentes unidades orgánicas que lo integran.

Por todo ello, de acuerdo con lo que prevé el capítulo IX del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña y la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones;

Visto el que dispone la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, con los informes previos de la Asesoría Jurídica y de la Intervención Delegada del Departamento,

Ordeno:

Artículo 1

Aprobar las bases reguladoras que tienen que regir la convocatoria y concesión de 16 becas de colaboración en tareas de planificación, evaluación, catalogación y estudio para diversas unidades orgánicas del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación, las cuales se publican en el anexo 1 de esta Orden.

Artículo 2

Abrir para el año 2010 la convocatoria para adjudicar 16 becas de colaboración en tareas de planificación, evaluación, catalogación y estudio para diversas unidades orgánicas del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación.

Artículo 3

La concesión de estas becas se imputa con cargo de las partidas IT01D/480000100/1210/0000 por un importe de 85.908,00 euros y IT0501D/480000100/1310/0000 por un importe de 7.500,00 euros del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación del presupuesto de la Generalidad de Cataluña para el año 2010.

Disposición final

Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya .

Barcelona, 22 de marzo de 2010

Joan Saura i Laporta

Consejero de Interior,

Relaciones Institucionales y Participación

Anexo 1

Bases reguladoras de 16 becas de colaboración en tareas de planificación, evaluación, catalogación y estudio para diversas unidades orgánicas del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación

—1 Régimen jurídico

El régimen jurídico aplicable a estas becas es el que prevé el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña y la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

—2 Objeto y finalidad

Esta convocatoria tiene como objeto la concesión de un máximo de 16 becas de colaboración en tareas de planificación, evaluación, catalogación y estudio para diversas unidades orgánicas del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación. Las becas de colaboración tienen por finalidad el aumento de la formación teórico-práctica y la preparación de las personas seleccionadas para su futuro profesional más inmediato, mediante su participación en tareas de apoyo en funciones del Departamento.

—3 Personas destinatarias

Las becas de colaboración en tareas propias del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación se dirigen a las personas estudiantes de las universidades catalanas que hayan obtenido, en los últimos 24 meses, alguna de las titulaciones universitarias previstas en el anexo 2 de esta Orden para cada modalidad de beca, o que estén cursando estos estudios y hayan aprobado un mínimo del 60% de los créditos necesarios para obtener el título correspondiente.

Las personas destinatarias tienen que tener amplios conocimientos de ofimática, tienen que cumplir los requisitos que prevé el artículo 13.1 y 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y estar al corriente de las obligaciones tributarias ante el Estado, la Generalidad y la Seguridad Social.

—4 Características de las becas

4.1 Las características de cada beca están explicitadas en el anexo 2 de esta Orden donde se detallan los requisitos de titulación de las personas destinatarias, el objeto de la beca, el lugar de realización de las tareas de colaboración y la duración.

4.2 La dedicación de las personas beneficiarias es de veinte horas semanales.

4.3 La dotación económica de cada beca es de 834 euros mensuales, que se hará efectiva a meses vencidos con las retenciones legales que sean de aplicación, una vez emitido, por parte del tutor correspondiente, el certificado mensual de aprovechamiento de la beca.

4.4 La concesión de las becas, visto su carácter de perfeccionamiento docente, no comporta una relación laboral de ningún tipo ni de prestación de servicios entre las personas beneficiarias y la Generalidad de Cataluña, ni da lugar a la inclusión en la Seguridad Social.

—5 Derechos y obligaciones de las personas beneficiarias

5.1 Las personas beneficiarias tienen derecho al seguimiento personalizado de su trabajo mediante la tutoría que se designe, a recibir un certificado que acredite la colaboración prestada y a disfrutar individualmente de una póliza de seguro de accidente que suscribirá el Departamento; los riesgos que ésta cubrirá serán los accidentes derivados de la prestación de su colaboración en las instalaciones del centro de trabajo y los accidentes in itinere y la responsabilidad civil por posibles daños en terceros.

5.2 Las personas beneficiarias están obligadas a cumplir las normas de funcionamiento del Departamento, a seguir las instrucciones dadas...

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